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Documento BOE-B-2021-37234

Anuncio de Información pública de resolución número 1035/2021, de 13 de agosto, de la Dirección General de Energía, por la que se concede la autorización administrativa y la declaración, en concreto, de utilidad pública de las instalaciones eléctricas de alta tensión denominadas "Línea a 132 kV aérea-subterránea, doble circuito, entre la subestación Puerto del Rosario y la subestación Gran Tarajal", con número de expediente AT12/016.

Publicado en:
«BOE» núm. 212, de 4 de septiembre de 2021, páginas 50786 a 50841 (56 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Canarias
Referencia:
BOE-B-2021-37234

TEXTO

Antecedentes de hecho

1.º- Solicitud de Autorización Administrativa y Declaración de Utilidad Pública: Con fecha de 24 de febrero de 2012 la entidad Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima Unipersonal (en lo sucesivo REE), presenta ante la extinta Dirección General de Industria y Energía del Gobierno de Canarias solicitud de autorización administrativa, declaración de impacto ambiental y declaración de utilidad pública del proyecto denominado "Línea a 132 kV Aérea-Subterránea a 132 kV, doble circuito, entre la Subestación Puerto del Rosario y la Subestación Gran Tarajal", con número de visado 00241/2012 de fecha de 30 de enero de 2012 del C.O.I.I.B, afectando a los términos municipales de Puerto del Rosario, Tuineje y Antigua en la isla de Fuerteventura, asignándose el número de expediente AT 12/016.

2.º- Descripción del proyecto: el objeto de dicho proyecto consiste en la implantación de una línea de transporte de energía eléctrica aéreo/subterránea a 132 kV entre las subestaciones de Puerto del Rosario y de Gran Tarajal, con una longitud total aproximada de 44 kilómetros y un total de 135 apoyos aéreos.

2.1 Línea aérea de Doble Circuito a 132 kV

Tramo aéreo: Línea aérea doble circuito 132 kV entre el apoyo de transición aéreo – subterráneo T-1 cercano a la subestación de Gran Tarajal y el apoyo de transición aéreo – subterráneo T-135 cercano a la subestación de Puerto del Rosario.

Características técnicas del tramo aéreo:

Sistema

Corriente alterna trifásica

Frecuencia

50 Hz

Tensión nominal

132 kV

Tensión más elevada

145 kV

Temperatura Máxima conductor

85º C

Capacidad de transporte por circuito (Verano/invierno)

205/218 MVA

Número circuitos

Dos

Número conductores por fase

Uno

Tipos de conductor

GULL (AW)

Longitud aproximada

44 km.

Aislamiento

Bastones de goma silicona

Apoyos

Torres metálicas de celosía

Cimentaciones

De zapatas individuales

Puestas a tierra

Anillos cerrados de acero descarburado

2.2 Líneas subterráneas de Doble Circuito a 132 kV

Los tramos subterráneos comienzan en los apoyos T-1 y T-135 de transición aéreo – subterráneo hasta las posiciones de transporte en la nueva subestación de Puerto del Rosario 132/66 kV (T-1) y la nueva subestación de Gran Tarajal (T-135)

Características técnicas de los tramos subterráneos:

Sistema

Corriente alterna trifásica

Frecuencia

50 Hz

Tensión nominal

132 kV

Número circuitos

Dos

Número cables por fase

Uno

Tipo de cable

Aislamiento seco XLPE

Sección del conductor

1.600 mm2 Al

Tipo de instalación

Zanja con tubos hormigonados

Configuración de los cables

Tresbolillo

Tipo de conexión a tierra

Single point

Número terminales exteriores

6

Capacidad de transporte

208 MVA

Factor de carga

100%

Longitudes

130 y 165 m.

3.º- Información Pública: Publicación del anuncio de la solicitud de Autorización Administrativa, Aprobación de Proyecto y Declaración de Utilidad Pública: Boletín Oficial de Canarias número 57, de fecha 21 de marzo de 2012; Boletín oficial de la Provincia número 37 de fecha 21 de marzo de 2012; Prensa (Canarias7 27 de marzo de 2012) y Edictos publicados en el tablón de anuncios del Cabildo de Fuerteventura, del Ayuntamiento de Puerto del Rosario, del Ayuntamiento de Antigua y del Ayuntamiento de Tuineje.

3.º a) Alegaciones al proyecto: se presentan una serie de alegaciones al proyecto.

La mayoría de las alegaciones consisten en un modelo común en la que coinciden los mismos puntos y su redacción. Se resumen a continuación las cuestiones que se alegan de forma genérica:

a) Que no se explicitan los datos que justifican la instalación. Que en los últimos años ha descendido el consumo eléctrico.

b) Que no se analizan todas las alternativas como la alternativa de toda la línea soterrada o que vaya a través de un enlace submarino. Que no se analizan todas las alternativas como la alternativa cero.

c) Que se manifiesta oposición al proyecto de la línea aérea por el impacto paisajístico, visual y económico.

d) Que el terreno según el PIOF es rústico y que se encuentran en zonas de gavias destinadas a cultivos.

e) Según los Artículos 4, 25 DV, 55DV, 56DO y 57DV del PIOF, debe soterrarse la línea.

f) Que según el Real Decreto 1066/2001 la línea debe estar a más de 100 metros de las viviendas.

g) Que la línea puede instalarse en terrenos de dominio público según el artículo 161 del Real Decreto 1955/2000.

En base lo anterior, en las alegaciones se rechaza el proyecto de la línea y a sus afecciones.

En los escritos de alegaciones se solicitan cuestiones más concretas que versan principalmente sobre la propiedad que se exponen resumidamente a continuación:

1) Don Francisco Javier Pérez Martín. Presenta escrito con fecha de 26 de abril de 2012 indicando que es copropietario de la finca con referencia catastral 35018A00500430 (número parcelario 47), y donde se pone de manifiesto la oposición a la autorización y aprobación de la línea.

2) Don Manuel Hernández Jordán. Presenta escrito de alegaciones con fecha de 24 de abril de 2012 en el que se solicita la denegación del proyecto.

3) Don Manuel Marcial Sánchez Velázquez. Se presentan varios escritos de alegaciones con fechas de 24 de abril de 2012, 22 de agosto de 2012, 27 de septiembre de 2012 y 3 de octubre de 2012 indicando que es propietario de las parcelas con referencias catastrales 35030A00400249 (número parcelario 134), 35030A00400238 (número parcelario 137) y 35030A00300414 (número parcelario 125-1), donde se pone de manifiesto la oposición a la autorización y aprobación de la línea.

4) Don Bernardo Cabrera Betancor. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 23/04/2012 indicando que es propietario de la parcela con referencia catastral 35003A00500523 (número parcelario 215), donde solicita la denegación del proyecto.

5) Don Luis Cabrera Betancor. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 23/04/2012 indicando que es propietario de la parcela con referencia catastral: 35030A00200204 (número parcelario 67), donde solicita la denegación del proyecto.

6) Don Jesús Martín Comesaña Fernández. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 23/04/2012 indicando que es propietario de la parcela con referencia catastral: 35018A009003200000UB (número parcelario 151) y donde solicita la denegación del proyecto.

7) Don Jesús Llorente Sainz, administrador de la empresa Lanzaventura, Sociedad Limitada. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 23 de abril de 2012 indicando que es propietario de la parcela con referencia catastral: 35018A009003200000UB (número parcelario 151) y donde solicita la denegación del proyecto.

8) Doña Laura Ferrera Díaz. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 23 de abril de 2012 indicando que es propietario de la parcela con referencia catastral: 35018A009003200000UB (número parcelario 151) y donde solicita la denegación del proyecto.

9) Doña Carmen María Hernández Rodríguez, administradora de la empresa Lanzaventura, Sociedad Limitada. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 23 de abril de 2012 indicando que es propietario de la parcela con referencia catastral: 35018A009003200000UB (número parcelario 151) y donde solicita la denegación del proyecto.

10) Don Gonzalo Batista Montes de Oca. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 23 de abril de 2012 indicando que es propietario de la parcela con referencia catastral 35003A00300030 (número parcelario 84), donde solicita la denegación del proyecto.

11) Doña María Ermelinda Velázquez Linares. Se presentan escritos de alegaciones con fecha de 23 de abril de 2012 indicando que es propietaria de las parcelas con referencias catastrales 35003A00200251 (número parcelario 70) y 35003A00200250 (número parcelario 73); y también junto a Miguel Juan Velázquez Linares de la parcela catastral 35003A00300133 (número parcelario 91), donde se pone de manifiesto la oposición a la autorización y aprobación de la línea.

12) Don José Lavandera López. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 23 de abril 2012 indicando que es propietario de la parcela con referencia catastral 35003A00500350 (número parcelario 220-2), donde solicita la denegación del proyecto.

13) Don Jesús Manuel Artiles López, en representación de los propietarios de la parcela 430, polígono 5. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 23 de abril de 2012 indicando que son propietarios de la parcela con referencia catastral 3501800500430 (número parcelario 47), donde oponen a la expropiación.

14) Don Airam Chirino Cabrera. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 19 de abril de 2012 indicando que es propietario de la parcela con referencia catastral 35018A00700015 (número parcelario 130), donde solicita la denegación del proyecto.

15) Doña América Soto Betancor. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 19 de abril de 2012 indicando que es propietaria de las parcelas con referencias catastrales 35003A00200175 (número parcelario 57), 35003A00200273 (número parcelario 73-1), 35003A00100082 (número parcelario 34), 35003A00100087 (número parcelario 39), 35003A00100097 (número parcelario 42), 35003A00200075 (número parcelario 49) y 35003A00200067 (número parcelario 53), donde se solicita la denegación del proyecto.

16) Doña María Jesús Cabrera Jordán. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 19 de abril de 2012 indicando que es propietaria de la parcela con referencia catastral 35018A00900279 (número parcelario 146), donde solicita la denegación del proyecto.

17) Don Jesús Manuel Giráldez Macía, en representación de Los Verdes de Canarias. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 19 de abril 2012 donde solicita la paralización del proyecto.

18) Doña Dolores Vera García. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 19 de abril 2012 indicando que es propietaria de la parcela con referencia catastral 35003A00100044 (número parcelario 25), donde solicita la denegación del proyecto.

19) Doña Florencia del Carmen Reyes Cabrera. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 19 de abril de 2012 indicando que es propietaria de la parcela con referencia catastral 35018A00900279 (número parcelario 146), donde solicita la denegación del proyecto.

20) Doña Argelia Cabrera Rodríguez. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 19 de abril de 2012 indicando que es propietaria de las parcelas con referencias catastrales 35018A00900273 (número parcelario 141) y 35018A00900283 (número parcelario 147), donde solicita la denegación del proyecto.

21) Doña Iluminada Rodríguez Cabrera. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 19 de abril de 2012 indicando que es propietaria de la parcela con referencia catastral 35003A00100052 (número parcelario 18), donde solicita la denegación del proyecto.

22) Doña Juana Rosario Mesa Armas. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 19 de abril de 2012 donde solicita la paralización del proyecto. No se dice si es propietaria de la parcela con referencia catastral 35018A00700209 (número parcelario 128).

23) Don Francisco Lasso Brito. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 19 de abril de 2012 donde solicita la paralización del proyecto. No se dice si es propietario de alguna parcela afectada.

24) Doña Antigua Armas Pérez. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 19 de abril de 2012 donde solicita la paralización del proyecto. No se dice si es propietaria de la parcela con referencia catastral 35018A00700021 (número parcelario 124).

25) Don Jose Luis Torres Mesa. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 19 de abril 2012 donde solicita la paralización del proyecto. No se dice si es propietaria de la parcela con referencia catastral 35018A00700213 (número parcelario 123-1).

26) Don Manuel Mesa Armas. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 19 de abril de 2012 donde solicita la paralización del proyecto. No se dice si es propietaria de la parcela con referencia catastral 35018A00700014 (número parcelario 123-2).

27) Doña Elisabeth Torres Mesa. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 19 de abril de 2012 donde solicita la paralización del proyecto. No se dice si es propietaria de las parcelas con referencias catastrales 35018A00700213 (número parcelario 123-1) y 35018A00700208 (número parcelario 129).

28) Don Francisco Rafael Jordán Velázquez. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 19 de abril de 2012 indicando que es propietario de la parcela con referencia catastral 35003A00300407 (número parcelario 130), donde solicita que la línea sea soterrada, entre otros.

29) Don Nicasio Brito Brito. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 19 de abril de 2012 indicando que es propietario de la parcela con referencia catastral 35003A00200257 (número parcelario 67), donde solicita la denegación del proyecto.

30) Don Antonio Abad Martín Peñate, Doña Carmen Lucrecia Martín Peñate, Doña María del Mar Martín Peñate y Doña Juana Teresa Martín Peñate. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 19 de abril de 2012 indicando que son propietarios de la parcela con referencia catastral 35018A00500640 (número parcelario 21), donde solicita la denegación del proyecto.

31) Doña Concepción Esther Évora Cabrera, en representación de Herederos de Blanca Cabrera García y Antonia Évora Cabrera. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 19 de abril de 2012 donde solicita la paralización del proyecto. No se dice si es propietaria de las parcelas con referencias catastrales 35003A00300312 (número parcelario 137) y 35003A00400043 (número parcelario 142), respectivamente.

32) Doña Antonia Soto López. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 19 de abril de 2012 indicando que es propietaria de la parcela con referencia catastral 35030A00200109 (número parcelario 33), donde solicita la denegación del proyecto.

33) Doña Rosa María Évora Suárez, en representación de José Antonio Évora Suárez (1), Juan Suárez Rodríguez (2) y Herederos de Marina Suárez Armas (3). Se presenta escrito con fecha de 20 de abril de 2012 indicando que son propietarios de las parcelas con referencias catastrales (1) 35003A00300010 (número parcelario 80), (1) 35003A00300101 (número parcelario 83), (2) 35003A00300135 (número parcelario 95) y (3) 35003A00300147 (número parcelario 99), 35003A00300223 (número parcelario 104), también dice ser propietarios de la parcela con referencia catastral 35003A00300222 (número parcelario 106), y se solicita información sobre el proyecto.

34) Don José Silverio López Márquez. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 20 de abril de 2012 indicando que es propietario de la parcela con referencia catastral 35018A00700013 (número parcelario 123-3), donde solicita la denegación del proyecto.

35) Don Nicolás Armas del Pino. Se presenta escrito con fecha de 18 de abril de 2012 indicando que es propietario de las parcelas con referencias catastrales 35030A00200194 (número parcelario 64), 35030A00200199 (número parcelario 65-1) y 35030A00200013 (número parcelario 79), donde solicita información del proyecto.

36) Don Agustín Ciro Hernández Roger. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 16 de abril de 2012 indicando que es propietario de la parcela con referencia catastral 35030A00300897 (número parcelario 121), donde solicita la denegación del proyecto.

37) Doña Auxiliadora Martín Martín. Se presenta escrito de personación con fecha de 11 de abril de 2012 indicando que es copropietaria de la parcela con referencia catastral 35018A00500430 (número parcelario 47).

38) Doña María Eva Iglesias Rey. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 30 de abril 2012 indicando que es propietaria de las parcelas 35030A00200008 y 35030A00200009, que no está incluida en la relación de bienes y derechos afectados, donde expresa su descuerdo con la ejecución del proyecto.

39) Don Sergio Lloret López y Don Manuel Travieso Darias, Consejeros de Asambleas Municipales de Fuerteventura. Se presentan escritos con fecha de 4 de mayo 2012 indicando donde se solicita la no ejecución de estos proyectos y de otros proyectos.

40) Doña Vanessa Alberto Moseguez. Se presentan escritos de alegaciones con fechas de 10 de abril 2012 y 25 de abril 2012 indicando que es propietaria de la parcela con referencia catastral 35003A00200187 (número parcelario 62), donde pone de manifiesto su rechazo a la ocupación de su parcela.

41) Don Miguel Sánchez Velázquez. Se presentan escrito de alegaciones con fecha de 25 de abril 2012 indicando que es propietario de las parcelas con referencias catastrales 35018A00600030 (número parcelario 84) y 3501800900261 (número parcelario 140), donde se solicita la denegación del proyecto.

42) Don Miguel Sánchez Velázquez y hermanos. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 25 de abril 2012 indicando que son propietarios de la parcela con referencia catastral 35018A00600020 (número parcelario 88), donde se solicita la denegación del proyecto.

43) Doña María del Pilar Armas Peñate. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 30 de abril 2012 indicando que es propietaria de las parcelas con referencias catastrales 35030A00200194 (número parcelario 64), 35030A00300199 (número parcelario 65-1) y 35030A00300013 (número parcelario 79), donde solicita la denegación del proyecto.

44) Don Marcos Peñate Aguilar. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 24/04/2012 indicando que es propietario de las parcelas con referencias catastrales 35030A00200028 (número parcelario 22) y 35030A00200120 (número parcelario 27-2), donde solicita la denegación del proyecto.

45) Doña María del Carmen Peñate Cabrera, en representación de los herederos de Juan Peñate Cabrera. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 30 de abril 2012 indicando que son propietarios de la parcela con referencia catastral 35030A00200196 (número parcelario 65), donde solicita la denegación del proyecto.

46) Don Diego García Cabrera, en representación de los herederos de Blas García Rodríguez. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 30 de abril 2012 indicando que son propietarios de la parcela con referencia catastral 35030A00200121 (número parcelario 33-1), donde solicita la denegación del proyecto.

47) Don Cristóbal Franquis de León. Se presenta escrito con fecha de 26 de abril 2012 y documentación indicando que es propietario de las parcelas con referencias catastrales 35030A00500501 (número parcelario 230), 35030A00100388 (número parcelario 3) y 35030A00100389 (número parcelario 5), donde plantea alternativas al trazado.

48) Don Juan Pedro Cabrera Travieso, en representación de sí mismo y de sus hermanos Armado Miguel y Luz Divina Cabrera Traiveso. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 26 de abril 2012 indicando que son propietarios de las parcelas con referencias catastrales 35018A01500244 (número parcelario 169), 35003A00400370 (número parcelario 174), 35003A00400372 (número parcelario 177), 35003A00500522 (número parcelario 207-1) y 35003A00500368 (número parcelario 207-12), donde solicita la denegación del proyecto.

49) Don Guillermo Sánchez Velázquez. Se presenta escritos de alegaciones con fechas de 26 de abril 2012 indicando que es propietario de las parcelas con referencias catastrales 35018A00800002 (número parcelario 136), y 35018A00900259 (número parcelario 139), donde solicita la denegación del proyecto.

50) Don Domingo Alonso Betancor. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 7 de junio 2012 solicitando la denegación del proyecto. No se dice si es propietario de alguna parcela afectada.

51) Doña Petra María Vera Peña. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 24 de abril de 2012 indicando que es propietaria de la parcela con referencia catastral 35018A00900334 (número parcelario 158), donde solicita la denegación del proyecto.

