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Documento BOE-B-2021-23055

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 111, de 10 de mayo de 2021, páginas 29798 a 29798 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-23055

TEXTO

Edicto

D./Dª. CRISTINA RUIZ IGLESIAS, Letrado de la Administración de Justicia de JDO. DE LO MERCANTIL N. 3 de MURCIA, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº SECCION I DECLARACION CONCURSO 0000218 /2021 y NIG nº 30030 47 1 2021 0000228 se ha dictado en fecha 23 de abril de 2021 auto de declaración de concurso y apertura de la fase de liquidación del deudor D. Ramón Argudo Gálvez, con DNI n º 34789540-Q, con domicilio en calle Doctor José López Aleman, 2, 02 P02 D, 30004 San Antolín, Murcia.

2º.- Se ha acordado que las facultades de administración y disposición del deudor quedan suspendidas siendo sustituidas por la Administración concursal designada. Se hace constar que se ha designado para el desempeño del cargo de Administrador concursal a la sociedad Abogados Jea, S.L.P., con C.I.F. número B-20644050, con domicilio postal a efectos de comunicación de créditos en calle Autonomía, 17 2ºD 20006 San Sebastián, correo electrónico abogadosjeasl@hotmail.com y teléfono 619952794, señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 255 del TRLC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia.

5º.- Habiendo presentado el deudor plan de liquidación, queda de manifiesto en esta oficina judicial por plazo de diez días para que la Administración concursal y los acreedores concursales puedan formular observaciones o propuestas de modificación.

6º.- La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es en el Registro Público Concursal: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/

Murcia, 3 de mayo de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Cristina Ruiz Iglesias.

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