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Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del TRLC, anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 439/21, (NIG 2906742120210014177), por auto de fecha 7/04/21 se ha declarado en concurso voluntario al deudor SERGIO RAMÓN VARGAS RIGONI, con DNII n.º 79166427J, domicilio en Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.
2º.- Que el deudor ha sido suspendido de sus facultades atribuyéndose las mismas a la Administración Concursal.
3º.- Que la Administración Concursal la integra: D. SALVADOR GUERRERO DEL PRADO, abogado, provisto de D.N.I. n.º 27306377H; que lo hace en nombre y representación de la sociedad ALTERS GABINETE JURÍDICO, S.L.P., con CIF n.º B90353665, con domicilio y dirección postal en Sevilla, Avda. de la Palmera n.º 19-D 3.º Izquierda C.P. 41013, Teléfono: 854805117, y con dirección de correo electrónico alters@alters.es que designa a los efectos de comunicación de créditos.
4º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en los artículos 255 y siguientes del TRLC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración Concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el «Boletín Oficial del Estado».
5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 512.1 y 2 del TRLC). Se hace saber a los interesados que deberán personarse en los autos de concurso conforme al art. 512 del TRLC.
6º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.
Málaga, 20 de abril de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.
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