Está Vd. en

Documento BOE-B-2021-26588

Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio del Gobierno de Cantabria por la que se otorga autorización administrativa previa, autorización de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública de las instalaciones correspondientes al expediente AT-105-2020.

Publicado en:
«BOE» núm. 125, de 26 de mayo de 2021, páginas 34484 a 34488 (5 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-B-2021-26588

TEXTO

Viesgo Distribución Eléctrica, S.L. (C.I.F. B62733159), con domicilio social en la calle Isabel Torres, nº 25 de Santander, solicitó ante la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio, la autorización administrativa previa, autorización de construcción y declaración en concreto de utilidad pública de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado:

"Nuevo trazado aéreo entre L.A.A.T. 12/20 kV San Vicente-Abanillas con L.A.A.T. 12/20 kV Cabezón-Valgáliga".

En cumplimiento de los trámites que establece el título IX de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico (B.O.E. nº 310 de 27-12-2013), además de la vigente Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre Expropiación Forzosa (B.O.E. nº 351 de 17-12-1954) y su Reglamento, que resultan de aplicación supletoria conforme a lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 24/2013; en el capítulo V del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (B.O.E. nº 310 de 27-12-2000), modificado mediante el Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica (BOE Nº 175 de 24-06-2020); en el Decreto 6/2003, de 16 de enero, por el que se regulan las instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica (B.O.C. nº 19 de 29-01-2003), en el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 (B.O.E. nº 68 de 19-03-2008); en el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23 (B.O.E. nº 139 de 09-06-2014), la solicitud mencionada ha sido sometida a un período de información pública, mediante exposición en el tablón de anuncios los ayuntamientos de Valdáliga y San Vicente de la Barquera, mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de Cantabria, número 13, de 21 de enero de 2021, en el Boletín Oficial del Estado número 12 de 14 de enero de 2021, en el periódico "El Diario Montañés" de 21 de enero de 2021 y en la página web de esta Dirección General (dgicc.cantabria.es).

Paralelamente al trámite de información pública, se ha practicado la notificación individual a los titulares afectados por la instalación eléctrica de referencia para que puedan formular las alegaciones procedentes así como a los organismos afectados.

Durante la fase de información pública no se han presentado alegaciones.

Así mismo, Viesgo Distribución Eléctrica, S.L. presentó, junto con la solicitud de autorización administrativa previa, autorización de construcción y declaración en concreto de utilidad pública, las autorizaciones de los siguientes organismos:

- Ayuntamiento de Valdáliga. Licencia de 17/05/2019.

- Ayuntamiento de San Vicente de la Barquera. Licencia de 13/03/2020.

- Servicio de Carreteras Autonómicas. Autorización de 28/05/19.

- Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático. Autorización de 31/01/2020.

- Confederación Hidrográfica del Cantábrico. Autorización de 29/01/2020.

- REE. Comunican que la instalación es reglamentaria el 14/11/2019.

Cumplidos los trámites administrativos establecidos en la Ley 24/2013; en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, modificado mediante el Real Decreto-ley 23/2020; en el Decreto 6/2003, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y demás normas de legal y vigente aplicación.

Visto que de acuerdo con lo que dispone el Real Decreto 1903/1996, de 2 de agosto y el Decreto 99/1996, de 26 de septiembre, la competencia para autorizar instalaciones eléctricas provinciales corresponde a la Dirección General de Industria, Energía y Minas.

Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que debe regir la actividad de la Administración, resulta procedente resolver por medio de un único acto la solicitud de Viesgo Distribución Eléctrica, S.L., relativa a la concesión de autorización administrativa previa, autorización de construcción y declaración en concreto de utilidad pública del proyecto de ejecución de la actuación mencionada.

Esta Dirección General, visto el informe del Servicio de Energía, resuelve:

Primero. - Conceder a Viesgo Distribución Eléctrica, S.L., autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Nuevo trazado aéreo entre L.A.A.T. 12/20 kV San Vicente-Abanillas con L.A.A.T. 12/20 kV Cabezón-Valgáliga", cuyos datos esenciales son los indicados seguidamente:

Actuaciones proyectadas:

Resumen: Construcción de una línea eléctrica aérea de alta tensión con 19 apoyos y 3.900 metros de conductor, una derivación con 1 apoyo y 120 metros de conductor, otra derivación con 1 apoyo y 60 metros de conductor, y desmontar dos líneas con 11 apoyos y 1.900 metros de conductor.

· Construcción de línea eléctrica aérea de alta tensión.

Tensión nominal: 20 kV.

Tensión de servicio: 12 kV.

Origen: apoyo existente A26568 de la línea aérea 12/20 kV Abanillas.

Coordenadas UTM del origen: X: 384.719; Y: 4.798.551; Huso: 30.

Final: apoyo proyectado nº 20.

Coordenadas UTM del final: X: 388.206; Y: 4.797.951; Huso: 30.

Longitud: 3.900 metros.

Conductor: 94-AL1/22-ST1A (LA-110).

Nº. de apoyos: 19 apoyos metálicos galvanizados de celosía.

· Construcción de línea eléctrica aérea de alta tensión.

Denominación: derivación a CTI Granja Cudaña.

Tensión nominal: 20 kV.

Tensión de servicio: 12 kV.

Origen: apoyo nº 6 de la línea aérea 12/20 kV proyectada.

