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Documento BOE-B-2021-20186

ZAMORA

Publicado en:
«BOE» núm. 99, de 26 de abril de 2021, páginas 26087 a 26087 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-20186

TEXTO

Edicto.

D.ª M.ª Belén Iglesias Refoyo, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de 1.ª instancia e instrucción num. Dos y de lo mercantil de Zamora, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º sección I declaración concurso 0000319 /2020 y NIG n.º 49275 41 1 2020 0002320, se ha dictado en fecha 15/04/2021, auto de declaración de concurso consecutivo y apertura de la fase de liquidación del deudor María Consuelo Mateos Gago, con DNI n.º 11720702V, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Zamora.

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición del deudor, que ejercerá la Administración Concursal.

Se ha acordado la apertura de la fase de liquidación del concurso, poniendo de manifiesto en la oficina judicial el plan de liquidación de los bienes y derechos del concursado, elaborado por el mediador/administrador concursal.

3º.- Se ha designado, como administración concursal a D. Raúl Zurrón Cifuentes, con domicilio postal en Avda. Príncipe de Asturias, n.º 20-1.ºC, Zamora, 49012 y dirección electrónica señalada raulzurron@raulzurron.es, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 255 del TRLC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

5º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal:

https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/

6º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 512 del texto refundido de la ley concursal).

Zamora, 20 de abril de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, M.ª Belén Iglesias Refoyo.

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