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Documento BOE-B-2021-24935

GRANADA

Publicado en:
«BOE» núm. 119, de 19 de mayo de 2021, páginas 32328 a 32328 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-24935

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 552 del TRLC, y dictado auto de fecha 13 de mayo de 21 que rectifica auto de 7 de abril de 2021, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 760/19, con NIG 1808742120190023733 por auto de 7 de abril 2021 se ha declarado en concurso necesario al deudor GRUPO INMOBILIARIO SUNGRAN, S.L., con CIF B-18604371, con domicilio en Ribera del Genil, 1, 1.º B, Granada, instado por Doña Inmaculada Correa Cuesta, en nombre y representación de Doña Ascensión Casares Molina, D. Andrés José Vilchez Casares, Doña Rosa María Vilchez Casares y Doña Carmen Vílchez Casares.

2º.-Se suspende el ejercicio por el deudor Grupo Inmobiliario Sungran, S.L., de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por los administradores concursales.

3º.- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 255 del TRLC estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido D. Sergio José Fernández Gómez con domicilio en C/ Casas de Campos, n.º 3 6.º dcha., 29001 Málaga, e-mail: sergio@lopezdeuralde.es

El plazo para esta comunicación es el de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso en la forma extractada prevista en el art. 23.1 L.C.

4º.- Requiérase al deudor por edictos en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la notificación de esta resolución, presente en el Juzgado los documentos expresados en el artículo 7 y 8 TRLC, incluidos los relativos a la contabilidad si está legalmente obligado a llevarla.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (TRLC).

6º.- Que el Registro Público Concursal donde se públicarán las resoluciones que traigan causa en el concurso es: https//www.publicidadconcursal.es/concursal/jsp/home.jsp

Granada, 14 de mayo de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Constanza Clara Lendínez Barranco.

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