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Documento BOE-B-2021-26499

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 125, de 26 de mayo de 2021, páginas 34312 a 34312 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-26499

TEXTO

Edicto.

Doña Amelia Puertas Fariña, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil, n.º 2, de Málaga,

Hago saber: Que en el procedimiento de concurso voluntario número 674,51/2011 seguido en este Juzgado se ha dictado en Pieza separada de conclusión de concurso y rendición de cuentas n.º 674.51/2011, con fecha 19 de abril de 2021 auto, acordando la conclusión del procedimiento por finalización de las operaciones de liquidación de la entidad Farmacia Plaza Mayos, S.L.P., con N.I.F. B92953793, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

"Parte Dispositiva

Acuerdo la conclusión del presente procedimiento del concurso de acreedores de Farmacia Plaza Mayos S.L.P., por finalización de las operaciones de liquidación.

Acuerdo el cese de las limitaciones sobre las facultades de administración y de disposición del concursado y el cese de la administración concursal.

Acuerdo la extinción de la persona jurídica concursada, Farmacia Plaza Mayor, S.L.P., ordenando la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y en los registros públicos que correspondan, debiéndose emitir los mandamientos de cancelación oportunos con testimonio de la presente resolución.

Acuerdo aprobar la rendición de cuentas presentadas por la administración concursal. Esta aprobación no prejuzga la procedencia o improcedencia de la acción de responsabilidad de los administradores concursales.

La conclusión del concurso produce los efectos regulados en los artículos 483 y ss del TRLC.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Este Auto se notificará a las mismas personas a las que se hubiera notificado el Auto de declaración de concurso, publicándose en el Registro Público Concursal y, por medio de edicto, en el Boletín Oficial del Estado.

Se acuerda el archivo del presente procedimiento.

Así lo acuerda y firma D.ª Rocío Marina Coll, Magistrada -Juez titular del Juzgado de lo Mercantil, n.º 2, de Málaga y su Partido. Doy fe.

Diligencia.- Seguidamente cumple lo acordado. Doy fe".

Málaga, 19 de abril de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Amelia Marina Puertas Fariña.

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