52) Doña Nazaria de Vera Linares. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 23 de abril 2012 indicando que es propietaria de la parcela con referencia catastral 35018A00100048 (número parcelario 23), donde solicita la denegación del proyecto.

53) Don Juan Francisco Perdomo Perdomo. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 20 de abril 2012 indicando que es propietario de la parcela con referencia catastral 35018A00500395 (número parcelario 71), donde solicita la denegación del proyecto.

54) Doña María Isabel Batista Montes de Oca. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 20 de abril 2012 indicando que es propietaria de las parcelas con referencias catastrales 35003A00200186 (número parcelario 61) y 35003A00300030 (número parcelario 84), donde solicita la denegación del proyecto.

55) Don Antonio Soto Cabrera. Se presenta escritos de alegaciones con fecha de 20 de abril 2012 indicando que es propietario de las parcelas con referencias catastrales 35003A00500371 (número parcelario 207-9), 35003A00500503 (número parcelario 288), 35030A00200158 (número parcelario 48), y 35030A00100382 (número parcelario 0-5), donde solicita la denegación del proyecto.

56) Don Juan José Berriel Suárez. Se presenta escritos de alegaciones con fecha de 20 de abril 2012 indicando que es propietario de la parcela con referencia catastral 35003A00300178 (número parcelario 116), donde solicita la denegación del proyecto.

57) Doña Milagrosa Berriel Suárez. Se presenta escritos de alegaciones con fecha de 20 de abril 2012 indicando que es propietaria de la parcela con referencia catastral 35003A00200253 (número parcelario 65), donde solicita la denegación del proyecto.

58) Doña María Dolores Pérez Berriel. Se presenta escritos de alegaciones con fecha de 20 de abril 2012 indicando que es propietaria de la parcela con referencia catastral 35003A00300146 (número parcelario 93), donde solicita la denegación del proyecto.

59) Don Agustín Pérez Berriel. Se presenta escritos de alegaciones con fecha de 20 de abril 2012 indicando que es propietario de las parcelas con referencias catastrales 35003A00300177 (número parcelario 115) y 35003A00300415 (número parcelario 119), donde solicita la denegación del proyecto.

60) Doña Sebastiana Berriel Suárez, en representación de Herederos de Sebastiana Suárez Armas. Se presenta escritos de alegaciones con fecha de 20 abril 2012 indicando que son propietarios de las parcelas con referencias catastrales 35003A00300149 (número parcelario 100), 35003A00300222 (número parcelario 106) y 35003A00300225 (número parcelario 102), donde solicita la denegación del proyecto.

61) Don Francisco Hernández Jordán. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 23 de abril 2012 solicitando la paralización del proyecto. No se dice si es propietario de las parcelas con referencias catastrales 35003A00300147 (número parcelario 98) y 35003A00300148 (número parcelario 106).

62) Doña Antigua Sánchez Velázquez. Se presentan escritos de alegaciones con fecha de 27 de abril 2012 indicando que es propietaria de las parcelas con referencias catastrales 35003A00300275 (número parcelario 139) y 3501800600023 (número parcelario 89), donde solicita la denegación del proyecto.

63) Doña Herminia Gutiérrez Cabrera en representación de los Herederos de Lorenzo Pérez Hernández. Se presentan escritos de alegaciones con fechas de 27 de abril 2012 indicando que es propietaria de las parcelas con referencias catastrales 35018A00600019 (número parcelario 85) y 3501800500366 (número parcelario 79), donde solicita la denegación del proyecto.

64) Don Marcos Antonio Franquiz González. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 2 de mayo 2012 donde solicita la paralización del proyecto. No se dice si es propietario de las parcelas con referencias catastrales 35003A00200080 (número parcelario 47) y 35003A00300410 (número parcelario 126), donde solicita la paralización del proyecto.

65) Don Javier S. González Arencibia. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 2 de mayo 2012 donde solicita la paralización del proyecto. No se dice si es propietario de la parcela con referencia catastral 35018A700003 (número parcelario 132).

66) Don Juan Verde Benítez. Se presenta escrito de personación con fecha de 4 de mayo 2012 indicando que es propietario de la parcela con referencia catastral 35018A00500574 (número parcelario 20-6), donde solicita modificación del trazado de la servidumbre y acuerdo amistoso o expropiación completa de la finca.

67) Don Juan S. Rodríguez Ramírez, como Consejero Delegado de la empresa Construcciones Rodríguez Ramírez. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 4 de mayo 2012 indicando que es propietario de la parcela con referencia catastral 35018A00500427 (número parcelario 50), donde solicita la denegación del proyecto.

68) Don Carmelo Cabrera Rodríguez. Se presenta escritos de alegaciones con fecha de 4 de mayo 2012 indicando que es propietario de la parcela con referencia catastral 35030A00200849 (número parcelario 15-1), donde solicita la denegación del proyecto.

69) Doña Herminia Cabrera Cabrera. Se presenta escritos de alegaciones con fecha de 4 de mayo 2012 indicando que es propietaria de la parcela con referencia catastral 35030A00200038 (número parcelario 27), donde solicita la denegación del proyecto.

70) Doña Adelina del Carmen Cabrera Cabrera. Se presenta escritos de alegaciones con fecha de 4 de mayo 2012 indicando que es propietaria de la parcela con referencia catastral 35030A00200234 (número parcelario 70), donde solicita la denegación del proyecto.

71) Doña Higinia Hernández Acosta. Se presenta escritos de alegaciones con fecha de 7 de mayo 2012 indicando que es propietaria de la parcela con referencia catastral 35030A00200107 (número parcelario 30), donde comunica su oposición a que el trazado de la línea pase por su propiedad.

72) Don Bernardo Peña García y Doña Juana Rodríguez Betancor. Se presenta escritos de alegaciones con fecha de 7 de mayo 2012 indicando que son propietarios de la parcela con referencia catastral 35030A00200111 (número parcelario 31), donde solicita la denegación del proyecto.

73) Doña Dolores Bethencourt Valladares. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 4 de mayo 2012 donde solicita la paralización del proyecto. No se dice si es propietario de la parcela con referencia catastral 35003A00300161 (número parcelario 109).

74) Don Pedro Cabrera Gutiérrez. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 8 de mayo 2012 donde solicita la paralización del proyecto. No se dice si es propietario afectado de alguna parcela.

75) Doña María del Carmen Aguiar Aguiar, heredera de D. Jose Aguiar Amador. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 16 de mayo 2012 indicando que es propietaria de la parcela con referencia catastral 35030A00200126 (número parcelario 36), donde solicita la paralización del proyecto.

76) Don Gregorio Marín Hernández y D. Diego Marcelino Martín Hernández. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 4 de mayo 2012 indicando que son propietarios de las parcelas con referencias catastrales 35003A00100053 (número parcelario 17) y 35003A00100051 (número parcelario 21), donde solicita la denegación del proyecto.

77) Doña Fátima Inmaculada Camejo Herrera, en nombre propio y de los herederos de Don Juan Camejo Cubas. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 23 de mayo 2012 indicando que son propietarios de la parcela con referencia catastral 35030A00300195 (número parcelario 115), donde se rechaza la instalación y se solicita soterramiento de la línea y trazado alternativo.

78) Don Felipe Bermúdez Suárez, presidente de la Asociación de Vecinos El Tabaibe. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 16 de mayo 2012 donde se recoge la firma de 517 personas, donde solicita la denegación del proyecto.

79) Doña Lucía Fleitas Santana. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 12 de abril 2012 indicando que es propietaria de la parcela 500 del Polígono 5, que no está incluida en la relación de bienes y derechos afectados, donde expresa su descuerdo con la ejecución del proyecto.

80) Doña Mercedes Batista Montes de Oca. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 16 de abril 2012 indicando que es propietaria de la parcela con referencia catastral 35003A00300300 (número parcelario 134-2), donde solicita la paralización del proyecto.

81) Doña Marina del Carmen Brito Melián, en representación de Don Víctor Brito Figueroa. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 28 de abril 2012 indicando que no se identifica ninguna parcela, donde no da su consentimiento para la utilización de sus fincas para el paso de la línea.

82) Don Juan Ángel Gutiérrez Hernández. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 19 de abril 2012 indicando que es propietario de las parcelas con referencias catastrales 35003A00100095 (número parcelario 38), 35003A00100098 (número parcelario 43) y 35003A00100099 (número parcelario 38-2), donde solicita la denegación del proyecto.

83) Don José Melián Martín. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 20 de abril 2012 indicando que es propietario de las parcelas con referencias catastrales 35003A00300171 (número parcelario 112) y 35003A01500049 (número parcelario 12), donde solicita la denegación del proyecto.

84) Don Tomás Matoso García. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 20 de abril 2012 donde solicita la paralización del proyecto. No se dice si es propietario de las parcelas con referencias catastrales 35030A00200028 (número parcelario 22) y 35030A00200120 (número parcelario 27-2), donde solicita la paralización del proyecto.

85) Doña Carmen Hernández Santana. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 23 de abril 2012 donde se dice que es propietaria de la parcela con referencia catastral 35003A00100094 (número parcelario 37), donde solicita la denegación del proyecto.

86) Doña Milagros Betancort Ramos, heredera de Juan Ramón Soto Morales. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 24 de abril 2012 indicando que es propietaria de las parcelas con referencias catastrales 35003A00200175 (número parcelario 57), 35003A00200273 (número parcelario 73-1), 35003A00100082 (número parcelario 34), 35003A00100087 (número parcelario 39), 35003A00100097 (número parcelario 42), 35003A00200075 (número parcelario 49) y 35003A00200037 (número parcelario 53) donde solicita la denegación del proyecto.

87) Don José Antonio Évora Suárez. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 27 de abril 2012 indicando que es propietario de las parcelas con referencias catastrales 35003A00300010 (número parcelario 80), 35003A00100009 (número parcelario 83), 35030A00300147 (número parcelario 99) y 35030A00300223 (número parcelario 104), donde solicita la denegación del proyecto.

88) Don Pedro Brito Brito. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 2 de mayo 2012 indicando que es propietario de la parcela con referencia catastral 35003A00200257 (número parcelario 67), donde solicita la denegación del proyecto.

89) Don Marcelino Estupiñán de la Cruz. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 2 de mayo 2012 indicando que es propietario de las parcelas con referencias catastrales 35003A00500538 (número parcelario 273) y 35003A00400273 (número parcelario 193), donde solicita la denegación del proyecto.

90) Don Juan Victoriano Alonso Lasso. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 3 de mayo 2012 indicando que es propietario de la parcela con referencia catastral 35003A00400289 (número parcelario 181), donde solicita la denegación del proyecto.

91) Don Gregorio Zenón Ruiz Riverol. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 4 de mayo 2012 donde solicita la paralización del proyecto. No se dice si es propietario de las parcelas con referencias catastrales 35003A00400414 (número parcelario 169), 35003A00400352 (número parcelario 203) y 35030A00200001 (número parcelario 12).

92) Doña María Alonso Lasso. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 4 de mayo 2012 indicando que es propietaria de la parcela con referencia catastral 35003A00400271 (número parcelario 192), donde solicita la denegación del proyecto.

93) Don Juan López Alonso. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 4 de mayo 2012 indicando que es propietario de la parcela con referencia catastral 35003A00400369 (número parcelario 172-2), donde solicita la denegación del proyecto.

94) Doña Antonia Fabiola Mederos Chocho. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 7 de mayo 2012 indicando que es propietaria de las parcelas con referencias catastrales 35003A00400414 (número parcelario 169), 35003A00400274 (número parcelario 190), 35003A00400292 (número parcelario 192-8), 35003A00500352 (número parcelario 203), 35030A00100387 (número parcelario 0-3), 35030A00100398 (número parcelario 8), 35030A00200159 (número parcelario 45), 35030A0200160 (número parcelario 50), 35030A00200171 (número parcelario 61-3) y 35030A00300014 (número parcelario 80) donde solicita la denegación del proyecto.

95) Doña María Soledad Hernández Velázquez. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 7 de mayo 2012 donde se dice que es propietaria de la parcela con referencia catastral 35003A00300467 (número parcelario 132), donde solicita la denegación del proyecto.

96) Doña Estrella Velázquez Llarena. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 7 de mayo 2012 indicando donde se dice que es propietaria de la parcela con referencia catastral 35003A00300303 (número parcelario 134-1), donde solicita la denegación del proyecto.

97) Don Miguel Ángel Cuervo Velázquez. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 7 de mayo 2012 indicando que es propietario de la parcela con referencia catastral 35003A00300465 (número parcelario 135), donde solicita la denegación del proyecto.

98) Don Antonio Hernández Velázquez y Doña Concepción María Cabrera Álamo, padres de Don Antonio Clemente Hernández Cabrera y Doña Stella del Carmen Hernández Cabrera. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 8 de mayo 2012 indicando que son propietarios de la parcela con referencia catastral 35003A00300466 (número parcelario 134), donde solicita la denegación del proyecto.

99) Don Antonio Jesús Ramón de Vera Soto y Hermanos. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 8 de mayo 2012 indicando que son propietarios de las parcelas con referencias catastrales 35003A00200176 (número parcelario 55) y 35003A0200185 (número parcelario 55), donde solicita la denegación del proyecto.

100) Don Juan Bosco de Vera Linares. Se presenta escrito de alegaciones con fecha de 8 de mayo 2012 indicando donde se dice que es propietario de la parcela con referencia catastral 35003A00200081 (número parcelario 49-1), donde solicita la denegación del proyecto.

3º.b) Respuesta de REE a las alegaciones al proyecto: Frente a estas alegaciones, REE informa indicando lo siguiente:

a) En relación a los datos que justifican la instalación y que en los últimos años ha descendido el consumo eléctrico REE informa que estas actuaciones son consecuencia del elevado crecimiento de la demanda en Fuerteventura y que el proyecto se encuentra en el Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2015-2020, en el que la Comunidad Autónoma de Canarias ha participado.

b) En relación a que no se analizan todas las alternativas y sobre el impacto paisajístico, visual y económico REE informa que el estudio de impacto ambiental tiene como primer objetivo proporcionar los datos necesarios para definir alternativas y elegir la solución óptima desde el punto de vista medioambiental, técnico, social y económico.

c) En relación a que el terreno según el PIOF es rústico y que se encuentran en zonas de gavias destinadas a cultivos, REE informa que la instalación no supone ninguna limitación sobre el aprovechamiento que se venga desarrollando sobre las mismas, exceptuando la superficie de ocupación del apoyo y anillo de tierra.

d) En relación a que según los Artículos 4, 25 DV, 55DV, 56DO y 57DV del PIOF, al respecto del soterramiento la línea, REE informa que la implantación de las instalaciones eléctricas en el territorio los PIO, en general, destacan la obligatoriedad de la Ordenación e implantación en el territorio de las infraestructuras eléctricas de relevancia (centrales de producción de energía, red de transporte y subestaciones) mediante Planes Territoriales Especiales. Que el Plan Territorial Especial de Ordenación de Infraestructuras Energéticas para la Isla de Fuerteventura aún no ha sido aprobado y que REE atiende a lo establecido en la Planificación Eléctrica establece que todas las líneas de la red de transporte se plantean como aéreas, salvo que por condicionantes insalvables sea necesaria la instalación de cables aislados.

REE informa que las líneas soterradas tienen una serie de dificultades técnicas como es el aumento significativo del tiempo de reposición, imposibilidad de reenganches, necesidad de más aparamenta y de reactancias.

También repercute negativamente sobre aspectos ambientales como son daños sobre el sustrato en toda la zona de la servidumbre y por la necesidad de construir accesos a la obra, daños patentes sobre la red de drenaje superficial y subterránea cruzada por el cable, tanto de forma directa por las obras, como indirecta al afectar al nivel freático de las zonas atravesadas, la pérdida completa de la vegetación en toda la servidumbre precisa para la construcción del cable, continua a lo largo del trazado y pérdida de la calidad paisajística por la destrucción de la vegetación y los movimientos de tierras, que se extiende en el tiempo por la necesidad de mantener una zona desforestada a todo lo largo del trazado. Afecta también negativamente por la imposición de servidumbre sobre las propiedades cruzadas con limitaciones claras para las actividades que deban desarrollarse sobre el suelo, imposición de un condicionante para la implantación de otras infraestructuras precisas, que tendrán serias dificultades para el cruce por los terrenos donde se implanten los cables.

e) En relación a que según el Real Decreto 1066/2001 la línea debe estar a más de 100 m de las viviendas, REE informa que se cumple con las recomendaciones técnicas para evitar el riesgo de radiaciones por campos electromagnéticos de instalaciones eléctricas cuya frecuencia es de 50 HZ y que la línea guarda las distancias a viviendas establecidas en la ITC-LAT-07 del Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión aprobado por el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero.

f) En relación a que la línea puede instalarse en terrenos de dominio público según el art. 161 del RD 1955/2000, REE informa que los organismos públicos son consultados en el trámite de información pública por sus bienes y derechos.

Finalmente REE facilita un correo de contacto e indica que contactará con los propietarios con el fin de llegar a acuerdos amistosos por las afecciones publicadas.

4.º- Consultas a Organismos afectados e informes recibidos

Durante la tramitación del expediente, se ha solicitado la emisión de informe a las siguientes Administraciones, Organismos y empresas:

4.1) Ayuntamiento de Puerto del Rosario

4.2) Ayuntamiento de Antigua

4.3) Ayuntamiento de Tuineje

4.4) Cabildo de Fuerteventura.

4.4.1) Unidad de Medio Ambiente.

4.4.2) Patrimonio Cultural.

4.4.3) Carreteras.

4.4.4) promoción económica

4.4.5) Pleno del Cabildo.

4.5) Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

4.6) Viceconsejería de Política Territorial. Dirección General de Ordenación del Territorio

4.7) Viceconsejería de Turismo

4.8) Viceconsejería de Agricultura y Ganadería

4.9) Dirección General de Industria y Energía

4.10) Dirección General de Patrimonio Cultural

4.11) Dirección General del Medio Natural

4.12) Dirección General de Infraestructura Viaria

4.13) Dirección General de Salud Pública

4.14) Consorcio de Abastecimiento de Aguas de Fuerteventura

4.15) Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA)

4.16) Endesa Distribución Eléctrica, Sociedad Limitada Unipersonal

4.17) Telefónica de España Sociedad Anónima

4.18) Federación Ecologista Ben Magec

4.19) Sociedad Española de Ornitología SEOBirdLife

Se ha obtenido el siguiente resultado:

4.1) Ayuntamiento de Puerto del Rosario

Con fecha de 12 de abril de 2012 informa que la instalación es incompatible con el Plan Insular de Ordenación de Fuerteventura (PIOF).

4.2) Ayuntamiento de Antigua

Con fecha de 26 de marzo de 2012 se informa desfavorablemente por ser los tendidos aéreos incompatibles con el PIOF.

