BDNS(Identif.):565933
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/565933)
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas del PLAN RENOVE 2021, las personas físicas, empresas privadas y agrupaciones de agricultores incluidos en el artículo 3 del Real Decreto 704/2017, de 7 de julio. Los beneficiarios deberán cumplir los requisitos establecidos en los artículos 3 y 4 de dicho real decreto.
Segundo. Objeto.
Concesión directa de las subvenciones estatales destinadas a la adquisición de los siguientes tipos de máquinas nuevas, de acuerdo con el artículo 4 del Real Decreto 704/2017, de 7 de julio:
a) Tractores.
b) Máquinas automotrices: de recolección, de aplicación de productos fitosanitarios y fertilizantes, excluidas cisternas de purín.
c) Maquinas arrastradas o suspendidas: sembradora directa, abonadora, equipos de aplicación de productos fitosanitarios, cisternas de purín con sistemas de localización de producto en el suelo (rejas y discos), tubos flexibles (mangueras) o rígidos (para aplicación justo sobre el suelo), así como sistemas de localización de purín en el suelo independientemente de la cisterna.
Tercero. Bases Reguladoras.
Real Decreto 704/2017, de 7 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones estatales para la renovación del parque nacional de maquinaria agraria, y su modificación a través del Real Decreto 294/2018, de 18 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 704/2017, de 7 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones estatales para la renovación del parque nacional de maquinaria agraria.
Cuarto. Cuantía.
La cuantía máxima para conceder en esta convocatoria es de 6.550.000 euros para el conjunto de máquinas a subvencionar, con cargo a la aplicación presupuestaria 21.05.412C.771 de los vigentes Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
Quinto. Plazo de Solicitud.
Se iniciará a los 10 días contados a partir de la publicación del extracto de esta orden y finalizará el 15 de septiembre de 2021.
Madrid, 7 de mayo de 2021.- El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas Puchades.
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