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Con fecha 26 de julio de 2021 el Secretario de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, P. D. de la Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Orden FOM/1356/2016, de 20 de julio), ha resuelto:
Aprobar el expediente de información pública y definitivamente el Estudio de Delimitación de Tramo Urbano y establecimiento de línea límite de edificación de la margen derecha de la autovía A-7, entre los PP.KK. aproximados 252+400 y 252+500, en concreto en relación con las parcelas identificadas hoy por las referencias catastrales 3951102UF8635S0001OZ, 3951103UF8635S0001KZ y 3951104UF8635S0001RZ, del término municipal de Rincón de la Victoria (Málaga), de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, según lo siguiente:
1. Delimitar como tramo urbano el siguiente:
Margen derecha de la autovía A-7, entre los PP.KK. aproximados 252+400 y 252+500, en concreto en relación con las parcelas identificadas hoy por las referencias catastrales 3951102UF8635S0001OZ, 3951103UF8635S0001KZ y 3951104UF8635S0001RZ, del término municipal de Rincón de la Victoria (Málaga).
2. Fijar, para el tramo urbano establecido en el punto anterior, la línea límite de edificación, en consonancia con el planeamiento urbanístico, conforme al plano adjunto a la resolución que puede ser consultado en las oficinas de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental, Avda. de Madrid, n.º 7, Granada; en las de la Unidad de Carreteras de Málaga, Paseo de la Farola, n.º 7, Málaga; así como en la página https://sede.mitma.gob.es mediante el Código Seguro de Verificación: MFOM02SF63BC9C742C12BCC30403.
3. Fijar el borde exterior de la zona de dominio público a 8 metros medidos horizontal y perpendicularmente desde la arista exterior de la explanación, conforme al plano adjunto, según lo señalado en los artículos 28 y 29 de la ley de carreteras.
4. Fijar el borde exterior de la zona de servidumbre a 25 metros medidos horizontal y perpendicularmente desde la arista exterior de la explanación, conforme al plano adjunto, según lo señalado en los artículos 28 y 31 de la ley de carreteras.
La presente resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.1.c y 114.2.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el Ministro del Departamento, en el plazo de un (1) mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos (2) meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente.
Granada, 2 de agosto de 2021.- Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental, Salvador Fernández Quesada.
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