4.3) Ayuntamiento de Tuineje

Con fecha de 7 de mayo de 2012 informa desfavorablemente solicitando el soterramiento parcial de la línea doble circuito 132 kV subestación Puerto del Rosario – Gran Tarajal.

4.4) Cabildo de Fuerteventura.

4.4.1. Unidad de Medio Ambiente: Con fecha de 12 de abril de 2012 se recibe informe favorable condicionado a que se realice una comparativa entre el trazado actual de la línea de 66 kV y la nueva línea y que se tengan en cuenta las recomendaciones de carácter orientativo del PIOF relativos a que la línea sea subterránea en los pasillos infraestructurales que se indican en el PIOF.

4.4.2. Patrimonio Cultural: Con fecha de 27 de marzo de 2012 se informa favorable condicionado a que se cumplan las medidas protectoras y correctoras previstas en el Estudio Arqueológico y que se comunique el inicio de las obras y a remitir los informes arqueológicos.

4.4.3. Carreteras: Con fecha 29 de febrero de 2016 se recibe informe requiriendo el cumplimiento de la legislación en materia de carreteras en relación a los accesos a los apoyos desde las carreteras.

4.4.4. Consejería de Hacienda, Promoción Económica e innovación: Con fecha de 20 de abril de 2012 se recibe informe en el que se solicita que la línea sea subterránea en los pasillos infraestructurales posibilitados por el PIOF.

4.4.5. Pleno del Cabildo: Con fecha de 24 de octubre de 2012 se recibe acuerdo del pleno del Cabildo solicitando que la línea de transporte sea soterrada.

4.5) Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

Con fecha de 28 de febrero de 2013 informa favorablemente a los efectos previstos en el artículo 35.2 de la 24/2013, de 26 de diciembre, y en el artículo 114 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

4.6) Viceconsejería de Política Territorial. Dirección General de Ordenación del Territorio

Con fecha de 27 de marzo de 2012 se recibe informe del Servicio de Ordenación de Espacios Naturales Protegidos y Paisajes en el que se indica que las instalaciones no se desarrollan en el interior de Espacios Naturales Protegidos.

4.7) Viceconsejería de Turismo

Se solicita emisión de informe mediante oficio de fecha de 5 de marzo de 2012, constando acuse de recibo de fecha de 6 de marzo de 2012, no recibiéndose contestación hasta la fecha.

4.8) Viceconsejería de Agricultura y Ganadería

Se solicita emisión de informe mediante oficio de fecha de 5 de marzo de 2012, constando acuse de recibo de fecha de 8 de marzo de 2012, no recibiéndose contestación hasta la fecha.

4.9) Dirección General de Industria y Energía

Con fecha de 20 de marzo de 2012 se recibe informe del Servicio de Minas en el que se indica que no se aprecia afección a derechos mineros.

4.10) Dirección General de Patrimonio Cultural

Con fecha de 14 de marzo de 2012 se recibe informe indicando lo siguiente:

"En relación a lo expuesto y en el ámbito territorial de actuación de las nuevas instalaciones de subestaciones y líneas eléctricas aéreas/subterráneas de transporte de energía eléctrica indicadas anteriormente y a la lectura del informe de prospección patrimonial realizado por la empresa TIBICENA, consideramos que no se constata existencia de Bienes de Interés Cultural dentro del ámbito de afección del proyecto que pudieran verse afectados por dichas infraestructuras.

No obstante en la cercanía de las nuevas instalaciones eléctricas objetos de este plan pero sobre todo en el recorrido de la Línea de transporte de energía eléctrica entre la subestación de Gran Tarajal y la subestación de Puerto del Rosario se constata la presencia de yacimientos arqueológicos y de elementos del patrimonio etnográfico recogidos tanto en las Cartas Arqueológicas y Etnográfica de los municipios referidos como del Cabildo Insular de Fuerteventura.

A los efectos de lo dispuesto en el Artículo 26 Titulo ll, Cap. I de la Ley /1999 de Patrimonio Histórico de Canarias, se entiende por entorno de protección la zona periférica, exterior y continua cuya delimitación se realiza a fin de permitir, evitar y reducir un impacto negativo de obras, actividades o usos que repercutan en el bien a proteger, en su contemplación, estudio o apreciación de los valores del mismo.

En cualquier caso, a tenor de lo dispuesto en el Artículo 48, Capitulo IV de la Ley 4/1999 de Patrimonio de Canarias, se adoptarán las medidas cautelares, a efecto de evitar la destrucción o deterioro de los bienes integrantes del patrimonio histórico, incluso en aquellos casos en que, aun no estando formalmente declarados de interés cultural o inventariados, tales bienes contengan los valores propios del patrimonio histórico de Canarias que se especifica en el Artículo 2 de esta Ley."

4.11) Dirección General del Medio Natural

Se solicita emisión de informe mediante oficio de fecha de 5 de marzo de 2012, constando acuse de recibo de fecha de 6 de marzo de 2012, no recibiéndose contestación hasta la fecha.

4.12) Dirección General de Infraestructura Viaria

Se solicita emisión de informe mediante oficio de fecha de 5 de marzo de 2012, constando acuse de recibo de fecha de 6 de marzo de 2012, no recibiéndose contestación hasta la fecha.

4.13) Dirección General de Salud Pública

Con fecha de 15 de enero de 2013 se recibe informe condicionado a que se cumplan las recomendaciones de niveles de máximos de campos electromagnéticos en los lugares de permanencia habitual de personas a menos de 100 m. de la línea como son hospitales, colegios, centros de salud, zonas recreativas o viviendas y que las líneas soterradas se encuentren debidamente señalizadas.

4.14) Consorcio de Abastecimiento de Aguas de Fuerteventura

Con fecha de 19 de abril de 2012 se informa de las afecciones de la línea con sus instalaciones.

4.15) Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA)

Con fecha de 28 de agosto de 2012 se remite autorización de la línea en materia de servidumbres aeronáuticas.

4.16) Endesa Distribución Eléctrica, Sociedad Limitada Unipersonal

Con fecha de 2 de abril de 2012 informa condicionado a cuestiones sobre la alimentación eléctrica en Gran Tarajal 66 kV y a cruzamientos con las instalaciones de 20 kV de Endesa Distribución Eléctrica Sociedad Limitada Unipersonal

4.17) Telefónica de España Sociedad Anónima

Se solicita emisión de informe mediante oficio de fecha de 5 de marzo de 2012, constando acuse de recibo de fecha de 8 de marzo de 2012, no recibiéndose contestación hasta la fecha.

4.18) Federación Ecologista Ben Magec

Se solicita emisión de informe mediante oficio de fecha de 5 de marzo de 2012, constando acuse de recibo de fecha de 6 de marzo de 2012, no recibiéndose contestación hasta la fecha.

4.19) Sociedad Española de Ornitología SEOBirdLife

Con fecha de 27 de agosto de 2012 informa sobre el Estudio de Impacto Ambiental y las las aves a las que se pudiera afectar. Se solicita que la alternativa elegida, no sólo sea fuera de la Red Natura 2000 (Zonas Especiales de Conservación y Zonas de Especial Protección para las Aves) sino que también sea fuera de las Áreas Importantes para las Aves (IBA).

5.º- Declaración de Impacto Ambiental: con fecha de 30 de julio de 2013, tras los oportunos trámites administrativos, la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias aprueba, a los solos efectos ambientales, la Declaración de Impacto Ambiental condicionada de las instalaciones objeto del proyecto. Se incorpora a la presente resolución y como parte de la misma citada DIA.

6.º- Cumplimiento de los condicionantes número 3 y número 5 de la Declaración de Impacto Ambiental:

En el condicionante número 3 de la DIA se indica lo siguiente:

"Además de la medida de pintado de los apoyos recogida en el EsIA, se deberán estudiar otras medidas (tratamiento de óxido, utilización de distintos tipo de apoyos, alturas de apoyos, volúmenes constructivos, etcétera) tendentes a minimizar el impacto paisajístico que la linea eléctrica produce en aquellas zonas donde los mismos se hacen más visibles por su cercanía a carreteras, núcleos habitados y espacios naturales o con significación histórica, o vértices de cuencas visuales muy transitadas. Se dará cuenta de la solución adoptada al órgano ambiental para seguimiento de estas condiciones."

Con fecha de 30 de septiembre de 2013, REE presenta el estudio denominado: Informe Justificación Estudio Paisajístico.

En el condicionante número 5 de la DIA se indica lo siguiente:

"El trazado seleccionado de la línea de 132 kV entre la nueva subestación eléctrica de Puerto del Rosario y la nueva subestación de Gran Tarajal atraviesa, desde el apoyo T37 al T59, un hábitat estepario por una zona donde se identifica un punto negro por colisión de aves por la confluencia en el lugar de otra línea eléctrica que lo atraviesa de norte a sur. Dicha zona, situada al norte de núcleo urbano de Antigua, y que se extiende hacia la ZEPA Llanos y Cuchillos de Antigua, es un área de paso y está identificada entre las más importantes para las especies esteparias primarias de Fuerteventura: alcaraván, hubara canaria, corredor y ganga. La instalación de la nueva línea de 132 kV en este tramo podría contribuir de manera significativa al riesgo potencial de colisiones en la zona, por tanto, antes de su instalación se deberá justificar que la alternativa elegida es la adecuada entre los apoyos T37 y T59. Dicha justificación requerirá el previo informe favorable del órgano administrativo de Medio Ambiente (Viceconsejería de Medio Ambiente). En el caso de que se determinara que la alternativa elegida no es la más adecuada para resolver los potenciales impactos citados, se deberán proponer otras que solventen los mismos, justificando su idoneidad, y sometiéndola, de nuevo, al previo informe favorable del órgano administrativo de medio ambiente (Viceconsejería de Medio Ambiente). Antes del inicio de las obras se aportará la documentación relativa exclusivamente a este tramo concreto y, en caso de discrepancia, se elevará por los órganos discrepantes a la COTMAC para su resolución."

Con fecha de 30 de septiembre de 2013, REE presenta el estudio denominado: Informe de justificación de la alternativa elegida

Con fecha de 2 de enero de 2014 se recibe informe de la Dirección General de la Protección de la Naturaleza en la que se informa favorablemente el cumplimiento de los condicionantes previstos en la Declaración de Impacto Ambiental de 30 de julio de 2013.

7.º- Declaración de Interés General AT 12/016: Con fecha 10 de abril de 2012, REE presenta ante la extinta Dirección General de Industria y Energía del Gobierno de Canarias una petición razonada para que se declare el interés general de las instalaciones objeto del proyecto denominado "Línea de transporte a 132 kV aérea-subterránea, doble circuito, entre la Subestación Puerto del Rosario y la Subestación de Gran Tarajal", expediente AT 12/016.

Apreciadas las razones de urgencia y excepcional interés existentes para la ejecución de las instalaciones, y valorados los intereses ambientales y territoriales, la extinta Dirección General de Industria y Energía emite con fecha de 11 de noviembre de 2013 la Resolución número 1164/2013, de Declaración de Interés General de las instalaciones de conformidad con el artículo 6-bis de la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de Regulación del Sector Eléctrico Canario.

8.º- Consultas a los Ayuntamientos y al Cabildo de conformidad con el artículo 6bis de la Ley del Sector Eléctrico Canario

La resolución de la extinta Dirección General de Industria y Energía número 1164/2013, de 11 de noviembre, por la que se declara el interés general de las instalaciones, es trasladada en esa misma fecha al Cabildo de Fuerteventura, al Ayuntamiento de Puerto del Rosario, al Ayuntamiento de Antigua y al Ayuntamiento de Tuineje, concediéndoles un plazo de un mes, de conformidad con el artículo 6-bis de la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de Regulación del Sector Eléctrico Canario, a los efectos de que informaran sobre la conformidad o disconformidad del proyecto denominado Línea de transporte a 132 kV aérea-subterránea, doble circuito, entre la Subestación Puerto del Rosario y la Subestación de Gran Tarajal", expediente AT 12/016, con el planeamiento territorial o urbanístico en vigor, haciéndoles saber que transcurrido dicho plazo se entendería evacuado el trámite y se continuaría el procedimiento. Se obtiene el siguiente resultado:

8.1) Ayuntamiento de Puerto del Rosario: se solicita informe mediante oficio de fecha 14 de noviembre de 2013, constando acuse de recibo de fecha de 19 de noviembre de 2013.

Con fecha de registro de entrada 13 de diciembre de 2013 el Ayuntamiento de Puerto del Rosario informa lo siguiente:

"Usos y Calificación de suelos afectado, especificando en el caso de suelo urbano, si dispone de la condición de solar:

La traza discurre por los parajes mencionados en el apartado de situación mencionado y los suelos están calificados como:

- "Desde la torre T1 a la T22 es Suelo Rústico Común (SRC), desde la T22 a la T29 y de la T40 a la T44 es Suelo Rústico Protegido (SRP-2); desde la T29 a la T39 es Suelo Rústico Protegido (SRP-1), y desde la T44 a la T52 es Suelo Rústico Común de Edificación Dispersa (SRC-ED)", por tanto para todos los suelos se está sujeto al correspondiente trámite de Calificación Territorial.

Es de advertir que:

- Según el artículo A.25DV. del PIOF, Infraestructuras y equipamientos, establece que se utilizará como eje troncal de las infraestructuras básicas, el Eje Norte-Sur (Corralejo-Morro Jable), tanto para la implantación de las nuevas instalaciones como para las modificaciones de las existentes.

- Según el artículo 56. DO.- Asimismo se establecen con carácter orientativo las siguientes medidas- Condicionar los nuevos tendidos a que su trazado discurra por los pasillos infraestructurales posibilitados por el PIOF.

- En las líneas de Alta Tensión y las de Media Tensión el paso a subterráneo, en suelos no urbanizables, impone la conveniencia de prever una banda de protección en toda su longitud, para salvaguardar la seguridad del servicio y de las personas que accidentalmente pudieran manipular el tendido.

Según el artículo 97 en su apartado E, se definen los usos básicos y sus compatibilidades quedan en todo caso recogidos en el cuadro "Matriz de Capacidad de acogida de usos y actividades" en la que los tendidos aéreos son incompatibles con el PIOF.

En los usos prohibidos de los diferentes tipos de suelos por los que se ha diseñado la traza del tendido, se encuentran los aéreos.

La definición del trazado del eje Norte-Sur corresponde al Gobierno de Canarias, Consejería de Obras Públicas y Transportes, por tanto para conocer el trazado definitivo de esta vía y de los tendidos solicitados, en su paso por el término municipal de Puerto del Rosario, debe recabarse informe de dicha Consejería.

Si existe Plan de Ordenación Urbana Aprobado y que afecte a la obra:

Existe Plan General aprobado que califica el suelo por el que transcurre el tendido aéreo como B6-a (Suelo Rústico, Paisaje extenso rústico tradicional); B6-b (Suelo rústico, paisaje extenso de llano), B6-c (Suelo rústico, paisaje extenso de montaña).

Desde la torre T1 a la T6 y de las torres T18 a T31, se encuentran éstas ubicadas en un suelo calificado como B12 (zona de protección faunística, Ámbito de Protección de la Hubara), por tanto vinculada a las condiciones de uso que determine el Órgano competente en materia de biodiversidad".

8.2) Ayuntamiento de Antigua: se solicita informe mediante oficio de fecha 14 de noviembre de 2013, constando acuse de recibo de fecha de 19 de noviembre de 2013.

Con fecha de registro de entrada 16 de diciembre de 2013 el Ayuntamiento de Antigua informa lo siguiente:

"Con lo que respecta al municipio de Antigua, la línea que se pretende ejecutar es, en su totalidad, aérea, pasando por diversas categorías de suelo rústico que se describen a continuación:

• Suelo rústico de asentamiento rural con extensiones y agricultura intersticial (Zona D-SR-ARE. Subzona D).

• Suelo rústico de asentamiento rural disperso (Zona D-SR-ARD).

• Suelo rústico Común. Edificación Dispersa (ZC-SRC-ED).

• Suelo rústico productivo nivel 2 (ZBb-SRP-2. Nivel 2).

• Suelo rústico protegido nivel 1 (ZBa-SRP-1. Nivel 1).

En este municipio existe en vigor la Modificación del Plan General de Antigua y Adaptación Al Auto del Tribunal Supremo, publicado íntegramente en el B.O.P. número 56 de fecha 02 de mayo de 2005.

Con lo que respecta al planeamiento insular, se encuentra en vigor el Decreto 159/2001, de 23 de julio, sobre subsanación de las deficiencias no sustanciales del Plan Insular de Fuerteventura. Dicho Decreto define como uso incompatible los tendidos aéreos para infraestructuras, según la matriz de capacidad de acogida de usos y actividades (articulo 97 DV). A la vez se establece en el artículo 55 la siguiente medida vinculante, entre otras, para la energía eléctrica: "fijar un plan de canalización subterránea de las líneas aéreas existentes para minimizar su impacto ambiental". En su artículo 56, se establecen con carácter orientativo las siguientes medidas "condicionar los nuevos tendidos a que su trazado discurra por pasillos infraestructurales posibilitados por el PIOF; en las líneas de Alta Tensión y Media Tensión el paso a subterráneo, en suelos no urbanizables, impone la conveniencia de prever una banda de protección en toda su longitud para salvaguardar la seguridad del servicio y de las personas que accidentalmente pudieran manipular el tendido...".

8.3) Ayuntamiento de Tuineje: se solicita informe mediante oficio de fecha 14 de noviembre de 2013, constando acuse de recibo de fecha de 19 de noviembre de 2013.

Con fecha de registro de entrada 13 de diciembre de 2013 el Ayuntamiento de Tuineje informa lo siguiente:

"Usos y Clasificación del Suelo: Suelo Rústico de Protección Agrícola (NPA) y Suelo Rústico Residual (NUR) (...) Condicionados técnicos: De acuerdo a las normas subsidiarias de Planeamiento Municipal de Tuineje (NNSSPM): En los suelos NPA se prohíben las edificaciones o instalaciones, aunque sean de utilidad pública e interés social, que no estén estrictamente relacionados con la actividad agrícola, excepción hecha de la implantación de infraestructuras, cuando quede suficientemente justificada la necesidad de situarlas en este tipo de suelo.

De acuerdo con el Plan Insular de Ordenación de Fuerteventura (PIOF): Según el PIOF, en su artículo 55, se prevé el soterramiento paulatino de las líneas eléctricas aéreas, seguidamente en el artículo 56, se prevé que los nuevos tendidos, discurran por los pasillos infraestructurales posibilitados por el PIOF. Estos pasillos infraestructurales quedan definidos en el artículo 25 del PIOF, concretamente, el pasillo definido como elemento troncal sería el eje Norte - Sur (Corralejo – Morrojable) y que se encuentra actualmente definiéndose, por lo que entendemos que no es posible la solución propuesta, según el PIOF".

8.4) Cabildo de Fuerteventura: se solicita informe mediante oficio de fecha 14 de noviembre de 2013, constando acuse de recibo de fecha de 19 de noviembre de 2013.

Con fecha de registro de entrada 5 de febrero de 2014 el Cabildo de Fuerteventura informa lo siguiente:

"El Plan Insular de Fuerteventura en vigor según el documento aprobado por el Decreto 159/2001 de 23 de julio, (Boletín Oficial de Canarias número 111, de 22 de agosto de 2001) y el Decreto 2/2002 de 22 de enero (Boletín Oficial del Estado número 7, de 16 de enero de 2002), establece en su normativa, dentro del apartado 3 de Infraestructuras y equipamientos establece lo siguiente:

"Artículo 25.DV.- Se utilizará el Eje Norte-Sur (Corralejo - Morro Jable) como elemento troncal de las infraestructuras básicas en general, tanto para la implantación de las nuevas como para las modificaciones de las existentes, de modo que constituya el pasillo infraestructural principal del que se derivan pasillos secundarios para el servicio directo a la población. Para ello, tanto en el diseño viario de las modificaciones del actual Eje, como en la obtención del suelo para su ejecución, ha de tenerse en cuenta los condicionantes que las restantes infraestructuras puedan imponer, en particular, las correspondientes a una posible implantación futura de un transporte ligero colectivo de viajeros, como transporte colectivo principal, A tales efectos, se delimitarán las franjas de terreno correspondientes que permitan la ubicación de las citadas previsiones de infraestructuras, las franjas de terreno se ubicarán en ambos márgenes del eje. Ambas bandas se delimitarán interiormente como máximo por el borde exterior de la zona de dominio público y exteriormente por la línea límite de la edificación.

Se establecen en dos niveles:

a) Bandas de Infraestructuras (BI). Franjas de suelo de anchura de 5 m paralelas a las grandes conducciones a que se refiere este apartado, donde no podrán realizarse obras de estructuras, salvo ligeras-instalaciones eléctricas o colectores, etc.

b) Franja de Protección (FP). Franja de 5 m de ancho contados desde la línea exterior a la banda de infraestructura; en esta franja se requerirá la autorización del organismo competente.

Los proyectos de obra del eje Norte-Sur deberán incluir necesariamente la construcción de galerías de servicio que permitan la interconexión de las redes de infraestructuras entre ambos márgenes de dicho eje, con la frecuencia precisa, que haga innecesario las fracturas o cortes en el mismo en el futuro."...

Y con respecto a la Energía Eléctrica establece:

"Artículo 55.DV.- Se establecen las siguientes medidas vinculantes, con carácter general:

· Potenciar el uso de las energías renovables mediante la ejecución de nuevos parques eólicos, entroncados a la red general de transporte de energía eléctrica, y la incentivación de la instalación de pequeñas unidades (mixtas: eólicas-diesel, paneles solares, etc.) en actividades agrícolas y pequeñas comunidades poblacionales aisladas de la red eléctrica general.

· Reforzar las redes existentes para la demanda creciente de las zonas consolidadas, adecuando simultáneamente los tendidos a la normativa municipal fijadas por cada P.G.O.U. o NN.SS.

Fijar un plan de canalización subterránea de las líneas aéreas existentes para minimizar su impacto ambiental.

Artículo 56. DO.- Asimismo se establecen con carácter orientativo las siguientes medidas:

· Condicionar los nuevos tendidos a que su trazado discurra por los pasillos infraestructurales posibilitados por el PIOF.

· En las líneas de Alta Tensión y las de Media Tensión el paso a subterráneo, en suelos no urbanizables, impone la conveniencia de prever una banda de protección en toda su longitud, para salvaguardar la seguridad del servicio y de las personas que accidentalmente pudieran manipular el tendido.

· Conseguir la sustitución del alumbrado de las zonas deficitarias del mismo, por otras instalaciones adaptadas a la normativa municipal.

· Mejorar los servicios de mantenimiento y reparación de las instalaciones existentes y de las de futura implantación."

Así mismo en el tomo III del Plan Insular en vigor, dentro de Producción y distribución de energía eléctrica, establece en cuanto a las redes de transporte lo siguiente:

"Aunque desconocida, para este PIOF, su posibilidad de continuar permitiendo futuros crecimientos de la demanda habrán de satisfacerse mediante nuevos tendidos. Estos nuevos tendidos habrán de utilizar, preferentemente, los pasillos infraestructurales dispuestos con tal fin por el presente Plan Insular.

El mayor impacto, que provocan las actuales redes sobre el medioambiente, es el visual-paisajístico de los tendidos aéreos existente. Este impacto hay que ir aminorándolo, hasta su desaparición total, mediante la ejecución de tendidos subterráneos en esos pasillos infraestructurales anteriormente citados. Mientras tanto, los propios tendidos aéreos actuales constituyen pasillos eléctricos que han de protegerse, urbanísticamente, para que el servicio no pueda verse afectado. Por supuesto, cualquier nuevo tendido (exceptuándose provisionalmente los de pequeña longitud) convendrá que se ejecuten subterráneos."

Y en concreto en el apartado 6.6.12 relativo a las propuestas, se establecen las siguientes con respecto a este tema:

"EE.5.- Implantar nuevos centros de producción de energía térmica, cercanos a los puertos de: Morro Jable, Gran Tarajal y Corralejo, con una capacidad total de 50 MW durante el primer cuatrienio y otros 50 MW durante el segundo. Coste total estimado: 10.000 Mpta.

EE.6.- Implementar redes de transporte de interconexión de los distintos centros de producción (térmica y eólica), mediante tendidos subterráneos, en dobles circuitos de 66 kV. Coste total estimado: 4.000 M pta.

EE.7.- Proceder a la subterranización del tendido actual de 66 kV, en los tramos que sean compatibles con la red del punto anterior. Coste total estimado: 5.000 Mpta.""

9.º- Acuerdo del Consejo de Gobierno de Canarias sobre la ejecución del proyecto

El Consejo de Gobierno de Canarias aprueba el Decreto 102/2015, de 22 de mayo, por el que se acuerda la ejecución del proyecto denominado "Línea de transporte a 132 kV aérea-subterránea, doble circuito, entre la Subestación Puerto del Rosario y la Subestación de Gran Tarajal" y la "Nueva Subestación de Gran Tarajal 132/66 kV", con números de expediente AT12/016 y AT12/015, promovido por Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima Unipersonal, en los términos municipales de Puerto del Rosario, Antigua y de Tuineje (Fuerteventura) y se ordena la iniciación de la modificación de los planeamientos afectados. El Decreto concluye lo siguiente:

"Primero.- Acordar la ejecución de los proyectos de las instalaciones eléctricas denominadas "Línea de Transporte a 132 kV doble circuito subestación Gran Tarajal – subestación Puerto del Rosario" y "Nueva Subestación 132/66 kV Gran Tarajal", en los términos municipales de Puerto del Rosario, Antigua y Tuineje (Expedientes número AT-12/016 y AT-12/015), que obran en la Consejería de Empleo, Industria y Comercio.

Segundo.- Ordenar paralelamente la iniciación del procedimiento de modificación o revisión del planeamiento territorial y urbanístico afectado (en concreto, el Plan Insular de Ordenación de Fuerteventura y los Planes Generales de Ordenación de Antigua y Puerto del Rosario) en el plazo de seis meses desde la notificación del presente Decreto, en todas aquellas determinaciones que resulten incompatibles con la ejecución de los proyectos"

10º- Autorización Administrativa y Declaración de Utilidad Pública

Con fecha de 25 de junio de 2015 la Dirección General de Industria y Energía emite la Resolución número 1237/2015, por la que se concede la Autorización Administrativa y Declaración de Utilidad Pública del proyecto.

11º- Levantamiento de Actas Previas

El levantamiento de Actas relativas a bienes sitos en el término municipal de Puerto del Rosario tuvo lugar el día 23 de septiembre de 2016 en las dependencias del Ayuntamiento de Puerto del Rosario.

El levantamiento de Actas relativas a bienes y derechos sitos en el término municipal de Antigua tuvo lugar los días 21, 22 y 28 de septiembre de 2016 en las dependencias del Ayuntamiento de Antigua.

El levantamiento de Actas relativas a bienes sitos en el término municipal de Tuineje tuvo lugar los días 29 y 30 de septiembre de 2016 en las dependencias del Ayuntamiento de Tuineje.

12.º- Recurso de alzada, desestimación e interposición de Contencioso Administrativo

Con fecha de 20 de agosto de 2015 el Cabildo de Fuerteventura presenta un recurso de alzada en contra de la resolución número 1237/2015 de fecha de 25 de junio de 2015 por la que se le concede la Autorización Administrativa.

Con fecha 3 de noviembre de 2015 y mediante la resolución número 88/2015 del Viceconsejero de Industria, Energía y Comercio se desestima el recurso de alzada.

El Cabildo de Fuerteventura interpone el recurso Contencioso Administrativo PO 276/2015 frente a la desestimación del recurso de alzada.

13.º- Pronunciamientos judiciales

Con fecha de 6 de junio de 2018 la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo emite la Sentencia número 152/2018 por la que se estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Cabildo de Fuerteventura, declarando «...frente a los actos identificado en el antecedente primero, que anulamos, con imposición de costas a la Administración demandada y entidad codemandada.». Haciendo una interpretación literal del contenido del fallo, se deberá proceder a la anulación de la resolución número 1237/2015, de 25 de junio de 2015, de la extinta Dirección General de Industria y Energía, por la que se concedió a REE la autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración de utilidad pública de la instalación eléctrica de alta tensión denominada "Línea de Transporte a 132 kV, doble circuito, Subestación Puerto del Rosario – Subestación Gran Tarajal", expediente AT 12/016, debido a la omisión del trámite previsto en el artículo 6bis de la Ley 11/1997 reguladora del Sector Eléctrico en Canarias al respecto de la notificación del Decreto del Gobierno de Canarias número 102/2015, de 22 de mayo, por el que se acuerda la ejecución del proyecto denominado "Línea de transporte a 132 kV aérea-subterránea, doble circuito, entre la Subestación Puerto del Rosario y la Subestación de Gran Tarajal" y la "Nueva Subestación de Gran Tarajal 132/66 kV", con números de expediente AT12/016 y AT12/015".

Dicha Sentencia fue recurrida en casación por REE ante la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (recurso 7779/2018). Dicho recurso fue inadmitido a trámite mediante Providencia de 30 de mayo de 2019, no cabiendo recurso alguno contra dicha resolución.

Así mismo, dicha Sentencia fue recurrida en casación por REE ante la Sección Especial de Casación Autonómica de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (RC 17/2019). Dicho recurso fue inadmitido a trámite mediante Auto de 24 de septiembre de 2020, no cabiendo recurso alguno contra dicha resolución.

Considerando que la Sentencia de 6 de junio de 2018 había incurrido en incongruencia extra petita REE plantea incidente de nulidad de actuaciones frente a la misma, que es desestimado mediante Auto de 10 de marzo de 2021.

Con fecha 31 de mayo de 2021 tiene entrada en la Dirección General de Energía testimonio de firmeza de la Sentencia del P.O. 276/2015, comunicándose que se lleve a puro y debido efecto y se practique lo que exija el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo.

14.º- Resolución de la Dirección General de Energía por la que se procede a la ejecución de la sentencia número 152/2018 recaída en el P.O. número 276/2015.

Mediante la resolución de la Directora General de Energía número 674, de 8 de junio de 2021, se procede a la ejecución de la sentencia número 152/2018 recaída en el procedimiento ordinario número 276/2015, seguido a instancias del Cabildo de Fuerteventura, dictada por la sección segunda de la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias con sede en Las Palmas de Gran Canaria.

En la resolución de la Directora General de Energía se establece lo siguiente:

"Tercero.- Acatar la nulidad declarada por sentencia judicial firme de la Resolución número 1237/2015 de la extinta Dirección General de Industria y Energía, de 25 de Junio de 2015, por la que se concede a "Red eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal", la autorización administrativa, aprobación del Proyecto de Ejecución y Declaración de Utilidad Pública de la instalación eléctrica de alta tensión denominada " Línea de Transporte a 132 kV doble circuito subestación Puerto del Rosario- subestación Gran Tarajal" Expediente número AT 12/016.

Cuarto.- Retrotraer el procedimiento a la fase en la que se produjo el defecto invalidante apreciado por la Sentencia, siendo este el momento de notificar el Decreto 102/2015 del Gobierno de Canarias, aprobado el 22 de mayo de 2015 y por el que se acordaba la ejecución de los proyectos de las instalaciones eléctricas denominadas "Línea de Transporte a 132 kV doble circuito subestación Gran Tarajal – subestación Puerto del Rosario" y "Nueva Subestación 132/66 kV Gran Tarajal", en los términos municipales de Puerto del Rosario, Antigua y Tuineje (Expedientes número AT-12/016 y AT-12/015), que obran en la extinta Consejería de Empleo, Industria y Comercio y se ordenaba paralelamente la iniciación del procedimiento de modificación o revisión del planeamiento territorial y urbanístico afectado (en concreto, el Plan Insular de Ordenación de Fuerteventura y los Planes Generales de Ordenación de Antigua y Puerto del Rosario) en el plazo de seis meses desde la notificación del presente Decreto, en todas aquellas determinaciones que resulten incompatibles con la ejecución de los proyectos; notificación esta última que no se llevó a cabo, y por tanto, el defecto invalidante objeto del fallo que procede ejecutar.

Quinto.- Una vez retrotraído el procedimiento, haciendo mención a la ejecución de sentencia firme del Procedimiento Ordinario 276/2015, ordenar la notificación del Decreto 102/2015 del Consejo de Gobierno a las Administraciones Locales afectadas (Cabildo de Fuerteventura, Ayuntamiento de Puerto del Rosario y Ayuntamiento de Antigua) por el proyecto autorizado, con la finalidad de que inicien el procedimiento de modificación o revisión del planeamiento territorial y urbanístico afectado (en concreto, el Plan Insular de Ordenación de Fuerteventura y los Planes Generales de Ordenación de Antigua y Puerto del Rosario), en el plazo de seis meses desde la notificación del presente Decreto, en todas aquellas determinaciones que resulten incompatibles con la ejecución de los proyectos.

Sexto.- Posteriormente, dictar nueva resolución de otorgamiento de Autorización Administrativa, aprobación del Proyecto de Ejecución y Declaración de Utilidad Pública de la instalación eléctrica de alta tensión denominada "Línea de transporte a 132 kV doble circuito subestación Puerto del Rosario – subestación Gran Tarajal" Expediente número AT12/016, a la que se deberá dar efecto retroactivo al amparo del artículo 39.3 de la LPA con la finalidad de que se conserve todo el procedimiento expropiatorio ya tramitado para ejecutar dicha instalación, y así conservar los actos administrativos de ejecución de la resolución anulada que se dictaron con posterioridad al 25 de junio de 2015 y, especialmente, todos los dictados en los procedimientos expropiatorios de la instalación eléctrica de alta tensión denominada "Línea de transporte a 132 kV doble circuito subestación Puerto del Rosario – subestación Gran Tarajal" Expediente número AT12/016.

Séptimo.- Notificar la presente Resolución a las administraciones locales implicadas (Cabildo de Fuerteventura, Ayuntamiento de Puerto del Rosario y Ayuntamiento de Antigua), y a la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias con sede en Las Palmas de Gran Canaria."

15.º- Notificación del Decreto por la que se aprueba la ejecución del proyecto

En cumplimiento de lo establecido en el apartado resolutivo quinto de la resolución de la Directora General de Energía número 674, de 8 de junio de 2021, se procede a notificar el Decreto 102/2015, de 22 de mayo, a las Administraciones Locales afectadas, con la finalidad de que inicien el procedimiento de modificación o revisión del planeamiento territorial y urbanístico afectados, en el plazo de seis meses desde dicha notificación con el siguiente resultado:

- Cabildo de Fuerteventura: se notifica el Decreto 102/2015, de 22 de mayo, mediante oficio número TELP 54547/2021, de fecha 15 de junio 2021, constando acuse de recibo de fecha 16/06/2021.

- Ayuntamiento de Antigua: se notifica el Decreto 102/2015, de 22 de mayo, mediante oficio número TELP 54548/2021, de fecha 15 de junio 2021, constando acuse de recibo de fecha 16/06/2021.

- Ayuntamiento de Puerto del Rosario: se notifica el Decreto 102/2015, de 22 de mayo, mediante oficio número TELP 54549/2021, de fecha 15 de junio 2021, constando acuse de recibo del mismo día.

- Ayuntamiento de Tuineje: se notifica el Decreto 102/2015, de 22 de mayo, mediante oficio número TELP 58757/2021, de fecha 28 de junio 2021, constando acuse de recibo del mismo día.

- Por otro lado, con fecha 24 de junio de 2021 se publica en el Boletín Oficial de Canarias número 129 anuncio por el que se hace público el Decreto 102/2015, de 22 de mayo.

16.º- Conservación de actos administrativos

En cumplimiento de lo establecido en el apartado resolutivo sexto de la resolución de la Directora General de Energía número 674, de 8 de junio de 2021, la presente resolución tendrá efecto retroactivo al amparo de lo establecido en el artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con la finalidad de conservar los actos administrativos de ejecución de la resolución anulada que se dictaron con posterioridad al 25 de junio de 2015 y, especialmente, todos los dictados en los procedimientos expropiatorios ya tramitados.

Fundamentos jurídicos

I.- La ejecución de las instalaciones contempladas en el expediente de referencia requiere de autorización administrativa de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 del Reglamento por el que se regulan los procedimientos administrativos relativos a la ejecución y puesta en servicio de las instalaciones eléctricas en Canarias, aprobado por el Decreto 141/2009, de 10 de noviembre, y en el resto de normativa vigente, en particular la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de Regulación del Sector Eléctrico Canario, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades del transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 y el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23.

II.- Las instalaciones proyectadas se encuentran contempladas en el Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2015-2020 aprobado mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de octubre de 2015, publicado por Orden IET/2209/2015, de 21 de octubre (Boletín Oficial del Estado número 254 de 23 de octubre de 2015), resultando necesarias para aumentar la garantía, calidad y seguridad del suministro eléctrico en el sistema Lanzarote-Fuerteventura.

III.- La planificación energética contempla como necesario el desarrollo de un nuevo eje de transporte de energía eléctrica de 132 kV en la isla de Fuerteventura que se ha materializado para el periodo 2015-2020 en la planificación del Estado en la actuación denominada "TIC-10 Refuerzo de la red de Lanzarote-Fuerteventura en 132 kV", debido a la debilidad y al alto riesgo de sufrir cortes de mercado de la red de transporte actual, la cual incumple los criterios básicos de seguridad de suministro e idoneidad, y para permitir la implantación de energías renovables en la isla de Fuerteventura y en Lanzarote.

