EDICTO
Doña Amelia Maria Puertas Fariña, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n,º 2 de Málagam,
Hago saber:
Que en el Procedimiento de concurso voluntario n.º 940.12/2019 seguido en este Juzgado se ha dictado en pieza separada de conclusión concurso y rendición de cuentas n,º 940.12/2019, con fecha 19/04/2021 auto, acordando la conclusión del procedimiento por insuficiencia de masa activa FERALEVAL, S.L., con CIF B93380590, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo la conclusión del presente procedimiento de concurso de acreedores de la mercantil FERALEVAL, S.L., por insuficiencia de masa activa para el pago de créditos contra la masa.
Acuerdo el cese de las limitaciones sobre las facultades de administración y de disposición del concursado y el cese de la administración concursal.
Acuerdo la extinción de la persona jurídica concursada, FERALEVAL, S.L., ordenando la cancelación de su inscripción en el registro mercantil, debiéndose emitir los mandamientos de cancelación oportunos con testimonio de la presente resolución.
Acuerdo aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal.
Esta aprobación no prejuzga la procedencia o improcedencia de la acción de responsabilidad de los administradores concursales.
La conclusión del concurso produce los efectos regulados en los arts, 483 y ss, del TRLC.
Contra esta resolución no cabe recurso alguno.
Este Auto se notificará a las mismas personas a las que se hubiera notificado el Auto de declaración de concurso, publicándose en el Registro público Concursal y, por medio de edicto, en el Boletín Oficial del Estado.
Se acuerda el archivo del presente procedimiento.
Así lo acuerda y firma D.ª Rocío Marina Coll, Magistrada-Juez titular del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Málaga y su Partido.
Doy fe.
Málaga, 19 de abril de 2021.- La Letrada de Administración de Justicia, Amelia María Puertas Fariña.
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