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Documento BOE-B-2021-27382

BADAJOZ

Publicado en:
«BOE» núm. 129, de 31 de mayo de 2021, páginas 35467 a 35467 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-27382

TEXTO

D.ª Lucía Peces Gómez, Letrado de la Administración de Justicia de Jdo de lo mercantil 1 de Badajoz,

Por el presente, hago saber:

Que en los autos seguidos en este órgano judicial Sección I Declaración concurso 361/20, del deudor DÑA Rebeca Silva Sánchez, dni 76257492A, con domicilio en calle Rambla Mártir Santa Eulalia 44b, 2 izq, 06800 Mérida (Badajoz) se ha dictado con fecha 17/5/21 auto con el siguiente contenido:

1.- Que acuerdo Conceder el beneficio de Exoneración de pasivo insatisfecho con carácter Definitivo con los efectos a ello inherentes, exoneración que alcanza a la totalidad de créditos insatisfechos, exceptuando los créditos por alimentos, sin que alcance a los obligados solidarios, fiadores y avalistas del concursado.

Dicha declaración está sujeta a su posible revocación en los casos del artículo 492 del TRLC.

2.- Declarar la Conclusión del presente concurso voluntario instado por la Procuradora Lorena Ruiz Aledo, de Rebeca Silva Sanchez dni 76257492A por insuficiencia de bienes y derechos que integran el patrimonio del deudor.

3.-. Archivar definitivamente las actuaciones. Librar testimonio de la presente, llevando el original al libro de resoluciones que corresponda.

4.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de Administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes.

5.- Notifíquese la presente resolución a la concursada, Administración Concursal y resto de personados.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos del art. 552 Y 556 trlc expidiéndose los oportunos edictos y mandamientos. A tal efecto, líbrense los oportunos edictos y mandamientos, librándose edictos que se fijarán en el tablón de anuncios y se publicará en el BOE cuya publicidad se acuerda gratuita.

Dada la conclusión del concurso por insuficiencia de bienes y derechos del deudor, persona física, procede la remisión de mandamiento dirigido al Registro Civil, conteniendo testimonio de la resolución

6.- Declarar aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal integrada por D Ismael Soto Teodoro, declarando su cese.

Badajoz, 20 de mayo de 2021.- La Letrada de la administracion de justicia, Lucía Peces Gómez.

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