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Documento BOE-B-2021-34977

Resolución de la Dirección General de Trabajo por la que se anuncia el depósito de la desvinculación del sindicato denominado "Sindicato de Empleados Públicos de la Comunidad Valenciana", en siglas SEP-CV, con número de depósito 80000098 (antiguo número de depósito 931), de la "Confederación de Sindicatos de Empleados Públicos", en siglas FESEP, con número de depósito 99005379 (antiguo número de depósito 8916).

Publicado en:
«BOE» núm. 186, de 5 de agosto de 2021, páginas 47378 a 47378 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-B-2021-34977

TEXTO

Ha sido admitida la desvinculación al comprobarse que reúnen los requisitos previstos en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical y Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).

La solicitud de desvinculación fue formulada por D. Jesús Santos Cívicos mediante escrito tramitado con el número de entrada 99/2021/001894.

La Comisión Ejecutiva celebrada con fecha 1 de junio de 2021 por el Sindicato de Empleados Públicos de la Comunidad Valenciana, aprobó su desvinculación de la Confederación de Sindicatos de Empleados Públicos. El escrito está suscrito por D. Juan Évora Ripoll en calidad de Presidente.

El citado acuerdo fue comunicado a la Confederación de Sindicatos de Empleados Públicos y así consta según certificación emitida por dicha Confederación en donde se indica que se da por recibida la comunicación de la desvinculación con fecha 20 de julio de 2021 estando la certificación firmada por D. J. David Gunha Bosch en calidad de Secretario de Actas con el visto bueno del Presidente, D. Jesús Santos Cívicos.

Se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado y su exposición en el tablón de anuncios, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.

La resolución pone fin a la vía administrativa. Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y solicitar copia del mismo en este Centro Directivo, siendo posible impugnarlo ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (Boletín Oficial del Estado de 11 de octubre de 2011).

Madrid, 30 de julio de 2021.- La Directora General, P.D. (Real Decreto 499/2020, de 28 de abril y Orden TMS/1075/2018, de 10 de octubre),el Subdirector General de Relaciones Laborales, P.S. (Real Decreto 499/2020, de 28 de abril) el Subdirector General de Ordenación Normativa, Noel Rodríguez García.

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