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Documento BOE-B-2021-23620

GRANADA

Publicado en:
«BOE» núm. 114, de 13 de mayo de 2021, páginas 30624 a 30624 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2021-23620

TEXTO

El Juzgado de Primera Instancia n.º 11 de Granada, hace saber:

Que con fecha 4 de mayo de 2021 se publicó edicto en la página 27894, anuncio 21565, de la Sección IV del «Boletín Oficial del Estado», anunciando la declaración del concurso y en el que se ha consignado por error que el nif del Administrador Concursal es el 75135923Y, cuando el correcto es el 24222169H; por lo con fecha de hoy, se ha dictado resolución por la que se acuerda dejar sin efecto referido anuncio, procediéndose a la publicación del siguiente edicto ya corregido:

Edicto.

El Juzgado de Primera Instancia n.º 11 de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en los arts. 552, 553 y 554 del TRLC, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento Concurso consecutivo 493/2021, con nig 1808742120210008451, por auto de fecha 9 de abril de 2021 se ha declarado en concurso, que tiene carácter de voluntario, consecutivo y abreviado al deudor David Aguilar Muñoz, con nif. 75135923Y, con domicilio en C/ Gaona, 10 - 1.ª - 18014 Granada, donde tiene su centro de principales intereses.

2º.- Que se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición del deudor, siendo sustituido por la Administración Concursal.

3º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 255 y 256 del citado texto. A estos efectos se informa que la Administración Concursal designada ha sido D. Carlos Miguel Romero Gómez, nif 24222169H con domicilio en C/ Periodista Manuel Santaella, 5, bajo E -Granada-, de profesión abogado, dirección de correo electrónico: carlosm@carlosabogados.com.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro Público Concursal y en la sede judicial electrónica.

4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

5º- Que el Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa en el concurso es https//www.publicidadconcursal.es/concursal/jsp/home.jsp.

Granada, 10 de mayo de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Juan Manuel Obregón Zamorano.

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