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Documento BOE-B-2021-26800

ZARAGOZA

Publicado en:
«BOE» núm. 127, de 28 de mayo de 2021, páginas 34798 a 34798 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2021-26800

TEXTO

Edicto

D. Carlos Artal Faulo, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de 1ª Instancia número 17 de Zaragoza, por la presente,

Hago saber:

1.- Se ha declarado concurso y archivo por insuficiencia de masa activa del mismo, que se sigue con el nº 499/2021 y N.I.G. 5029742120200022022.

2.- Fecha de declaración y conclusión: Auto nº 191/2021 de 2 de abril de 2021.

3.- Deudora: LORENA MOMBIELA ABOS, con D.N.I. 25.179.208-G.

4.- Carácter del concurso: consecutivo.

5.-Se nombra Administrador concursal, a los efectos de tramitar la Sección que se dirá, a D. LUIS GIMÉNEZ PASCUAL, con NIF 29.099.350-A con domicilio en el Paseo de la Independencia nº 5, 2º, derecha de Zaragoza y dirección de correo electrónico luisgimenez@serpin.es, direcciones a la que conforme al artículo 35 del TRLC de 2020, a su elección, los acreedores en el plazo de un mes desde la publicación del anuncio de la declaración del concurso en el BOE, efectuaran la comunicación de créditos.

6.- Igualmente se ha acordado que, dentro de los diez días siguientes a la publicación de esta resolución en el Registro Público Concursal, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección de calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Dentro de los quince días siguientes a la expiración del anterior plazo, sin necesidad de previa resolución judicial para el inicio de su cómputo, la administración concursal presentará un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso, conpropuesta de resolución.

Una vez presentado el informe procederá el traslado por 10 días al Ministerio Fiscal para que informe.

7.- Para solicitar la declaración de concurso, comparecer en el procedimiento, interponer recursos, plantear incidentes o impugnar actos de administración, los acreedores y los demás legitimados actuarán representados por procurador y asistidos de letrado. Sin necesidad decomparecer en forma, podrán, en su caso, comunicar créditos y formular alegaciones, así como asistir e intervenir en la junta.

8.- Cualesquiera otros que tengan interés legítimo en el concurso podrán comparecer siempre que lo hagan representados por Procurador y asistidos de Letrado.

9.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es.

Zaragoza, 18 de mayo de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia, Carlos Artal Faulo.

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