Hay que añadir que cualquier simple incidencia en el tramo de línea de 66 kV actual produce un cero de tensión en la subestación de Gran Tarajal y en la subestación de Matas Blancas dado que es una línea de simple circuito que alimenta en antena el sur de Fuerteventura y que se puso en servicio hace más de 40 años. El número de suministros eléctricos afectados por cualquier simple incidencia en la línea existente de 66 kV son del orden de unos 18.000.

IV.- En relación con la garantía del suministro de energía, la normativa vigente vela por que todos los ciudadanos tengan acceso a dicho suministro en condiciones satisfactorias, garantizando que tal servicio cuente con los parámetros de calidad necesarios para que el usuario final pueda utilizar la energía en las condiciones adecuadas a sus necesidades o las de sus instalaciones, contribuyendo las instalaciones proyectadas a la consecución de tal objetivo por su contribución a la cobertura de la demanda.

V.- En relación al informe de Medio Ambiente del Cabildo de Fuerteventura en el que se insta a realizar una comparativa entre el trazado actual de la línea de 66 kV y la nueva línea hay que indicar que se ha dado cumplimiento por cuanto en la Declaración de Impacto Ambiental se ha incorporado el condicionante número 5 en el que se establece que deberá justificar que la alternativa elegida es la adecuada entre los apoyos T37 y T59 tramo en el que se separa de la línea existente de 66 kV. Finalmente se ha justificado por parte de REE y aceptado por la Dirección General de Protección de la Naturaleza que el trazado que menos impacto tiene es el que bordea los núcleos de población y la Zona Especial de Protección de las Aves "Llanos y Cuchillos de Antigua", que es el trazado que se finalmente se autoriza.

VI.- En relación al informe de carreteras del Cabildo requiriendo el cumplimiento de la legislación en materia de carreteras en relación a los accesos a los apoyos desde las carreteras hay que señalar que visto el escrito de respuesta de REE se comprueba que los accesos se realizan en caminos y pistas ya existentes. Estos accesos son únicamente necesarios para la construcción de los apoyos y cuando estén en servicio para las tareas de mantenimiento. No obstante, REE deberá solicitar los permisos que se requieran para los accesos desde las carreteras.

VII.- En relación al informe de Cultura y Patrimonio Histórico del Cabildo de Fuerteventura en el que solicita que se cumplan las medidas protectoras y correctoras previstas en el Estudio Arqueológico, que se comunique el inicio de las obras y que se remitan los informes arqueológicos hay que indicar que se deberán cumplir todos los condicionantes establecidos por los organismos competentes, incluidos los relativos al patrimonio histórico y cultural.

VIII.- En relación al informe de la Dirección General de Salud Pública en el que condicionado a que se cumplan las recomendaciones de niveles de máximos de campos electromagnéticos en los lugares de permanencia habitual de personas a menos de 100 m. de la línea como son hospitales, colegios, centros de salud, zonas recreativas o viviendas y que las líneas soterradas se encuentren debidamente señalizadas hay que indicar lo siguiente:

- El trazado de la línea se ha realizado distanciándose lo máximo posible de los núcleos habitados y de las zonas de permanencia habitual de personas. Las distancias que establece el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión aprobado por el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, resulta suficiente para cumplir las recomendaciones de exposición a campos electromagnéticos de 50 Hz. Según el conocimiento actual, las cifras sobre límites de exposición del público a campos electromagnéticos procedentes de emisiones radioeléctricas podrían ser respetadas a partir de una distancia desde las líneas de alta tensión (50 Hz) de 50 metros respecto a los lugares donde permanecen las personas, criterio compartido por la Dirección General de Salud Pública del Gobierno de Canarias en informes recientes.

No obstante, en el caso de existir algún lugar de permanencia habitual de personas a menos de 100 m., se podrá solicitar, en cuanto la línea ese encuentre en servicio, que se compruebe el cumplimiento de estas recomendaciones.

- Las líneas subterráneas en la entrada y salida de las subestaciones quedarán debidamente señalizadas de conformidad con el Reglamento aprobado por el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero.

IX.- En las alegaciones del Cabildo de Fuerteventura y de los Ayuntamientos se solicita que la línea sea soterrada, a lo que hay que tener en cuenta la existencia de dificultades técnicas de cierta trascendencia a la hora de construir líneas soterradas, como son; el aumento significativo del tiempo de reposición, aumento de tiempo y coste de ejecución, imposibilidad de reenganches, necesidad de aparamenta más compleja por aparición de sobretensiones y sobreintensidades, necesidad de instalación de reactancias, mayores problemas respecto a la seguridad física dada su mayor exposición a agentes externos, etc. De acuerdo con el Procedimiento de Operación 13.1, estas actuaciones deberán minimizarse por su "incidencia en inversión, operación, mantenimiento, detección de fallos y reparación". Entre los aspectos técnicos relacionados con la seguridad y calidad de la operación del sistema se han de señalar: las limitaciones que implica la inviabilidad del reenganche en caso de falta, la mayor duración de las indisponibilidades, vinculada con las anteriores y la gran dificultad que presentan los cables enterrados para el mantenimiento preventivo y las reparaciones.

Además, también repercute negativamente sobre aspectos medio ambientales como son: daños sobre el sustrato en toda la zona de la servidumbre y por la necesidad de construir accesos a la obra, cuya magnitud será función de la solución tecnológica adoptada y especialmente de la topografía de las zonas cruzadas, daños patentes sobre la red de drenaje superficial y subterránea cruzada por el cable, tanto de forma directa por las obras, como indirecta al afectar al nivel freático de las zonas atravesadas, la pérdida completa de la vegetación en toda la servidumbre precisa para la construcción del cable, continua a lo largo del trazado y de anchura variable en función de las necesidades constructivas y permanente en la anchura precisa para la conservación de los cables, afecciones sobre la fauna directas e indirectas, por pérdida de nidos y madrigueras y sus ocupantes, en toda la banda de afección del ancho de la servidumbre precisa, así como por el stress provocado en los ecosistemas cruzados, perturbaciones sobre la actividad agrícola y superior en la silvícola al ser preciso alterar de forma apreciable todos los cultivos presentes a lo largo del trazado y en toda la servidumbre necesaria, imposición de servidumbre sobre las propiedades cruzadas con limitaciones claras para las actividades que deban desarrollarse sobre el suelo, imposición de un condicionante para la implantación de otras infraestructuras precisas, que tendrán serias dificultades para el cruce por los terrenos donde se implanten los cables, destrucción de los yacimientos arqueológicos presentes a los largo del trazado, que de otro modo se deberán excavar en su totalidad para su traslado, pérdida de la calidad paisajística por la destrucción de la vegetación y los movimientos de tierras, que se extiende en el tiempo por la necesidad de mantener una zona deforestada a todo lo largo del trazado.

A estos aspectos técnicos y medioambientales se han de añadir, los que suponen las líneas subterráneas para el desarrollo de la red de transporte, como son: suponen un cambio de la planificación, al ser las características técnicas de una línea soterrada completamente distintas que la aérea, y por tanto su adopción debe estudiarse dentro del conjunto de la red con el fin de apreciar que otros refuerzos podrían ser necesarios para mantener la calidad y seguridad prevista, hacen inviables soluciones como la repotenciación de una línea, las limitaciones que presentan en cuanto a su capacidad en régimen transitorio, y los problemas que presentan respecto a la seguridad física, muy superiores a los de las líneas aéreas dada su mayor exposición a agentes externos, y respecto a riesgos geológicos (erosión, deslizamientos en masa, corrimientos, avenidas, movimientos sísmicos de baja intensidad, etc.).

De conformidad con el artículo 4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, la planificación de las infraestructuras de transporte de energía eléctrica será realizada por la Administración General del Estado con la participación de las Comunidades Autónomas, teniendo carácter vinculante con las características técnicas que en la misma se definan.

De acuerdo con la planificación vigente, contenida en el Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2015-2020 aprobado mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de octubre de 2015, publicado por Orden IET/2209/2015, de 21 de octubre (Boletín Oficial del Estado número 254 de 23 de octubre de 2015), todas las líneas de la red de transporte se plantean como aéreas, salvo que por condicionantes insalvables sea necesaria la instalación de cables aislados, aunque de acuerdo al Procedimiento de Operación P.O. 13.1 dichas actuaciones deberán minimizarse por su incidencia en inversión, operación, mantenimiento, detección de fallos y reparación.

X.- En las alegaciones del Cabildo de Fuerteventura y de los Ayuntamientos se solicita que la línea discurra por los pasillos infraestructurales posibilitados por el PIOF a lo que hay que indicar que el artículo 5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, establece que la planificación de las instalaciones de transporte que se ubiquen o discurran en cualquier clase y categoría de suelo deberá tenerse en cuenta en el correspondiente instrumento de ordenación del territorio y urbanístico, el cual deberá precisar las posibles instalaciones y calificar adecuadamente los terrenos, estableciendo, en ambos casos, las reservas de suelo necesarias para la ubicación de las nuevas instalaciones.

Así mismo, el artículo 96 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, establece que los Planes Insulares de Ordenación contendrán la determinación de las reservas de suelo necesarias para actividades energéticas, considerando en su artículo 98 las infraestructuras de transporte eléctrico como sistema general y equipamiento estructurante de interés supramunicipal.

El PIOF actualmente en vigor no define de manera precisa las infraestructuras básicas de trazado de las líneas de transporte eléctrico, reflejándose en su cartografía de infraestructuras básicas sólo las infraestructuras de transporte existentes, debiendo ser el propio PIOF, o en su defecto algún Plan Territorial Especial, el que señalara los corredores óptimos para la instalación de este tipo de infraestructuras.

Se ha comprobado durante la tramitación del proyecto que el trazado de la línea es la que mejor responde a todos los condicionantes técnicos, sociales, legislativos y ambientales que se requieren para este tipo de infraestructuras.

XI.- En relación a las alegaciones de los particulares en las que se indica que no se explicitan los datos que justifican la instalación y que en los últimos años ha descendido el consumo eléctrico hay que indicar que en los informes del Operador del Sistema Eléctrico se prevé un crecimiento de la demanda superior al 5% anual para el periodo de estudio 2022-2026. Asimismo, la justificación de la necesidad de las infraestructuras se encuentra recogida en la Planificación Eléctrica vigente. En este sentido, cabe señalar que estas infraestructuras también van a propiciar la penetración sustancial de energías renovables en el sistema en los plazos previstos para el cumplimiento de los objetivos energéticos y ambientales, a la vez que garantizar la seguridad y calidad del suministro eléctrico en la actualidad.

XII.- En relación a las alegaciones de los particulares en las que se indica que no se analizan todas las alternativas como la alternativa cero, la alternativa de toda la línea soterrada o que vaya a través de un enlace submarino y el impacto paisajístico, visual y económico hay que decir que se ha realizado la tramitación incluyendo las alternativas conforme a la legislación vigente y que en la propia Declaración de Impacto Ambiental se indica en el que se han planteado cuatro alternativas de trazado aéreo, una alternativa soterrada y también la alternativa cero por lo que la alegación carece de fundamento.

El trazado de la línea discurre en su mayoría paralelo a la línea de 66 kV existente excepto en el tramo de línea entre los apoyos T37 y T59 para evitar afectar a los Espacios Naturales Protegidos de la Red Canaria, a zonas Red Natura 2000 y las zonas de hábitat de interés comunitario como es la Zona Especial de Protección de las Aves (ZEPA) "Llanos y cuchillos de Antigua" evitando así las zonas de mayor relevancia para la hubara (especie más relevante de avifauna junto al guirre).

En relación al tramo de línea entre los apoyos T37 y T59, se establece en el condicionante número 5 de la Declaración de Impacto Ambiental que se deberá justificar que la alternativa elegida es la adecuada. En el Informe de justificación de la alternativa elegida presentado por REE se trata esta cuestión y mediante el informe de 23/12/2013 de la Dirección General de la Protección de la Naturaleza se informa favorablemente el cumplimiento de los condicionantes previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, por lo que el trazado en este tramo está reiteradamente justificado.

XIII.- En relación a las alegaciones de los particulares en las que se indica que el terreno según el PIOF es rústico y que se encuentran en zonas de gavias destinadas a cultivos hay que indicar que se podrán aprovechar las fincas de cultivo teniendo en cuenta que no se podrán plantar árboles en la franja definida por la proyección sobre el terreno de los conductores extremos en las condiciones más desfavorables, incrementada con las distancias reglamentarias a ambos lados de dicha proyección para no afectar a la seguridad de la línea eléctrica de conformidad con el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 y el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades del transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

XIV.- En relación a las alegaciones de los particulares en las que se indica que según los artículos 4, 25 DV, 55DV, 56DO y 57DV del PIOF debe soterrarse la línea proyectada, en los puntos IX y X de los presentes fundamentos jurídicos se analizan tales cuestiones.

XV.- En relación a las alegaciones de los particulares en las que se indica que según el Real Decreto 1066/2001, de 28 de septiembre, la línea proyectada debe estar a más de 100 metros de las viviendas, en el punto VIII de los presentes fundamentos jurídicos se analiza esta cuestión.

XVI.- En relación a las alegaciones de los particulares en las que se indica que la línea puede instalarse en terrenos de dominio público según el artículo 161 del Real Decreto 1955/2000, hay que señalar las características y condicionantes de las líneas de transporte de energía eléctrica y que la longitud total de la línea es de unos 44 km, confirmándose que el recorrido de la línea no puede realizarse exclusivamente por terrenos de dominio público. Asimismo, no se dan las condiciones establecidas en el artículo 161 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, para la modificación de la línea.

XVII.- En relación a la alegación concreta de Don Juan Verde Benítez. donde solicita modificación del trazado de la servidumbre y acuerdo amistoso o expropiación completa de la finca se considera estimar que el acceso al apoyo por su finca se realice según trazado propuesto en las alegaciones sin perjuicio de otra alternativa en estudio que se considere más conveniente por ambas partes.

XVIII.- La resolución de la Dirección General de Industria y Energía número 1164/2013, de 11 de noviembre, por la que se declara el interés general de las instalaciones de acuerdo con lo establecido en el artículo 6bis de la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de Regulación del Sector Eléctrico Canario, justifica el interés general del proyecto una vez valorados los intereses energéticos, ambientales y territoriales.

XIX.- Mediante el Decreto número 102/2015, de 22 de mayo, el Gobierno de Canarias acordó la ejecución de las instalaciones proyectadas, ordenando la iniciación del procedimiento de modificación o revisión de los planeamientos afectados.

XX.- El artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, declara de utilidad pública las instalaciones eléctricas de transporte de energía eléctrica a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso.

XXI.- De acuerdo con lo establecido en los artículos 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, la declaración de utilidad pública llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 de Expropiación Forzosa.

XXII.- En cumplimiento de lo establecido en el apartado resolutivo sexto de la resolución de la Directora General de Energía número 674, de 8 de junio de 2021, la presente resolución tendrá efecto retroactivo al amparo de lo establecido en el artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con la finalidad de conservar los actos administrativos de ejecución de la resolución anulada que se dictaron con posterioridad al 25 de junio de 2015 y, especialmente, todos los dictados en los procedimientos expropiatorios ya tramitados.

XXIII.- El Decreto 54/2021, de 27 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, establece que la Dirección General de Energía tiene atribuidas las competencias para la concesión de autorizaciones y la tramitación de comunicaciones previas y declaraciones responsables en materia energética, ejerciendo exclusivamente sobre las mismas las atribuciones sectoriales en materia de energía.

Propuesta de resolución

Primero.- Otorgar la autorización administrativa para la construcción de las instalaciones contempladas en el proyecto denominado "Línea a 132 kV aérea-subterránea, doble circuito, entre la Subestación Puerto del Rosario y la Subestación de Gran Tarajal", con número de visado 00241/2012 de fecha de 30 de enero de 2012 del C.O.I.I.B, expediente AT12/016, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 del Reglamento por el que se regulan los procedimientos administrativos relativos a la ejecución y puesta en servicio de las instalaciones eléctricas en Canarias, aprobado por el Decreto 141/2009, de 10 de noviembre, y resto de normativa de aplicación.

Segundo.- Declarar de Utilidad Pública las instalaciones contempladas en el proyecto anteriormente indicado, de conformidad con lo establecido en los artículos 55 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y 148 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. En el Anexo 1 se relacionan los bienes y titulares afectados por la declaración, en concreto, de utilidad pública, a los efectos previstos en los artículos 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y de acuerdo con el trámite expropiatorio ya practicado.

Tercero.- El plazo máximo para presentar la solicitud de puesta en servicio de las instalaciones será de 36 meses, contados a partir de la notificación de la presente resolución. Dicha solicitud se ajustará a los términos previstos en el artículo 14 del Reglamento aprobado por el Decreto 141/2009, de 10 de noviembre.

Cuarto.- La ejecución de las instalaciones se ajustará estrictamente al proyecto identificado en la presente resolución, debiendo ajustarse a lo establecido en el Reglamento aprobado por el Decreto 141/2009, de 10 de noviembre. Cualquier modificación sustancial de las características de la instalación autorizada exigirá nueva resolución de autorización administrativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 45.5 de dicho Reglamento.

Quinto.- Las obras se ejecutarán de conformidad con los condicionados emitidos por los organismos afectados, así como los condicionados incluidos en la Declaración de Impacto Ambiental. En cumplimiento del artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se adjunta como Anexo 2 a la presente Resolución, la declaración de impacto ambiental del proyecto.

Sexto.- La instalación deberá ser ejecutada por instalador o empresa instaladora en alta tensión.

Séptimo.- Durante el desarrollo y ejecución de las instalaciones, se deberá cumplir lo establecido en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.

Octavo.- Esta autorización se concede con los efectos previstos en el artículo 6-bis de la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de Regulación del Sector Eléctrico Canario y sin perjuicio de la obtención de cualquier otra autorización exigible por la legislación vigente, cuyo otorgamiento competa a otras Administraciones y Organismos Públicos.

Noveno.- Previos los trámites legales oportunos, la Administración podrá declarar la nulidad de esta autorización si se comprobase la inexactitud de las declaraciones del peticionario que figuran en el expediente, conforme a lo dispuesto en el artículo 4.3 del Reglamento aprobado por el Decreto 141/2009, de 10 de noviembre, así como en el artículo 69.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Décimo.- En materia de caducidad, se estará a lo dispuesto en el artículo 11 del Reglamento aprobado por el Decreto 141/2009, de 10 de noviembre y en el artículo 95 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En Las Palmas de Gran Canaria,

Manuel Santana Ramírez Florencio Blanco Fernández

Jefe de Sección Alta Tensión I Jefe de Servicio de Transporte y Generación

Vistos los antecedentes mencionados y en virtud de las competencias que me han sido conferidas,

Resuelvo

Primero.- Aceptar en todos sus términos la propuesta anterior.

Segundo.- Notificar la presente resolución al promotor, a los organismos que informaron o debieron informar en el procedimiento y a los interesados cuyos derechos e intereses resulten afectados por la misma.

Tercero.- Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de Canarias, en el Boletín Oficial de la Provincia, así como a través de los medios electrónicos preceptivos.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Ilustrísimo Señor. Viceconsejero de Lucha contra el Cambio Climático, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la recepción de la la notificación de la presente resolución, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Anexo:

Relación concreta e individualizada de bienes o derechos de necesaria expropiación

Línea de transporte a 132 kV, doble circuito, subestación Gran Tarajal – subestación Puerto del Rosario

Los Organismos Oficiales se incluyen con carácter informativo y a los efectos de los puntos 2 y 3 del Artículo 149 del Real Decreto 1955/2000

Término municipal Puerto del Rosario

Tramo Subterráneo

Parcela Proyecto Propietario Referencia Catastral Polígono Parcela Servidumbre Subterránea (m²) Cámara Empalme Superficie Cámara Empalme (m²) Ocupación Temporal (m²) Acceso al Apoyo Servidumbre de paso (m²) Naturaleza del terreno
1 Supermercados San Agustín Playa Sociedad Limitada 35018A00300115 3 115 252 - - 253 - - Pastos

Tramo Aéreo

Parcela Proyecto Propietario Referencia Catastral Polígono Parcela Servidumbre Vuelo (m²) Apoyos Superficie Apoyos y anillo de tierra (m²) Ocupación Temporal (m²) Acceso al Apoyo Servidumbre de paso (m²) Naturaleza del Terreno
1 Supermercados San Agustín Playa Sociedad Limitada 35018A00300115 3 115 2.653 T1 84 1.602 T2, T1 966 Pastos
1-1 Herederos de: Morales Fuentes Maria Santo Domingo 35018A00300125 3 125 - - - - T1 829 Labor o Labradio secano, Pastos
1-2 Fuentes Morales Manuel 35018A00300124 3 124 - - - - T1 329 Pastos
1-3 Fuentes Morales Rosario 35018A00300123 3 123 - - - - T1 143 Labor o Labradio secano, Pastos
2 Ruiz Suarez Jose Juan; Hernández Betancor Antonia; Ruiz Suarez José Juan 35018A00300031 3 31 693 - - - - - Pastos
4 Quintana Acosta Juan de Dios 35018A00300030 3 30 710 - - 21 - - Pastos
7 Difusión Comercial Inmobiliaria Sociedad Anónima 35018A00300073 3 73 4.415 T2, T3 205 3.115 T2, T3 1.422 Pastos
8 Herrera Rodriguez Rafael 35018A00300026 3 26 889 - - - - - Pastos
9 Herederos de: Suarez Peña Pedro; Sosa Galván Adilia 35018A00300027 3 27 1.098 - - - - - Pastos
10 Perez Martin Gregorio Francisco 35018A00300028 3 28 564 - - - - - Pastos
11 Ayuntamiento de Puerto del Rosario 35018A00309008 3 9.008 91 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
12 Ayuntamiento de Puerto del Rosario 35018A00409012 4 9.012 88 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
13 Supermercados San Agustín Playa Sociedad Limitada 35018A00400624 4 624 9.123 T4 135 2.050 T4 547 Pastos
14 Comunidad Autónoma de Canarias 35018A00409025 4 9.025 210 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
15 Comunidad Autónoma de Canarias 35018A00509001 5 9.001 232 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
16 Supermercados San Agustín Playa Sociedad Limitada 35018A00500614 5 614 10.831 T5 98 2.402 T5, T6 2.206 Pastos
17 Promotora Sol Canarias Sociedad Anónima 35018A00500612 5 612 4.338 T6 127 1.849 T7, T6 1.476 Pastos
18 Supermercados San Agustin Playa Sociedad Limitada 35018A00500611 5 611 2.072 T7 108 1.144 T7 538 Pastos
19 Fernandez Ortega Jose Ramon; Añón Muro María 35018A00500610 5 610 3.846 - - 457 T7 836 Pastos
20 Herederos de: Casta Mauyra Fe Dominga; García Suárez Pedro; González Suárez Juana 35018A00500639 5 639 5.382 T8 88 1.236 T8 49 Pastos
20-2 Hoballah Fortes Houssain; Supermercados San Agustín Playa Sociedad Limitada 35018A00500581 5 581 - - - - T8 56 Pastos
20-10 Hoballah Fortes Houssain; Supermercados San Agustín Playa Sociedad Limitada 35018A00500508 5 508 - - - - T8 690 Pastos
20-11 Hoballah Fortes Houssain; Supermercados San Agustín Playa Sociedad Limitada 35018A00500488 5 488 - - - - T8, T11 460 Pastos
21 A Explotaciones Turísticas Coral Sociedad Anónima; Peñate Medina Dominga; Martin Peñate Antonio Abab; Martin Peñate Carmen Lucrecia; Martin Peñate Maria Mar; Herederos de: Martin Peñate Juana Teresa; García Suárez Pedro; González Suárez Juana 35018A00500640 5 640 78 - - 584 T10, T8, T9 1.374 Pastos
21B Explotaciones Turísticas Coral Sociedad Anónima; Peñate Medina Dominga; Martin Peñate Antonio Abab; Martin Peñate Carmen Lucrecia; Martin Peñate Maria Mar; Herederos de: Martin Peñate Juana Teresa; Peñate Medina Dominga; Martin Peñate Antonio Abab; Martin Peñate Carmen Lucrecia; Martin Peñate Maria Mar; Herederos de: Martin Peñate Juana Teresa 35018A00500640 5 640 4213 - - - T10, T8, T9 1.781 Pastos
23 Castellano Gonzalez Pedro 35018A00500555 5 555 - - - 142 T9 57 Pastos
24 Santana Garcia Agustín 35018A00500550 5 550 1.323 T9 108 1.050 T9 82 Pastos
25 Herederos de: Rodriguez Brito Antonio 35018A00500549 5 549 518 - - 190 - - Pastos
27 Carrasco Quera Diego Juan 35018A00500552 5 552 142 - - - - - Pastos
28 Curbelo Martin Segundo 35018A00500551 5 551 1.892 - - - - - Pastos
29 Benitez Santana Lucas 35018A00500547 5 547 334 - - - - - Pastos
32 Marin Ortega Juan; Pérez Castillo Soledad de la Concepción 35018A00500521 5 521 511 - - - - - Pastos
33 Hernández Gomez Nicolas 35018A00500522 5 522 1.793 - - - - - Pastos
37 Trujillo Ramos Francisco 35018A00500474 5 474 1.877 - - 397 - - Pastos
40 Ramírez Quintana Miguel 35018A00500457 5 457 - - - 154 T10 128 Pastos
41 Ramírez Quintana Justo; Ramírez Quintana José Juan; Ramírez Santana Carlos Alberto; Ramírez Quintana Catalina; Quintana Báez Eloísa; Ramírez Marrero Juan Luís; Marrero Quintana Juana; Ramírez Marrero Carmelo; Ramírez Marrero Alejandro 35018A00500458 5 458 1.216 T10 116 828 T10 290 Pastos
41-8 Hoballah Fortes Houssain; Supermercados San Agustín Playa Sociedad Limitada 35018A00500450 5 450 - - - - T10 321 Pastos
42 Socorro Santana Adolfo; Socorro Rivero Lucio Adolfo; Socorro Rivero Tomas; Socorro Rivero Maria Avelina; Rivero Martín Paula 35018A00500459 5 459 565 - - 191 - - Pastos
45 En Investigacion, Articulo 47 de la Ley 33/2003 35018A00500437 5 437 2.505 - - - - - Pastos
46 Baromo Sociedad Limitada; Rodríguez Tadeo Iván; Rodríguez Tadeo Aida; Rodríguez Tadeo Sandra 35018A00500431 5 431 858 - - - - - Pastos
47 Martín Pérez Manuela; Martin Perez Auxiliadora; Martin Perez Carmen; Martin Jimenez Carlos Luis; Martin Jimenez Jose; Martin Jimenez Jesus Salvador; Martin Jimenez Francisco Javier; (Herederos de) Martin Perez Agustina; (Herederos de) Perez Martin Agustin; Perez Martin Maria De Los Dolores; Perez Martin Francisco Javier; Perez San Pedro Oscar Agustin; Perez San Pedro Jorge Juan; Perez San Pedro Ignacio Jose; Pérez Martín Francisco Javier; Pérez Martín Agustín; Pérez Martín María Dolores; Pérez San Pedro Jorge Juan; Pérez San Pedro Óscar; Pérez San Pedro Ignacio 35018A00500430 5 430 5.893 T11 84 1.301 T11 2.586 Pastos
48 Martin Perez Carmen; Martin Perez Manuela; Martin Perez Auxiliadora; Martin Perez Carmen; Martin Jimenez Carlos Luis; Martin Jimenez Jose; Martin Jimenez Jesus Salvador; Martin Jimenez Francisco Javier 35018A00500429 5 429 7.942 - - 300 - - Pastos
49 Herederos de: Casta Mauyra Fe Dominga; Mateo López De Vicuña Juan Ramón; Mateo Castañeyra Ulises Cecilio; Mateo Castañeyra Lorenzo; Mateo Castañeyra Héctor; Mateo Castañeyra Juan Miguel; Mateo Castañeyra Lidia; Mateo Castañeyra Carmen; Mateo Castañeyra Victoriano Ramón; Mateo Castañeyra Dionisio José; (Herederos de) Mateo Castañeyra María Guacimara 35018A00500669 5 669 7.171 - - - T11, T8 1.112 Pastos
50 Construcciones Rodriguez Ramirez Sociedad Anónima 35018A00500427 5 427 3.751 T12 113 1.229 T12 709 Pastos
50-1 Gonzalez Calero Antonio 35018A00500691 5 691 - - - - T12 533 Pastos
51 Herederos de: Gonzalez Calero Angel Felipe; Gonzalez Calero Angel; Gonzalez Calero Antonio; Gonzalez Calero Teresa; Gonzalez Calero Juan Antonio; Gonzalez Calero Angela; Gonzalez Calero Rosa; Gonzalez Calero Ramon; Benjamín González Ceferino 35018A00500424 5 424 6.881 - - 372 T12 2.135 Pastos
52 Perdomo Leon Domingo 35018A00500423 5 423 4.277 - - - - - Pastos
55 Cabildo Insular de Fuerteventura 35018A00509018 5 9.018 475 - - - T12 53 Hidrografía natural (Barranco)
56 Perdomo Leon Domingo 35018A00500416 5 416 2.443 - - 496 - - Pastos
57 Santana Farias Jose; Medina Zurita Pino 35018A00500797 5 797 869 - - 178 - - Pastos
58 Guerra Ruiz Jose Diego 35018A00500726 5 726 124 - - 185 T13 131 Pastos
59 Gonzalez Calero Juan Antonio; Morales Gonzalez Juan Manuel; Morales Gonzalez Angel Ramon; Gonzalez Calero Teresa; Gonzalez Calero Angel Felipe; Gonzalez Calero Angela; Gonzalez Calero Rosa; Gonzalez Peña María Rosario; Gonzalez Peña Beatriz; González Peña Ángel Felipe 35018A00500417 5 417 1.348 T13 134 1.192 T13 489 Pastos
60 Guerra Ruiz Jose Diego 35018A00500725 5 725 866 - - - - - Pastos
61 Ayuntamiento de Puerto del Rosario 35018A00509010 5 9.010 167 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
62 Gonzalez Calero Juan Antonio; Morales Gonzalez Juan Manuel; Morales Gonzalez Angel Ramon; Gonzalez Calero Teresa; Gonzalez Calero Angel Felipe; Gonzalez Calero Angela; Gonzalez Calero Rosa; Gonzalez Peña María Rosario; Gonzalez Peña Beatriz; González Peña Ángel Felipe; Gonzalez Calero Ángel Felipe; Gonzalez Calero Ramón 35018A00500403 5 403 1.740 - - 150 - - Pastos
64 Ayuntamiento de Puerto del Rosario 35018A00509009 5 9.009 289 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
65 Santana Farias Jose; Medina Zurita Pino 35018A00500762 5 762 3.503 - - 150 - - Pastos
67 Gonzalez Calero Juan Antonio; Morales Gonzalez Juan Manuel; Morales Gonzalez Angel Ramon; Gonzalez Calero Teresa; Gonzalez Calero Angel Felipe; Gonzalez Calero Angela; Gonzalez Calero Rosa; Gonzalez Peña María Rosario; Gonzalez Peña Beatriz; González Peña Ángel Felipe; Gonzalez Calero Ángel Felipe; Gonzalez Calero Ramón 35018A00500402 5 402 3.218 - - - T14 1.653 Pastos
68 Perez Fernandez Juan; Pérez Pérez María Belinda 35018A00500401 5 401 1.315 - - - T14 8 Pastos
69 Felipe Perdomo Marcelino; Pérez Almeida Julián; Soler Pérez Margarita 35018A00500400 5 400 3.155 T14 113 1.600 T14 161 Pastos
70 Perez Almeida Julian; Soler Pérez Margarita 35018A00500399 5 399 261 - - - T15 221 Pastos
71 Herederos de: Perdomo Perdomo Juan Francisco 35018A00500395 5 395 7.885 T15 127 1.476 T15 617 Pastos, Labor o Labradio secano
71-2 Gonzalez Calero Juan Antonio; Morales Gonzalez Juan Manuel; Morales Gonzalez Angel Ramon; Gonzalez Calero Teresa; Gonzalez Calero Angel Felipe; Gonzalez Calero Angela; Gonzalez Calero Rosa; Gonzalez Peña María Rosario; Gonzalez Peña Beatriz; González Peña Ángel Felipe; Gonzalez Calero Ángel Felipe; Gonzalez Calero Ramón 35018A00500854 5 854 - - - - T15 443 Pastos
71-3 Perdomo Leon Elias 35018A00500398 5 398 - - - - T15 365 Pastos
71-4 Travieso Gonzalez Jose Angel 35018A00500397 5 397 - - - - T15 394 Improductivo, Labor o Labradio secano, Pastos
72 Herederos de: Del Castillo-Olivares Manrique De Lara Francisco; Herederos De: Perdomo Perdomo Juan Francisco 35018A00500302 5 302 975 - - 125 - - Pastos, Labor o Labradio secano
73 Perdomo Leon Elias 35018A00500386 5 386 485 - - - - - Pastos
74 Cabildo Insular de Fuerteventura 35018A00509015 5 9.015 926 - - - - - Hidrografía natural (Barranco)
76 Morales Perdomo Ana Maria 35018A00500383 5 383 10.172 T16 84 1.453 T16 697 Pastos
77 Naranjo Mendez Angel; Ruiz Mendez Manuel De San Benito; Mendez Cedres Juan; Mendez Cedres Juana; Mendez Cedres Antonio; Mendez Cedres Jose; Mendez Hernandez Maria Del Carmen; Naranjo Mendez Antonio Manuel; Naranjo Mendez Maria Teresa; Gonzalez Mendez Josefa; Gonzalez Mendez Petra Ana; Gonzalez Mendez M Magdalena; Gonzalez Mendez Angelina; Ruiz Mendez Jose Manuel; Ruiz Mendez Maria Carmen; Ruiz Mendez Domingo; Ruiz Mendez Fernando; Ruiz Mendez Santiago; Ruiz Mendez Maria Teresa; Diepa Méndez Pilar; Diepa Méndez Lucia Esther; Diepa Méndez María Del Carmen 35018A00500381 5 381 2.674 T17 99 1.434 T16, T17 522 Pastos
78 Herederos de: Fuentes Albornoz Jose; Fuentes Hernández José Antonio; Fuentes Hernández Victoriano; Fuentes Hernández Ángela; Fuentes Hernández Fátima; Fuentes Hernández María Isabel; Fuentes Hernández Clara Rosa 35018A00500367 5 367 1.989 - - 167 T17 469 Labor o Labradio secano
79 Herederos de: Perez Hernández Lorenzo; Gutiérrez Cabrera Herminia 35018A00500366 5 366 708 - - 450 T17 137 Pastos
81 Comunidad Autónoma de Canarias 35018A00509023 5 9.023 169 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
83 Comunidad Autónoma de Canarias 35018A00609001 6 9.001 132 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
84 Sanchez Velázquez Guillermo; Sanchez Velázquez Miguel; Sanchez Velázquez Manuel Marcial; Sanchez Velázquez Dolores 35018A00600030 6 30 371 - - 450 - - Pastos
85 Herederos de: Perez Hernández Lorenzo; Gutiérrez Cabrera Herminia 35018A00600019 6 19 221 - - 75 - - Pastos
86 Ayuntamiento de Puerto del Rosario 35018A00609002 6 9.002 370 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
87 Ayuntamiento de Puerto del Rosario 35018A00609004 6 9.004 81 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
88 Sanchez Velázquez Guillermo; Sanchez Velázquez Miguel; Sanchez Velázquez Manuel Marcial; Sanchez Velázquez Dolores 35018A00600020 6 20 21.811 T18, T19, T20, T21 375 6.391 T18, T19, T20, T21 2.281 Pastos
89 Sanchez Velázquez Maria Antigua 35018A00600023 6 23 3.423 - - 10 - - Pastos
90 Cabildo Insular de Fuerteventura 35018A00609016 6 9.016 669 - - - - - Hidrografía natural (Barranco)
91 Herrera Oramas Juana; Dagaidara Sociedad Limitada 35018A00700129 7 129 414 - - - - - Pastos
92 Cabildo Insular de Fuerteventura 35018A00709004 7 9.004 593 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
93 Ayuntamiento de Puerto del Rosario 35018A00709006 7 9.006 174 - - - - - Hidrografía natural (Barranco)
94 Dagaidara Sociedad Limitada 35018A00700130 7 130 7.026 T22 113 1.600 T22 626 Pastos
96 Herederos de: Morales Chocho Salvador; Morales Gutiérrez Isabel; Ramírez Florido José 35018A00700128 7 128 4.901 T23 88 1.600 T22, T23 1.042 Pastos
97 Morales Chocho Jose 35018A00700088 7 88 1.399 - - - T23 7 Pastos
98 Morales Herrera Francisca Ana; Morales Herrera Jose Luis; Morales Herrera M Del Carmen; Morales Herrera Juan Salvador; Fernández Morales Juan 35018A00700116 7 116 2.908 T24 88 1.242 T23, T24 670 Pastos
99 Ayuntamiento de Puerto del Rosario 35018A00709008 7 9.008 109 - - 217 - - Vía de comunicación de dominio público
101 Ramirez Fernandez Nuria del Carmen 35018A00700265 7 265 2.163 - - 142 - - Pastos
102 Fernandez Morales Juan; Perdomo Fernández Juan Jesús 35018A00700115 7 115 2.843 - - 303 - - Pastos
103 Doreste Mendez Jose Miguel; Fernandez Montserrat Maria Rosario 35018A00700093 7 93 4.604 T25 108 1.298 T25 859 Pastos
103-3 Hecaher Inmobiliaria Sociedad Limitada 35018A00700112 7 112 - - - - T25 1.350 Improductivo, Labor o Labradio secano, Pastos
104 Morales Gutierrez M Dolores; Fernández Morales Ulises 35018A00700256 7 256 1.525 - - 600 T25 482 Pastos
105 Herederos de: Martin Mesa Roque 35018A00700261 7 261 - - - - T25 369 Pastos
107 Herederos de: Morales Herrera Francisca Ana; Morales Herrera Jose Luis; Morales Herrera M Del Carmen Morales Herrera Juan Salvador; Morales Fernández Juan Raúl; Morales Fernández Leticia De La Peña; Morales Fernández Gonzalo Simeón 35018A00700101 7 101 7.018 T26 123 1.604 T25, T26 1.027 Pastos
109 En Investigación, Articulo 47 de La Ley 33/2003; Herederos de: Morales Paez Juan; Morales Peña Isabel; Morales Paez Maria Carmen; Morales Paez Josefa; Fernandez Hernandez Maria Victoria; Suárez Rodríguez, David Javier 35018A00700104 7 104 661 - - - - - Pastos
113 Diocesis de Canarias 35018A00700198 7 198 5.082 T27 77 1.597 T27 783 Pastos
114 Ayuntamiento de Puerto del Rosario 35018A00709025 7 9.025 254 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
115 Diocesis de Canarias 35018A00700047 7 47 3.103 T28 88 1.157 T28 507 Pastos
116 Medina Martin Maria del Carmen; Medina Martin Maria Dolores 35018A00700046 7 46 10.693 T29 79 2.044 T29 420 Labor o Labradio secano
117 Ayuntamiento de Puerto del Rosario 35018A00709007 7 9.007 161 - - - - - Hidrografía natural (Barranco)
118 Medina Martin Maria del Carmen; Medina Martin Maria Dolores 35018A00700044 7 44 2.606 - - - - - Pastos, Labor o Labradio secano
119 Peñate Medina Rosario 35018A00700043 7 43 9.822 T30 81 1.674 T31, T30 382 Pastos
120 Castañeyra Marrero Graciela; Castañeyra Medina Raquel; Castañeyra Marrero Raquel 35018A00700042 7 42 2.425 T31 98 1.527 T31, T32 572 Pastos
121 Castañeyra Medina Alicia 35018A00700041 7 41 1.362 - - - T32 120 Pastos
122 Berriel Martinez Domingo 35018A00700030 7 30 10.364 T32 88 1.600 T32 691 Pastos
123 Diocesis de Canarias 35018A00700027 7 27 6.896 T33 97 1.600 T30, T31. T33 3.954 Pastos
123-1 Torres Mesa Elisabeth Martina; Torres Mesa Jose Luis 35018A00700213 7 213 - - - - T33 143 Improductivo, Labor o Labradio secano, Pastos
123-2 Mesa Armas Manuel 35018A00700014 7 14 - - - - T33, T35 501 Improductivo, Labor o Labradio secano, Pastos
123-3 Lopez Marquez Jose Silverio 35018A00700013 7 13 - - - - T33 3 Labor o Labradio secano, Pastos
124 Armas Perez Antigua 35018A00700025 7 25 3.634 T34 88 1.600 T33, T34 1.474 Pastos
125 Calero Nolasco Diego 35018A00700021 7 21 1.869 - - - - - Pastos
126 Herederos de: Leon Carrion Juana de 35018A00700020 7 20 280 - - - T33, T34 501 Pastos
127 Herederos de: Berriel Jordan Maria 35018A00700017 7 17 3.065 - - - T33 446 Pastos
128 Mesa Armas Juana Rosario 35018A00700209 7 209 539 - - - T-33 566 Pastos
129 Torres Mesa Elisabeth Martina 35018A00700208 7 208 2.776 - - 409 T33, T35 967 Improductivo, Pastos
130 Chirino Godoy Agustin 35018A00700015 7 15 2.332 T35 79 1.192 T35 61 Pastos
131 Jordan Velazquez Antigua 35018A00700004 7 4 3.633 - - - - - Pastos
132 Gonzalez Arencibia Javier Santiago; González Gimeno Ardiel; Gimeno Ortiz Nuria Pilar 35018A00700003 7 3 3.254 T36 127 1.600 T36 326 Pastos
134 Ayuntamiento de Puerto del Rosario 35018A00709001 7 9.001 69 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
135 Ayuntamiento de Puerto del Rosario 35018A00809017 8 9.017 60 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
136 Sanchez Velazquez Guillermo 35018A00800002 8 2 27.925 T37, T38, T39 288 5.250 T37, T39, T38 3.487 Labor o Labradio secano, Pastos
137 Ayuntamiento de Puerto del Rosario 35018A00809003 8 9.003 176 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
138 Ayuntamiento de Puerto del Rosario 35018A00909012 9 9.012 176 - - - T25, T40 13 Vía de comunicación de dominio público
139 Sanchez Velázquez Guillermo 35018A00900259 9 259 3.744 T40 104 1.743 T40 474 Pastos
140A Sanchez Velázquez Miguel 35018A00900261 9 261 31.760 T41, T42, T43, T44 397 6.685 T41, T42, T43, T44 5.795 Improductivo, Labor o Labradio secano, Labor o labradio regadio, Pastos
140B Sanchez Velázquez Miguel 35018A00900261 9 261 10.588 - - - - - -
140-3 Robayna Cabrera Reynaldo 35018A00900494 9 494 - - - - T43 934 Pastos
140-4 Rodriguez Perez Ambrosia; Morales Rodriguez Milagrosa Catalina; Morales Rodriguez Concepcion; Morales Rodriguez Ana Maria; Morales Rodriguez Catalina Ambrosia 35018A00900271 9 271 - - - - T43 549 Pastos
140-5 Herederos de: Rodriguez Perez Isabel; Morales Rodríguez Pedro Juan Manuel Morales Rodríguez María Isabel; Morales Rodríguez Concepción; Morales Rodríguez Ana María; Morales Rodríguez María Luisa; Morales Rodríguez Candelaria 35018A00900270 9 270 - - - - T43 302 Pastos
140-6 Herederos de: Morales Perez Maria 35018A00900266 9 266 - - - - T43 951 Pastos
141 Herederos de: Cabrera Jordan Gregorio 35018A00900273 9 273 4.276 T45 79 1.163 T43, T45, T46 2.261 Pastos
142 Leon Guerra Oscar 35018A00900274 9 274 4.140 - - 461 T46 601 Pastos
143 Herederos de: Espinel Sosa Rosendo 35018A00900275 9 275 3.472 - - - T46 354 Pastos
144 Herederos de: Morales Perez Maria; Zurita Cabrera Hermógenes; Zurita Cabrera María del Carmen; Báez Zurita Isidoro; Báez Zurita Pedro; Báez Zurita Raquel del Mar 35018A00900267 9 267 6.199 T46 104 1.600 T43, T46 614 Labor o Labradio secano, Pastos
144-1 Vera Carrion Francisco 35018A00900276 9 276 - - - - T46 322 Pastos
145 Cabrera Betancor Jose; Cabrera Betancor Rosario 35018A00900278 9 278 1.140 - - - - - Pastos
146 Cabrera Jordan Maria Jesus; Reyes Cabrera Florencia del Carmen 35018A00900279 9 279 4.661 T47 108 1.600 T47 1.508 Pastos
147 Cabrera Rodriguez Argelia; Herederos de: Rodriguez Mendez Ines 35018A00900283 9 283 1.199 - - - - - Pastos
148 Ayuntamiento de Puerto del Rosario 35018A00909022 9 9.022 184 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
149 Herederos de: Cabrera Morales Juan; Cabrera González María Carmen; Cabrera González María Auxiliadora; Cabrera González Santiago de San Lucio; Cabrera González Agustina; Cabrera González Florencio de San Juan 35018A00900282 9 282 7.324 T48 108 1.286 T48 762 Pastos
151 Barrera Cedres Manuel Eulalio; Vera Barrios Carlos Ignacio; Otimac Fue Sociedad Limitada; Comesaña Fernández Jesús Martín 35018A00900320 9 320 - - - 134 T-48 402 Pastos
152 Herederos de: Cabrera Morales Juan; Cabrera González María Carmen; Cabrera González María Auxiliadora; Cabrera González Santiago de San Lucio; Cabrera González Agustina; Cabrera González Florencio de San Juan 35018A00900323 9 323 109 - - 79 - - Pastos
154 Aguilar Jordan Manuel 35018A00900324 9 324 8.117 - - 261 - - Pastos
155 Ayuntamiento de Puerto del Rosario 35018A00909023 9 9.023 137 - - 230 - - Vía de comunicación de dominio público
157 Vera Barrios Carlos; Vera Barrios Juan Obdulio 35018A00900331 9 331 7.055 T49 108 1.212 T49, T50 1.217 Pastos, Labor o Labradio secano
158 Vera Peña Petra Maria; Vera Peña Santiago 35018A00900334 9 334 201 - - - - - Pastos
160 Herederos de: Cabrera Cabrera Maria Antonia de los Dolores; Rodríguez Cabrera Antonio Jesús 35018A00900447 9 447 2.462 T50 108 1.600 T50 212 Pastos
163 Herederos de: Cabrera Morales Juan; Cabrera González María Carmen; Cabrera González María Auxiliadora; Cabrera González Santiago de San Lucio; Cabrera González Agustina; Cabrera González Florencio de San Juan 35018A00900337 9 337 1.909 - - 153 T51 12 Pastos
164 Ayuntamiento de Puerto del Rosario 35018A00909035 9 9.035 342 - - 250 T51 82 Vía de comunicación de dominio público
165 Herederos de: Cabrera Morales Juan; Cabrera González María Carmen; Cabrera González María Auxiliadora; Cabrera González Santiago de San Lucio; Cabrera González Agustina; Cabrera González Florencio de San Juan 35018A00900338 9 338 485 - - - T51 173 Pastos
166 Comunidad Autonoma de Canarias 35018A00909001 9 9.001 128 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
167 Comunidad Autonoma de Canarias 35018A01509014 15 9.014 115 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
168 Herederos de: Cabrera Morales Juan; Cabrera González María Carmen; Cabrera González María Auxiliadora; Cabrera González Santiago de San Lucio; Cabrera González Agustina; Cabrera González Florencio de San Juan 35018A01500243 15 243 773 - - 200 - - Pastos
169 Herederos de: Travieso Cabrera Otilia Severina; Cabrera Travieso Armando; Cabrera Travieso Juan Pedro; Cabrera Travieso Luz Divina 35018A01500244 15 244 199 - - 131 T52 16 Labor o Labradio secano
170 Ayuntamiento de Puerto del Rosario 35018A01509017 15 9.017 242 - - 103 - - Vía de comunicación de dominio público

