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EDICTO
M. José Hompanera González, la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.° 10 de Barcelona,
Hago saber que:
En el Juzgado Mercantil n.° 10 de Barcelona en el procedimiento concurso abreviado 466/2014 de la mercantil Eléctrica Güell, S.A. el día 9 de abril de 2021 se ha dictado una resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Que debo declarar y declaro el cumplimiento de la propuesta de convenio del deudor Eléctrica Guell, S.A., aprobado por sentencia 27 de noviembre de 2014.
Désele la publicidad que corresponda conforme a lo dispuesto en los arts. 35 Y 36 LC.
Se informa a los acreedores que podrán ejercitar las acciones de impugnación relativas al incumplimiento de convenio conforme a los arts. 402 y 403 LC.
Firme que sea la presente resolución y haya caducado el plazo de dos meses para ejercitar las acciones impugnatorias, pasen los autos a su SSa para acordar la conclusión del concurso por cumplimiento del convenio.
Notifíquese la presente resolución a las partes personadas.
Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de 5 días, a contar desde el siguiente a su notificación y del que conocerá este mismo juzgado. Para su admisión a trámite será precisa la consignación de un depósito previo de 25 euros.
Barcelona, 18 de mayo de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, M. José Hompanera González.
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