Edicto
El Juzgado de lo Mercantil nº. 2 de La Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Que en el procedimiento Concurso Voluntario Abreviado número 563/2019, se ha dictado Auto de Conclusión de Concurso con fecha 17 de diciembre de 2020, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Parte Dispositiva
1.- Se decreta la conclusión del concurso por fin de la fase de liquidación, del presente concurso de acreedores de A.J. Barral Publicidad, S.L., Cif B-15.743.933; con domicilio avenida de Finisterre nº 277, de A Coruña, inscrita en el Registro Mercantil de Coruña, Tomo 2356, Folio 53; hoja C-24.818. Con los efectos legales inherentes.
2.- Acuerdo la extinción de la entidad A.J. Barral Publicidad, S.L., procediendo el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos correspondientes, a los que se dirigirá mandamiento a tal efecto, con testimonio de la presente resolución.
3.- A la presente resolución se le dará la publicidad prevista en el artículo 23.1 y 24 LC.
4.- Declaro aprobada la rendición de final de cuentas formulada por la Administración concursal.
5.- Únase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.
Modo de impugnación: Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art.177 de la LC)
Así lo manda y firma S.Sª. doña María Salomé Martínez Bouzas, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil número dos de Coruña. Doy fe.
Y para que sirva de notificación y su publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente Edicto
La Coruña, 7 de enero de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.
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