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Documento BOE-B-2021-20663

VIGO

Publicado en:
«BOE» núm. 101, de 28 de abril de 2021, páginas 26726 a 26726 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-20663

TEXTO

Doña María Luisa Sánchez Garrido, Letrada de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra, con sede en Vigo,

HAGO SABER:

Que en la Sección I Declaración Concurso 18/2021, seguida en este Juzgado, con NIG: 36038 47 1 2021 0300064, se ha dictado con fecha 5 de abril de 2021 Auto acordando lo siguiente:

1.º-Declarar el concurso consecutivo voluntario abreviado de los deudores D. José Carlos Blanco Domínguez con DNI nº 76.993.344-Q- y Dª. María Julia Prado Borrajo con DNI nº 36.107.270-F-, Couto de San Honorato, nº12, 3ºC, de Vigo (Pontevedra).

2.º-Se ha acordado abrir la fase de liquidación.

3.º-Determinar que las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio del deudor quedan suspendidas, siendo el deudor sustituido por la administración concursal designada al efecto.

4.º-La Administración concursal está integrada por el abogado D. Alberto García-Pombo Fernández, con DNI n.º 32.761.998-Q-, y domicilio a efectos de notificaciones en Rúa Castelao, n.º 7, 6.º B, de Pontevedra (CP 36001), teléfono 986.862.663 y correo electrónico concursalmediador@gmail.com

5.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 252,253 y 254 del TRLC.

Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración concursal, en su dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito.

6.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 512 del TRLC).

7.º-De conformidad con el artículo 552 de la Ley Concursal la dirección electrónica del Registro Público Concursal que traigan causa del concurso es la siguiente: www.publicidadconcursal.es

Vigo, 5 de abril de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, María Luisa Sánchez Garrido.

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