Edicto
El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla (Sección Primera), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 482 y 35 del Texto Refundido de la Ley Concursal, anuncia:
Que en el procedimiento número 1043/2012 negociado 8, con NIG 4109142M20120002596 por auto de 8 de abril de 2021 se ha acordado la conclusión del concurso de Esperanza Gutiérrez Gómez, cuyo extracto es el siguiente:
1) La conclusión del proceso concursal de D. ESPERANZA GUTIÉRREZ GÓMEZ, DNI 02.833.381B,
2) El cese del Administrador Concursal designado, cesando las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes, salvo las que pudieran derivarse de otros pronunciamientos.
No resulta necesaria rendición de cuentas.
3) La exoneración del pasivo concursal no satisfecho calificado como ordinario o subordinado en el concurso.
Con carácter general la exoneración se extiende a todos los créditos ordinarios y subordinados pendientes a la fecha de conclusión del concurso, aunque no hubieren sido comunicados y aunque no hayan sido incluidos expresamente en la relación de créditos incluida en el anterior listado, excepción de los créditos de derecho público y por alimentos.
4) La publicidad en el BOE, según art. 35.1 del Texto Refundido de la Ley Concursal, tendrá carácter Gratuíto.
Sevilla, 15 de abril de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Juana Gálvez Muñoz.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid