Está Vd. en

Documento BOE-B-2021-22027

SEVILLA

Publicado en:
«BOE» núm. 108, de 6 de mayo de 2021, páginas 28554 a 28554 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-22027

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del Texto Refundido de la Ley Concursal, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 752/2020- neg. 6, por auto de fecha 26 de abril de 2021 se ha declarado la conclusión, con beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, del procedimiento concursal de MARÍA DEL CORAL RODRÍGUEZ SORIANO, con d.n.i. 28836456E y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

1.- Declarar la conclusión del concurso de DOÑA MARÍA DEL CORAL RODRÍGUEZ SORIANO.

2.- Conceder provisionalmente el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho y aprobar el plan de pagos propuesto por el deudor con las aclaraciones y modificaciones introducidas.

3.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso.

4.- Acordar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del concursado hasta ahora subsistentes.

5.- Acordar el cese de la administración concursal designada, debiendo comparecer a tal efecto en este juzgado en el plazo de cinco días, para devolver la credencial que le habilita como tal.

6.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.

7.- Dar la publicidad registral necesaria prevista en los artículos 557 y 558 del Texto Refundido de la Ley Concursal, debiendo remitirse los respectivos mandamientos a los registros correspondientes para la inscripción de la presente resolución.

8.- Notificar la presente resolución a las mismas personas a las que se hubiera notificado la declaración de concurso a la Administración concursal, a la concursada, a las partes personadas, y a cualquiera otra a la que hubiera debido notificarse la declaración de concurso (artículo 482 del Texto Refundido de la Ley Concursal), haciéndoles saber que la misma es FIRME (artículo 481.1 del Texto Refundido de la Ley Concursal).

Así lo acuerda, manda y firma, Juan Francisco Santana Miralles, Juez titular que ocupa plaza de Juez de Adscripción Territorial del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, adscrito a la Sección Segunda del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla en funciones de refuerzo. Doy fe."

Sevilla, 30 de abril de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Gullón Gullón.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid