Doña María Caracuel García-Pelayo, Letrada de la Administración de Justicia, del Juzgado de Primera instancia e Instrucción nº5 de La Orotava, al objeto de dar publicidad al auto de conclusión de concurso dictado por este Órgano Judicial,
Hago saber:
Número del asunto: 73/2020. NIG: 3802641120200000027.
Fecha del auto de conclusión 20 de enero de 2020.
Clase concurso: voluntario abreviado.
Persona concursada: Carlos German Fuentes Lorenzo, con NIF 78614522Q.
Administradora concursal: Alejandra Luis Afonso, con NIF, 78715623D.
Se declara la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa, se califica dicho concurso como fortuito, y se otorga al deudor el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho. Se aprueba la rendición de cuentas presentada por la Administradora concursal, y el cese de su actuación. Se acuerda el cese de la limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor respecto de su patrimonio subsistente, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación o de lo previsto en la Ley Concursal, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare un nuevo concurso.
La Orotava, 17 de mayo de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, María Caracuel García-Pelayo.
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