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Documento BOE-B-2021-26825

TOLEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 127, de 28 de mayo de 2021, páginas 34823 a 34823 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-26825

TEXTO

D. Alfonso José Moreno Moreno, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado 1.ª Instancia e Instrucción N.º 1 y de lo Mercantil de Toledo, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el sección I declaración concurso 355/2020 y NIG n.º 45168 41 1 2020 0004239, se ha dictado en fecha 21 de mayo de 2021 Auto de Declaración de Concurso Consecutivo y apertura de la fase de liquidación del deudor María Eugenia Rodríguez Cogolludo con dni n.º 03847921K y Luis Jaime Puebla con dni n.º 03817357R, cuyo domicilio lo tiene en calle Olmo, n.º 20 de Cobisa (Toledo) y auto de aclaración de fecha 25-05-2021.

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Concursal D. Alberto Díaz Colado y domicilio profesional en calle Méjico, n.º 6, 1.º b de Toledo y dirección electrónica diazcolado@estudiojuridicocolon.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en los artículo 255,256 y 257 del TRLC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de UN mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

4º.- Se pone de manifiesto que no se admitirán comunicaciones de créditos ni otros actos de comunicación con la Administración Concursal a través del Juzgado.

5º.- Se ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso, y se ha puesto de manifiesto en la Oficina Judicial el Plan de Liquidación de los bienes y derechos de los concursados, elaborado por el deudor.

Dese traslado a la Administración concursal por 10 días para que informe y a los acreedores plazo de 15 días pueden formular observaciones o propuestas de modificación del plan de liquidación, los acreedores podrán formular también observaciones sobre la concurrencia de los requisitos exigidos para acordar el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho si el concursado fuera persona natural

6º.-Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal https://www.publicidadconcursal.es

Toledo, 25 de mayo de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Alfonso José Moreno Moreno.

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