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Documento BOE-B-2021-35245

Resolución de 4 de agosto de 2021, de la Dirección General de Alimentación de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por la que se da publicidad a la solicitud de modificación del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida «La Mancha».

Publicado en:
«BOE» núm. 190, de 10 de agosto de 2021, páginas 47831 a 47832 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Referencia:
BOE-B-2021-35245

TEXTO

El día 13 de julio de 2021 la Organización Interprofesional de la Denominación de Origen La Mancha, presenta solicitud de modificación del Pliego de Condiciones de la Denominación de Origen Protegida «La Mancha».

Las modificaciones solicitadas se refieren a la adaptación de las características organolépticas de algunos tipos de vinos, así como a los requisitos del envasado, que se limita a la zona de producción delimitada e incorpora un nuevo formato de envasado.

La solicitud presentada conlleva modificaciones de las dos categorías indicadas en el artículo 14 del Reglamento Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión, de 17 de octubre de 2018, por el que se completa el Reglamento (UE) n° 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las solicitudes de protección de denominaciones de origen, indicaciones geográficas y términos tradicionales del sector vitivinícola, al procedimiento de oposición, a las restricciones de utilización, a las modificaciones del pliego de condiciones, a la cancelación de la protección, y al etiquetado y la presentación. Por ello resuelvo proceder a dar publicidad al pliego de condiciones con las modificaciones solicitadas, que constan íntegramente en la siguiente dirección web:

http://pagina.jccm.es/agricul/paginas/comercial-industrial/consejos_new/pliegos/Mod_pliego_La-Mancha.pdf

Mediante la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, se establece un plazo de dos mes contado desde el día siguiente al de la fecha de su publicación para que cualquier persona física o jurídica que esté establecida o resida legalmente en España, cuyos legítimos derechos o intereses consideren afectados, pueda formular las observaciones sobre esta solicitud, mediante la correspondiente declaración de oposición, debidamente motivada, dirigida a la Dirección General de Alimentación de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

La solicitud de modificación y el pliego de condiciones podrán ser examinados en la sede de la Dirección General de Alimentación de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural (C/ Pintor Matías Moreno, 4. 45071 - Toledo).

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla La Mancha, ante el Excmo. Consejero de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de conformidad con lo estipulado en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, sin perjuicio de interponer cualquier otro que se considere procedente.

De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la interposición de cualquier recurso podrá realizarse a través de medios electrónicos, salvo que se tenga obligación de relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos, a través del correspondiente enlace de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).

Toledo, 4 de agosto de 2021.- La Directora General de Alimentación, María Elena Escobar Sánchez.

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