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Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 0000279/2018 referente al concursado EDUSER HOSTELERÍA, S.L. con CIF B71244677, con domicilio en Plaza Sancho el Fuerte, 13 bajo de Tudela por auto de 19 de abril de 2021 se ha acordado la conclusión del concurso, cuya parte dispositiva dice así:
1º.- Acordar la conclusión del concurso de acreedores de la entidad EDUSER HOSTELERÍA, S.L., con CIF B71244677 y el archivo del presente procedimiento cesando todos los efectos de la declaración de concurso sin perjuicio de su posible reapertura.
2º.- Se acuerda el cese en su cargo el Administrador Concursal, y se declaran aprobadas las cuentas rendidas por la Administración Concursal y conforme a lo establecido en el art. 479.6 TRLC, llévese testimonio de la presente resolución a la Sección Segunda.
3º. Inscríbase la presente resolución en la hoja abierta a la referida sociedad en el Registro Mercantil e Navarra, inscrita al Tomo 1774, Folio 1, hoja NA-35184. A tal fin expídase mandamiento a dicho Registro Público con expresión de la firmeza de esta resolución.
4º.- Acordar la extinción de la referida sociedad y disponer el cierre en su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Navarra, a cuyo efecto expídase Mandamiento al Registro Mercantil de Navarra con expresión de su firmeza, comprensivo de los datos de identificación parte dispositiva.
5º.- Dese publicidad a la presente resolución mediante publicación en el RPC y en el tablón de anuncios de este Juzgado.
6º.- Remítase esta resolución al «Boletín Oficial del Estado" para que sea publicada a la mayor brevedad en virtud del art. 482 del TRLC con carácter gratuito ante la inexistencia de masa activa.
Comuníquese a todos los Juzgados de 1.ª Instancia y Social de Pamplona así como al Juzgado Decano de Tudela para su puesta en conocimiento de los Juzgados de Primera Instancia de Tudela a fin de poner en su conocimiento la conclusión de presente concurso a los efectos del los artículos 483 y siguientes del TRLC.
Notifíquese la presente resolución a las partes personadas.
Recurso. –Contra el presente auto no cabe recurso alguno (art.481.1 del TRLC).
Pamplona, 19 de abril de 2021.- El/la Letrado de la Administración de Justicia, Elena María Daniel del Valle.
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