Edicto dando publicidad a la declaración de concurso.
Doña Joana Francesca Aloy Malla, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 5 de Manresa,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 169/2020, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la persona física Don Wilfredo Alberto Rivera Aguilera y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de asunto.- Concurso Consecutiu 169/2020-3.
NIG del procedimiento.- 08113-42-1-2020-8007350.
Persona física.- Wilfredo Alberto Rivera Aguilera con DNI nº 39373525D.
Tipo de concurso.- Concurso Consecutivo.
Fecha del auto de declaración.- 1 de octubre de 2020.
Administrador concursal.- Elvira Castañon García-Alix, con DNI nº 46227448R, domicilio profesional en Plaça Francesc Macià, 3, principal 1º, 08021 de Barcelona, y correo electrónico elviracastanon@bcnabogados.es.
Facultades del concursado.- Intervenidas.
Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 255 LC.- Los acreedores del concursado deberán ponerlos en conocimiento de la administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad de los acreedores, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicaran además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien, hacerlo por medio de Abogado y Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Manresa, 26 de enero de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Joana Francesca Aloy Malla.
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