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Documento BOE-B-2021-31484

Extracto de la Resolución de 22 de junio de 2021, de la Dirección del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por la que se modifica la Resolución de 23 de diciembre de 2020 de la Dirección del Instituto de Salud Carlos III O.A., M.P., por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2021 mediante tramitación anticipada de concesión de subvenciones de la Acción Estratégica en Salud 2017-2020.

Publicado en:
«BOE» núm. 154, de 29 de junio de 2021, páginas 41445 a 41447 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-B-2021-31484

TEXTO

BDNS(Identif.):541699

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/541699)

Con fecha 31 de diciembre de 2020, se publicó en el Boletín Oficial del Estado el extracto de la Resolución de 23 de diciembre de 2020 de la Dirección del Instituto de Salud Carlos III O.A., M.P. (en adelante, ISCIII), por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2021 mediante tramitación anticipada de concesión de subvenciones de la Acción Estratégica en Salud 2017-2020.

Mediante Resolución de la Dirección del ISCIII de 22 de junio de 2021, se ha acordado efectuar las siguientes modificaciones que afectan al extracto publicado de la referida convocatoria:

Primero. Se añade el artículo 1 bis, en relación al objeto y a las actuaciones convocadas, con el siguiente tenor literal:

«Artículo 1 bis. Actuaciones financiadas con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Las actuaciones «Proyectos de Programación Conjunta Internacional», «Proyectos de Investigación Clínica Independiente», «Redes de Investigación Cooperativa Orientadas a Resultados en Salud (RICORS)» e «Incorporación de una nueva área temática y nuevos grupos al Consorcio (CIBER)» recogidas en esta convocatoria se enmarcan en la inversión denominada «Salud» (C17.I6) del Componente 17 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

A estas actuaciones les será de aplicación el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, así como el resto de normas de la Unión Europea sobre la materia y estatales de desarrollo o trasposición de aquellas.

En ningún caso podrán ser susceptibles de ayuda aquellas actuaciones que directa o indirectamente ocasionen un perjuicio significativo al medio ambiente, de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088.»

Segundo. Se añade un nuevo apartado 2 bis en el artículo 5, relativo a las actuaciones sujetas al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, que queda redactado del siguiente modo:

«2 bis. En el caso de las actuaciones sujetas al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, el representante legal de la entidad beneficiaria deberá emitir una declaración responsable de ser conocedor de que la financiación, en forma de subvención, a la que se accede procede del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea y que asume todas las obligaciones derivadas del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, demás normas de la Unión sobre la materia y por las normas estatales de desarrollo o trasposición de estas, especialmente con respecto al requerimiento de cumplir con el principio de no ocasionar un perjuicio significativo al medio ambiente.»

Tercero. El apartado 3 del artículo 13, relativo a la financiación máxima destinada a las ayudas, incorpora la información sobre la misma, expresados los importes en euros y distribuidos por aplicaciones presupuestarias y anualidades:

Con cargo a la aplicación presupuestaria 28.107.465A.748:

ejercicio 2021: 761.796,00; ejercicio 2022: 326.346,00; ejercicio 2023: 292.988,00; ejercicio 2024: 71.554,00; ejercicio 2025: 0,00. Siendo el total de 1.452.684,00 euros.

Con cargo a la aplicación presupuestaria 28.107.465A.758:

ejercicio 2021: 54.104.466,88; ejercicio 2022: 33.570.616,22; ejercicio 2023: 26.284.182,36; ejercicio 2024: 6.065.246,00; ejercicio 2025: 3.718.750,00. Siendo el total de 123.743.261,46 euros.

Con cargo a la aplicación presupuestaria 28.107.465A.768:

ejercicio 2021: 0,00; ejercicio 2022: 0,00; ejercicio 2023: 0,00; ejercicio 2024: 0,00; ejercicio 2025: 0,00. Siendo el total de 0,00 euros.

Con cargo a la aplicación presupuestaria 28.107.465A.788:

ejercicio 2021: 4.432.065,00; ejercicio 2022: 1.783.588,00; ejercicio 2023: 1.477.264,00; ejercicio 2024: 578.562,00; ejercicio 2025: 533.000,00. Siendo el total de 8.804.479,00 euros.

Con cargo a la aplicación presupuestaria 28.107.465A.483.02:

ejercicio 2021: 0,00; ejercicio 2022: 147.000,00; ejercicio 2023: 147.000,00; ejercicio 2024: 147.000,00; ejercicio 2025: 12.250,00. Siendo el total de 453.250,00 euros.

Con cargo a la aplicación presupuestaria 28.107.460D.749:

ejercicio 2021: 4.375.000,00; ejercicio 2022: 0,00; ejercicio 2023: 0,00; ejercicio 2024: 0,00; ejercicio 2025: 0,00. Siendo el total de 4.375.000,00 euros.

Con cargo a la aplicación presupuestaria 28.107.460D.759:

ejercicio 2021: 51.634.000; ejercicio 2022: 0,00; ejercicio 2023: 0,00; ejercicio 2024: 0,00; ejercicio 2025: 0,00. Siendo el total de 51.634.000,00 euros.

Con cargo a la aplicación presupuestaria 28.107.460D.769:

ejercicio 2021: 245.000; ejercicio 2022: 0,00; ejercicio 2023: 0,00; ejercicio 2024: 0,00; ejercicio 2025: 0,00. Siendo el total de 245.000,00 euros.

Con cargo a la aplicación presupuestaria 28.107.460D.789:

ejercicio 2021: 3.246.000,00; ejercicio 2022: 0,00; ejercicio 2023: 0,00; ejercicio 2024: 0,00; ejercicio 2025: 0,00. Siendo el total de 3.246.000,00 euros.

Los importes totales distribuidos por anualidades son los siguientes: en el año 2021, 118.798.327,88; en el año 2022, 35.827.550,22; en el año 2023, 28.201.434,36; en el año 2024, 6.862.362,00; en 2025, 4.264.000,00. Siendo el total de 193.953.674,46 euros.

Cuarto. Otros datos.

El texto completo de la convocatoria, su modificación, así como el resto de la información relevante estará publicado en la BDNS y en la página web del ISCIII.

Madrid, 22 de junio de 2021.- La Directora del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P, Raquel Yotti Álvarez.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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