En sesión del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares celebrada el 30 de junio de 2021 fue adoptado el siguiente acuerdo "Autorizar la prórroga de la concesión para la Gestión de puestos de amarre y locales comerciales de Botafoc en el puerto de Eivissa (EM-762), hasta que se produzca la elección de la solución más ventajosa del concurso para el otorgamiento de la nueva concesión administrativa de estos espacios portuarios, y en todo caso por un máximo de un año más, es decir hasta el 29 de julio de 2022."
El otorgamiento de la prórroga, previsto en los pliegos que rigieron el concurso y en el título concesional, estaba condicionado al hecho de que no se hubiera elegido la oferta más ventajosa del concurso para el otorgamiento de una nueva concesión para la gestión de estos espacios.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, con carácter potestativo, Recurso de Reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo para interponerlo es de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, no pudiendo, en este caso, interponer recurso Contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto el de Reposición.
De no utilizar el Recurso potestativo de Reposición, cabe interponer directamente Recurso Contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en el artículo anteriormente citado, y en los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/1998,de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en Illes Balears, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación. Ello sin perjuicio de cualquier otro recurso coacción que se estime pertinente.
Palma de Mallorca, 5 de agosto de 2021.- El Presidente y La Secretaria, Francesc Antich Oliver y M.ª Antonia Ginard Moll.
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