Coordenadas UTM del origen: X: 385.544; Y: 4.798.196; Huso: 30.

Final: apoyo nº 1A de la derivación al CTI Granja Cudaña.

Coordenadas UTM del final: X: 385.647; Y: 4.798.155; Huso: 30.

Longitud: 120 metros.

Conductor: 47-AL1/8-ST1A (LA-56).

Nº. de apoyos: 1 apoyo C-2000-14 con armado B2.

· Construcción de línea eléctrica aérea de alta tensión.

Denominación: derivación a CTI Labarces.

Tensión nominal: 20 kV.

Tensión de servicio: 12 kV.

Origen: apoyo nº 15 línea aérea 12/20 kV proyectada.

Coordenadas UTM del origen: X: 387.541; Y: 4.797.988; Huso: 30.

Final: apoyo proyectado nº 1A de la derivación al CTI Labarces.

Coordenadas UTM del final: X: 387.488; Y: 4.797.979; Huso: 30.

Longitud: 60 metros.

Conductor: 47-AL1/8-ST1A (LA-56).

Nº. de apoyos: 1 apoyo C-2000-12 con armado B2.

· Desmontaje de línea eléctrica aérea de alta tensión.

Denominación: Abanillas.

Tensión nominal: 20 kV.

Tensión de servicio: 12 kV.

Origen: apoyo existente A26568 de la línea aérea 12/20 kV Abanillas.

Coordenadas UTM del origen: X: 384.719; Y: 384.719; Huso: 30.

Final: apoyo proyectado nº 1A de derivación a CTI Granja Cudaña.

Coordenadas UTM del final: X: 385.647; Y: 4.798.155; Huso: 30.

- Desmontar de 6 apoyos metálicos existentes.

- Desmontar de 1.220 metros de conductor tipo 47-AL1/8-ST1A (LA-56).

· Desmontaje de línea eléctrica aérea de alta tensión.

Denominación: Valdáliga.

Tensión nominal: 20 kV.

Tensión de servicio: 12 kV.

Origen: apoyo nº 20 línea aérea 12/20 kV proyectada.

Coordenadas UTM del origen: X: 388.206; Y: 4.797.951; Huso: 30.

Final: apoyo proyectado nº 1A de derivación a CTI Granja Cudaña.

Coordenadas UTM del final: X: 387.488; Y: 4.797.979; Huso: 30.

- Desmontar de 5 apoyos metálicos existentes.

- Desmontar de 680 metros de conductor tipo 47-AL1/8-ST1A (LA-56).

Proyecto redactado por el Ingeniero Técnico Industrial José Luis Rebolledo Malagón y visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Cantabria con nº 123184 el 17 de noviembre de 2020.

Situación: Términos municipales de San Vicente de la Barquera y Valdáliga.

La autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción se otorga bajo las siguientes condiciones:

1ª. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y con las disposiciones reglamentarias que le sean de aplicación, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen.

2ª. La instalación cumplirá las condiciones establecidas en los Reglamentos técnicos aplicables.

3ª. Serán de plena responsabilidad del autor del proyecto los cálculos, planos y especificaciones del mismo.

4ª. Tanto durante la ejecución de la instalación, como durante su explotación, estará bajo la inspección y vigilancia de esta Dirección General.

5ª. La instalación se ejecutará por cuenta y riesgo del titular, el cual responderá de cuantos daños y perjuicios pudieran causarse con motivo de la misma.

6ª. La presente autorización y aprobación del proyecto de ejecución se otorga salvo perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y en especial las relativas a la ordenación del territorio, urbanismo, medio ambiente y a la protección del patrimonio cultural.

7ª. El plazo para la emisión de la Autorización de Explotación será de veinticuatro meses, contados a partir de la fecha de notificación al peticionario de la presente Resolución, pudiendo solicitar el peticionario, por razones justificadas, prórrogas de dicho plazo.

8ª. El titular de la citada instalación deberá dar cuenta de la terminación de las obras a la Dirección General de Industria, Energía y Minas, a efectos de reconocimiento definitivo y extensión de la Autorización de Explotación.

9ª. La aprobación del proyecto de ejecución no dispensa en modo alguno de la necesaria obtención por parte del titular de la instalación de cualesquiera autorizaciones adicionales que las instalaciones precisen, y, entre ellas, la obtención de las autorizaciones (o de la observancia de cualesquiera otras formalidades de control) que, en relación con los sistemas auxiliares y como condición previa a su instalación o puesta en marcha, puedan venir exigidas por la legislación de seguridad industrial y ser atribuidas a la competencia de las distintas Administraciones Públicas.

10ª. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución si durante el transcurso del tiempo se observase incumplimiento, por parte del titular de los derechos que establece la misma, de las condiciones impuestas en ella. En tales supuestos, la Administración, previo oportuno expediente, acordará la anulación de la correspondiente Autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven de dicha situación, según las disposiciones legales vigentes.

11ª. El titular de la instalación tendrá en cuenta para su ejecución las condiciones impuestas por los Organismos que las han establecido, las cuales han sido puestas en su conocimiento y aceptadas expresamente por él.

Segundo. - Declarar la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, conforme a lo dispuesto en los artículos 54 y siguientes de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, que llevará implícita en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo que disponen los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Santander, 12 de mayo de 2021.- El Director General de Industria, Energía y Minas, Manuel Daniel Alvear Portilla.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid