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El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, en sesión celebrada en fecha 15 de abril de 2021, adoptó el acuerdo de autorizar una prórroga del título que habilita para la prestación del servicio portuario de recepción de residuos oleosos generados por buques (Anexo I Convenio Marpol), en los puertos de Palma, Alcúdia, Eivissa y Maó, a la empresa Adalmo, S.L, con sujeción al Real Decreto Legislativo 2/2011, al Pliego Regulador del servicio portuario aprobado por Puertos del Estado y a las condiciones establecidas en los títulos habilitantes vigentes, siempre que éstas últimas no se opongan al mencionado Real Decreto Legislativo 2/2011, hasta que entre en vigor el Pliego de Prescripciones Particulares previsto en el artículo 113 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y la Marina Mercante y como máximo por un plazo de dos (2) años para el caso de que el nuevo Pliego no entrase en vigor con anterioridad. Sin perjuicio de la obligación del titular de someterse a las modificaciones legales que afecten al régimen jurídico del título, y sin que ello genere derecho a indemnización alguna a su favor, computándose dicha prórroga a partir de 15 de mayo de 2021.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, en el plazo de un (1) mes, recurso de reposición potestativo, ante el órgano que ha resuelto, o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos (2) meses contados a partir del día siguiente al conocimiento de la presente notificación, sin perjuicio de que pueda ejercer, en su caso, cualquier otro que estime procedente.
Palma, 26 de abril de 2021.- El Presidente, D. Francesc Antich Oliver.
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