Término municipal La Antigua

Parcela Proyecto Propietario Referencia Catastral Polígono Parcela Servidumbre Vuelo (m²) Apoyos Superficie Apoyos y anillo de tierra (m²) Ocupación Temporal (m²) Acceso al Apoyo Servidumbre de paso (m²) Naturaleza del Terreno
0-1 Morales Guerra Cristobal 35003A01600013 16 13 - - - - T46 810 Pastos
0-2 Vera Carrion Francisco 35003A01600004 16 4 - - - - T46 389 Improductivo, Pastos
9 Dominguez Cabrera Concepcion; Cabrera Martín Miguel Ángel 35003A01500057 15 57 2.127 - - - - - Pastos
10 Cabrera Cabrera Miguel; Cabrera Martín Miguel Ángel 35003A01500051 15 51 3.645 - - - - - Pastos
11 Dominguez Cabrera Concepcion; Cabrera Martín Miguel Ángel 35003A01500050 15 50 1.349 - - 468 - - Pastos
12 Melian Martin Jose; Melian Martin Carmen; Melian Martin Maria Dolores 35003A01500049 15 49 2.021 T51 99 1.131 T51 629 Pastos
13 Cabrera Peña Brigida 35003A01500047 15 47 709 - - 250 T51 202 Pastos
14 Comunidad Autónoma de Canarias 35003A01509014 15 9.014 90 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
15 Comunidad Autónoma de Canarias 35003A00109005 1 9.005 100 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
17 Martin Hernandez Diego Marcelino; Martin Hernandez Gregorio 35003A00100053 1 53 4.690 T52 94 1.567 T52 61 Pastos
18 Rodriguez Cabrera Iluminada 35003A00100052 1 52 575 - - - - - Pastos
19 Ayuntamiento de Antigua 35003A00109003 1 9.003 205 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
21 Martin Hernandez Diego Marcelino; Martin Hernandez Gregorio 35003A00100051 1 51 1.709 - - - - - Pastos
23 Vera Linares Nazaria de 35003A00100048 1 48 2.197 - - 373 - - Pastos
24 Morales Hernandez Antonio; Morales de León Antonio; Morales de León Rosario; Morales Hernández María Rosario; Morales Hernández Isabel María; Álvarez Morales Lucas Jesús; Álvarez Morales María Dolores; Morales Cabrera Antonio; Morales Cabrera María 35003A00100049 1 49 1.704 T53 98 1.228 T53 401 Pastos
25 Hogar Nuestra Señora del Pino Hermanitas de Los Ancianos Desamparados; Vera García María Dolores 35003A00100044 1 44 7.851 - - 298 T53, T54, T55 1.195 Pastos
26 Bethencourt Valladares Juan; Hernández Hernández Francisca 35003A00100066 1 66 8.458 T54 98 1.303 T55, T54 1.738 Pastos
27 Herederos de: Carmona Franchy Manuel; Carmona Calero Margarita 35003A00100068 1 68 2.419 - - 416 T55 406 Pastos
28 Carmona Gonzalez Ezequiel 35003A00100069 1 69 2.165 T55 98 1.185 T56, T55 968 Pastos
29A Mesa Rodriguez Juana; Torres Alberto Juan 35003A00100142 1 142 2.488 - - - T56, T55 579 Pastos
29B Mesa Rodriguez Juana 35003A00100142 1 142 2.451 - - - T56, T55 88
30 Torres Alberto Juan de San Quiterio 35003A00100070 1 70 614 - - - T56 828 Pastos
31 Castillo Bravo Laguna Alejandro; del Castillo Bravo de Laguna Pedro Fernando; Agricola Arguineguin Sociedad Limitada; Castillo Castillo Rosario; Castillo Castillo Manuel del; Castillo Castillo Juan del; Castillo Castillo Susana 35003A00100074 1 74 2.740 T56 98 1.178 T56 388 Pastos
31-1 Rodriguez de Leon Casilda 35003A00100073 1 73 - - - - T56 279 Pastos
32 Herederos de: Vera Manrique Francisca de 35003A00100076 1 76 3.347 - - 423 - - Pastos
33 Cabildo Insular de Fuerteventura 35003A00109008 1 9.008 201 - - - - - Hidrografía natural (Barranco)
34 Herederos de: Soto Morales Juan Ramon 35003A00100082 1 82 5.402 - - 182 - - Pastos
37 Hernandez Santana Carmen 35003A00100094 1 94 1.910 - - - T57 249 Pastos
38 Gutierrez Hernandez Juan Angel 35003A00100095 1 95 5.160 T57, T58 177 2.639 T57, T58 2.236 Pastos
38-1 Torres Mesa Noelia 35003A00100100 1 100 - - - - T57 464 Pastos
38-2 Comino Lopez Juan Antonio; Gutierrez Hernandez Juan Angel; Medina Rodriguez Inmaculada 35003A00100099 1 99 - - - - T57 421 Pastos
39 Herederos de: Soto Morales Juan Ramon 35003A00100087 1 87 369 - - - T57 51 Pastos
40 Brito Alberto Agustina 35003A00100096 1 96 283 - - 381 - - Pastos
42 Herederos de: Soto Morales Juan Ramon 35003A00100097 1 97 1.455 - - - - - Pastos
43 Peña Jordan Gonzalo; Peña Jordan Francisco Guillermo; Peña Jordan Diego; Peña Jordan Isabel; Gutierrez Hernandez Juan Angel; Medina Rodriguez Inmaculada 35003A00100098 1 98 1.273 - - 450 T57 121 Pastos
44 Comunidad Autónoma de Canarias 35003A00109009 1 9.009 136 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
45 Comunidad Autónoma de Canarias 35003A00209001 2 9.001 137 - - - T59 7 Vía de comunicación de dominio público
47 Franquiz Gonzalez Marcos 35003A00200080 2 80 152 - - - - - Pastos
49 Herederos de: Soto Morales Juan Ramon 35003A00200075 2 75 4.367 T59 74 1.575 T59 722 Pastos
49-1 Vera Linares Juan Bosco 35003A00200081 2 81 - - - - T59 222 Pastos
50 Castillo Galvan Rafael 35003A00200076 2 76 2.890 - - 626 - - Pastos
51 Cabildo Insular de Fuerteventura 35003A00209016 2 9.016 283 - - - - - Hidrografía natural (Barranco)
53 Herederos de: Soto Morales Juan Ramon 35003A00200067 2 67 2.312 - - - T60 237 Pastos
54 Hernandez Jordan Manuel 35003A00200068 2 68 1.394 - - 441 T60 294 Pastos
55 Vera Soto Jesus Antonio Ramon y hermanos 35003A00200176 2 176 740 - - - T61 310 Pastos
57 Herederos de: Soto Morales Juan Ramon 35003A00200175 2 175 8.988 T60, T61 181 2.761 T60, T61 1.670 Pastos
57-1 Brito Brito Florentina; Cabrera Pérez Pablo 35003A00200071 2 71 - - - - T61 53 Improductivo, Labor o Labradio secano, Pastos
59 Vera Soto Jesus Antonio Ramon y hermanos 35003A00200185 2 185 518 - - - - - Pastos
60 Cabildo Insular de Fuerteventura 35003A00209011 2 9.011 357 - - - - - Hidrografía natural (Barranco)
61 Batista Montesdeoca M Isabel; Batista Montesdeoca Rosa Maria; Batista Montesdeoca María Isabel Aurea; Batista Montesdeoca Rosa María; Batista Montesdeoca Gonzalo; Batista Montesdeoca Octavio Augusto 35003A00200186 2 186 1.057 - - - - - Pastos
62 Alberto Moseguez Maria Vanessa; de Vera Hernandez Carlos 35003A00200187 2 187 1.789 - - 150 - - Labor o Labradio secano
63 Ayuntamiento de Antigua 35003A00209003 2 9.003 200 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
65 Berriel Suarez Milagrosa 35003A00200253 2 253 4.209 T62 77 1.751 T62 554 Pastos
66 Ayuntamiento de Antigua 35003A00209004 2 9.004 90 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
67 Herederos de: Brito Figueroa Juan; Brito Brito Pedro 35003A00200257 2 257 2.282 - - - T63 12 Pastos
69 Lasso Brito Manuel 35003A00200258 2 258 1.063 - - - - - Pastos
70 Linares Montesdeoca Pilar; Velázquez Linares María Ermelinda 35003A00200251 2 251 1.592 T63 77 2.200 T63 903 Pastos
71 Cabildo Insular de Fuerteventura 35003A00209018 2 9.018 103 - - - - - Hidrografía natural (Barranco)
73 Velazquez Linares M Ermelinda 35003A00200250 2 250 9.591 T64 104 1.600 T64 269 Pastos
73-1 Herederos de: Soto Morales Juan Ramon 35003A00200273 2 273 - - - - T64 972 Pastos
73-2 Franquiz Armas Francisco 35003A00200271 2 271 - - - - T64 259 Pastos
73-3 Hernandez Franquiz Fermin Salvador 35003A00200270 2 270 - - - - T64 631 Pastos
73-4 Ortega Rodriguez Juan Miguel; Ortega Garcia Juan Miguel 35003A00200269 2 269 - - - - T64 407 Improductivo, Pastos
75 Alberto Cabrera Antonio Luis; Alberto Hernández Juan 35003A00200274 2 274 1.784 - - - - - Pastos
76 Matoso Garcia Tomas; Mercantil Janinchón Sociedad Limitada 35003A00200272 2 272 366 - - - T64 102 Pastos
77 Ayuntamiento de Antigua 35003A00209005 2 9.005 62 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
78 Matoso Garcia Tomas; Matoso Betancor Carmen Dolores; Matoso Betancor María Auxiliadora; Matoso Betancor Tomás David; Matoso Betancor Juan Carlos 35003A00300002 3 2 2.351 T65 116 1.550 T65 994 Pastos
80 Evora Suarez Jose Antonio; Évora Suárez Rosa María 35003A00300010 3 10 362 - - 51 - - Pastos
81 Cabildo Insular de Fuerteventura 35003A00309023 3 9.023 146 - - - - - Hidrografía natural (Barranco)
82 Ayuntamiento de Antigua 35003A00309003 3 9.003 227 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
83 Evora Suarez Jose Antonio; Évora Suárez Rosa María 35003A00300009 3 9 2.338 - - - - - Pastos
84 Batista Montes De Oca Gonzalo; Batista Montesdeoca Octavio Augusto; Batista Montesdeoca María Isabel Aurea; Batista Montesdeoca Rosa María; Batista Montesdeoca Gonzalo; Batista Montesdeoca Octavio Augusto 35003A00300030 3 30 3.981 - - - T66 15 Pastos
85 Ayuntamiento de Antigua 35003A00309039 3 9.039 145 - - - T66 52 Vía de comunicación de dominio público
86 Soto Ruiz M Dolores; Herederos de: Perez Brito Patricia; Brito Soto Jose Julian; Brito Soto Augusto Pablo Roque; Brito Soto Abraham Jesus; Congelados Herbania Sociedad Anónima 35003A00300001 3 1 5.222 T66 72 1.213 T66 911 Pastos
87 Herederos de: Batista Montesdeoca Jose 35003A00300132 3 132 2.367 - - 388 - - Pastos
88 Perez Berriel Agustin Matias; Perez Berriel Maria Dolores 35003A00300131 3 131 813 - - - - - Pastos
91 Velazquez Linares M Ermelinda; Velazquez Linares Miguel Juan 35003A00300133 3 133 2.468 - - - - - Pastos
92 Cabildo Insular de Fuerteventura 35003A00309026 3 9.026 880 - - - - - Hidrografía natural (Barranco)
93 Perez Berriel Agustin Matias; Perez Berriel Maria Dolores; Berriel Suárez Sebastiana 35003A00300146 3 146 2.153 - - 340 T67 203 Pastos
98 Hernandez Jordan Francisco 35003A00300147 3 147 4.947 T67 79 1.058 T67 161 Pastos
98-3 Rodriguez de Leon Casilda 35003A00300129 3 129 - - - - T67 366 Pastos
100 Herederos de: Vera Molina Juana Maria; Herederos de: Vera Molina Dolores; Herederos de: Vera Molina Julio; Guardiet de Vera Ascención; Guardiet de Vera Francisco; Guardiet de Vera Juana María; Guardiet de Vera Juan; Guardiet de Vera Ana Esperanza; Guardiet de Vera Carmen Rosa; Guardiet De Vera Julio; Guardiet de Vera Javier; de Vera Molina Juana María; de Vera Santana Nieves Dolores 35003A00300126 3 126 143 - - - - - Pastos
101 Ayuntamiento de Antigua 35003A00309011 3 9.011 136 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
102 Herederos de: Vera Molina Juana Maria; Herederos de: Vera Molina Dolores; Herederos de: Vera Molina Julio; Guardiet de Vera Ascención; Guardiet de Vera Francisco; Guardiet de Vera Juana María; Guardiet de Vera Juan; Guardiet de Vera Ana Esperanza; Guardiet de Vera Carmen Rosa; Guardiet De Vera Julio; Guardiet de Vera Javier; de Vera Molina Juana María; de Vera Santana Nieves Dolores 35003A00300125 3 125 417 - - - - - Pastos
103 Cabildo Insular de Fuerteventura 35003A00309030 3 9.030 102 - - - - - Hidrografía natural (Barranco)
104 Herederos de: Castillo Jordan Jose 35003A00300149 3 149 72 - - - - - Pastos
106 Hernandez Jordan Francisco 35003A00300148 3 148 1.367 - - - - - Pastos
108 Herederos de: Vera Molina Juana Maria; Herederos de: Vera Molina Dolores; Herederos de: Vera Molina Julio; Guardiet de Vera Ascención; Guardiet de Vera Francisco; Guardiet de Vera Juana María; Guardiet de Vera Juan; Guardiet de Vera Ana Esperanza; Guardiet de Vera Carmen Rosa; Guardiet de Vera Julio; Guardiet de Vera Javier; de Vera Molina Juana María; de Vera Santana Nieves Dolores 35003A00300124 3 124 3.585 T68 79 1.165 T68 693 Pastos
109 Bethencourt Valladares Dolores; Bautista Ramirez Juan Francisco 35003A00300161 3 161 2.702 - - 436 - - Pastos
110 Cabildo Insular de Fuerteventura 35003A00309029 3 9.029 264 - - - - - Hidrografía natural (Barranco)
111 Montesdeoca Martin Casiano Ángel 35003A00300172 3 172 889 - - - - - Pastos
112 Melián Martín María del Carmen; Melián Martín José; Melián Martín María Dolores 35003A00300171 3 171 2.348 - - - - - Pastos
113 Cabrera Peña Maria; Azpeitia Soto Jorge Luis; Azpeitia Soto Fernando; Azpeitia Soto Maria de Los Angeles; Azpeitia Soto Lourdes 35003A00300173 3 173 1.670 T69 81 1.600 T69 465 Pastos
114 Hernandez Jordan Marcial 35003A00300176 3 176 3.162 - - - - - Pastos
115 Perez Berriel Agustin Matias; Perez Berriel Maria Dolores; Berriel Suárez Sebastiana 35003A00300177 3 177 1.853 T70 98 1.227 T-70 97 Pastos
116 Berriel Suarez Juan Jose; Berriel Suarez Antonio Ramon 35003A00300178 3 178 342 - - 340 - - Pastos
117 Ayuntamiento de Antigua 35003A00309009 3 9.009 126 - - 32 - - Vía de comunicación de dominio público
119 Perez Berriel Agustin Matias; Perez Berriel Maria Dolores; Berriel Suárez Sebastiana 35003A00300415 3 415 2.735 - - 2 - - Pastos
123 Herederos de: Armas Falero Laura De; Armas Falero Ines; Herederos de: Armas Falero M de La Antigua; Armas Falero Angel San Roque; Herederos de: Armas Falero Demetrio; Herederos de: Armas Perez Jose Demetrio; Armas Perez Carmen Gloria 35003A00300413 3 413 55 - - - T71 132 Pastos
124 Rodriguez Santana Juan 35003A00300412 3 412 2.136 - - - T71 156 Pastos
125 Montañez Gonzalez Maria del Carmen; Moseguez Montañez Jose Agustin; Moseguez Montañes Blanca Rosa; Moseguez Montañez Inmaculada; Moseguez Montañez Eloy 35003A00300411 3 411 2.285 T71 88 1.147 T71 603 Pastos
125-1 Herederos de: Sanchez Velazquez Manuel Marcial 35003A00300414 3 414 - - - - T71 153 Pastos
126 Franquiz Gonzalez Marcos 35003A00300410 3 410 192 - - 450 - - Pastos
127 Ayuntamiento de Antigua 35003A00309015 3 9.015 111 - - 5 - - Vía de comunicación de dominio público
130 Velazquez Jordan Margarita; Jordán Velázquez Francisco Rafael 35003A00300407 3 407 1.498 - - - - - Pastos
131 Cabildo Insular de Fuerteventura 35003A00309035 3 9.035 221 - - - - - Hidrografía natural (Barranco)
132 Hernandez Velazquez Maria Soledad 35003A00300467 3 467 825 - - - T73, T72 480 Pastos
134 Hernandez Cabrera Antonio Clemente; Hernandez Cabrera Stella Carmen 35003A00300466 3 466 3.630 T72 94 1.614 T72, T73 368 Pastos
134-1 Velazquez Llarena Estrella 35003A00300303 3 303 - - - - T73, T72 450 Pastos
134-2 Batista Montesdeoca Mercedes 35003A00300300 3 300 - - - - T72 64 Pastos
134-3 Mederos Alonso Santiago 35003A00300299 3 299 - - - - T72 146 Pastos
135 Cuervo Velazquez Miguel Angel 35003A00300465 3 465 997 - - 148 T73 11 Pastos
137 Herederos de: Cabrera Garcia Blanca 35003A00300312 3 312 8.924 T73 72 1.440 T73 118 Pastos
138 Ayuntamiento de Antigua 35003A00309017 3 9.017 236 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
139 Sanchez Velazquez Maria Antigua 35003A00300275 3 275 1.801 - - - - - Pastos
140 Cabildo Insular de Fuerteventura 35003A00309037 3 9.037 151 - - - - - Hidrografía natural (Barranco)
141 Cabildo Insular de Fuerteventura 35003A00409001 4 9.001 163 - - - - - Hidrografía natural (Barranco)
142 Evora Cabrera Antonia 35003A00400043 4 43 3.421 T74 98 1.135 T74 134 Pastos
144 Perdomo Negrin Maria 35003A00400045 4 45 246 - - 465 T74 44 Pastos
145 Perdomo Negrin Maria 35003A00400053 4 53 917 - - - - - Pastos
149 Acosta Cabrera Silvestre; Cabrera Gutiérrez Antonio Eustaquio 35003A00400051 4 51 871 - - - - - Pastos
150 Cabildo Insular de Fuerteventura 35003A00409004 4 9.004 253 - - - - - Hidrografía natural (Barranco)
151 Herederos de: Ruiz Gutierrez Francisco; Castro Betancor María Agustina 35003A00400128 4 128 1.216 - - - T75 615 Pastos
152 Herederos de: Castrillo Martin Catalina 35003A00400129 4 129 2.059 - - - - - Pastos
153 Ayuntamiento de Antigua 35003A00409012 4 9.012 254 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
156 Martin Mesa Roque; Rodríguez Rodríguez Valentín; Rodríguez Rodríguez Eusebio San José; Rodríguez Rodríguez Pedro Antonio; Rodríguez Rodríguez Cornelio Antonio; Rodríguez Rodríguez Basilisa de Fátima; Rodríguez Rodríguez Felisa Bernarda 35003A00400126 4 126 622 - - 482 - - Pastos
157 Rodriguez Cerdeña Jose; Rodríguez Rodríguez Valentín; Rodríguez Rodríguez Eusebio San José; Rodríguez Rodríguez Pedro Antonio; Rodríguez Rodríguez Cornelio Antonio; Rodríguez Rodríguez Basilisa de Fátima; Rodríguez Rodríguez Felisa Bernarda 35003A00400119 4 119 5.847 T75 129 1.119 T75 202 Pastos
157-1 En Investigación, artículo 47 de la Ley 33/2003 35003A00400118 4 118 0 - - - T75 886 Improductivo, Pastos
158 Rodriguez Cerdeña Jose; Rodríguez Rodríguez Valentín; Rodríguez Rodríguez Eusebio San José; Rodríguez Rodríguez Pedro Antonio; Rodríguez Rodríguez Cornelio Antonio; Rodríguez Rodríguez Basilisa de Fátima; Rodríguez Rodríguez Felisa Bernarda 35003A00400125 4 125 660 - - - - - Pastos
159 Rodríguez Rodríguez Valentín; Rodríguez Rodríguez Eusebio San José; Rodríguez Rodríguez Pedro Antonio; Rodríguez Rodríguez Cornelio Antonio; Rodríguez Rodríguez Basilisa de Fátima; Rodríguez Rodríguez Felisa Bernarda 35003A00400124 4 124 1.344 - - - - - Pastos
160 Herederos de: Vega Betancor Indalecio 35003A00400407 4 407 374 - - - - - Pastos
161 Rodríguez Rodríguez Valentín; Rodríguez Rodríguez Eusebio San José; Rodríguez Rodríguez Pedro Antonio; Rodríguez Rodríguez Cornelio Antonio; Rodríguez Rodríguez Basilisa de Fátima; Rodríguez Rodríguez Felisa Bernarda 35003A00400123 4 123 243 - - - - - Pastos
162 Ayuntamiento de Antigua 35003A00409014 4 9.014 115 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
164 En Investigación, articulo 47 de la Ley 33/2003 35003A00400122 4 122 115 - - - - - Pastos
166 Herederos de: Acosta Cabrera Francisco 35003A00400481 4 481 174 - - 464 T76 450 Pastos
167 Herederos de: Vega Betancor Indalecio 35003A00400408 4 408 2.673 T76 98 1.137 T76 38 Pastos
168 Perdomo Hernandez Francisco Ruperto; Perdomo Hernandez Adolfo Teodoro; Perdomo Hernandez Olga; Perdomo Hernandez Aramita; Perdomo Hernandez Teresa De Jesus; Perdomo Hernandez Felix 35003A00400413 4 413 6.455 - - - - - Pastos
169 Ruiz Riverol Gregorio Zenon; Herederos de: Garcia Mederos Isidro Segundo; Herederos de: Mederos Garcia Juana; Herederos de: Mederos Cabrera Juana; Herederos de: Mederos Gutierrez Antonia; Herederos de: Mederos Gutierrez Higinio 35003A00400414 4 414 1.110 - - - - - Pastos
170 Cabildo Insular de Fuerteventura 35003A00409007 4 9.007 352 - - - - - Hidrografía natural (Barranco)
171 Quintana Herrera Miguel Isidro 35003A00400399 4 399 44 - - - - - Pastos
172 Mederos Alonso Antonio María; Mederos Alonso Alejandro 35003A00400397 4 397 2.606 T77 108 1.058 T77 41 Pastos
172-1 Alonso Curbelo Juan 35003A00400371 4 371 - - - - T77 343 Pastos
172-2 Lopez Alonso Juan; Garcia Gutierrez Magdalena 35003A00400369 4 369 - - - - T77 282 Pastos
172-3 Herederos de: Garcia Mederos Isidro Segundo 35003A00400368 4 368 - - - - T77 74 Pastos
173 Cabrera Travieso María Carmen; Cabrera Travieso Juan Pedro; Cabrera Travieso Armando; Cabrera Travieso Luz Divina 35003A00400370 4 370 5.096 - - 543 T77 740 Improductivo, Pastos
174 Mederos Alonso Alejandro; Mederos Alonso Rosario María; Mederos Alonso Antonio María; Mederos Alonso Juan 35003A00400396 4 396 288 - - - - - Pastos
175 Garcia Marrero Clemente Jesus 35003A00400377 4 377 662 - - - - - Pastos
176 Herederos de: Garcia Peña Domingo 35003A00400373 4 373 832 - - - - - Pastos
177 Cabrera Travieso Maria Carmen; Cabrera Travieso Juan Pedro; Cabrera Travieso Armando; Cabrera Travieso Luz Divina 35003A00400372 4 372 3.530 T78 98 1.158 T78 54 Pastos
178 Herederos de: Urquia Melian Domingo; Gutiérrez Ruiz Magdalena del Carmen 35003A00400379 4 379 5.141 - - 446 T77, T78 1.019 Pastos
179 Ayuntamiento de Antigua 35003A00409016 4 9.016 109 - - 91 - - Vía de comunicación de dominio público
181 Alonso Lasso Juan Victoriano; Gopar Domínguez Ambrosia 35003A00400289 4 289 2.355 T79 74 1.457 T79 72 Pastos
183 Mederos Chocho Higinio 35003A00400291 4 291 7.304 - - - - - Pastos
184 Mederos Chocho Higinio 35003A00400279 4 279 648 - - - - - Pastos
185 Cabrera Peña Maria 35003A00400278 4 278 577 - - - - - Pastos
186 Cabrera Garcia Tadeo 35003A00400277 4 277 1.047 - - - - - Pastos
190 Herederos de: Mederos Gutierrez Higinio; Mederos Chocho Higinio; Mederos Chocho Margarita; Mederos Chocho María Isabel; Mederos Chocho Antonia Fabiola 35003A00400274 4 274 117 - - - - - Pastos
191 Cabrera Garcia Tadeo 35003A00400275 4 275 1.644 - - 256 - - Pastos
192 Alonso Lasso Maria 35003A00400271 4 271 6.066 T80 98 1.344 T80 216 Pastos
192-2 Garcia Peña Domingo; García Alonso Domingo; Herederos de: García Alonso Juan; Herederos de: García Alonso Teresa; Garcia Alonso Maria Milagrosa; García Alonso José Antonio 35003A00400300 4 300 - - - - T80 248 Pastos
192-3 Alonso Alonso Modesto 35003A00400299 4 299 - - - - T80 161 Pastos
192-4 Alonso Alonso Modesto 35003A00400298 4 298 - - - - T80 101 Pastos
192-5 Herederos de: Vega Betancor Indalecio 35003A00400296 4 296 - - - - T80 237 Pastos
192-6 Alonso Alonso Maria 35003A00400294 4 294 - - - - T80 82 Pastos
192-7 Gutierrez Hernandez Donato 35003A00400293 4 293 - - - - T80 47 Pastos
192-8 Herederos de: Mederos Gutierrez Higinio; Mederos Chocho Higinio; Mederos Chocho Margarita; Mederos Chocho María Isabel; Mederos Chocho Antonia Fabiola 35003A00400292 4 292 - - - - T80 220 Improductivo, Pastos
193 Estupiñan de La Cruz Marcelino 35003A00400273 4 273 649 - - - T80 725 Pastos
194 Herederos de: Mederos Garcia Juana; Cabrera Mederos Antonio; Cabrera Mederos José; Cabrera Mederos Juana; Cabrera González Pedro; Cabrera González Nestor; Cabrera González Vanessa 35003A00400272 4 272 1.064 - - - - - Pastos
195 Cabildo Insular de Fuerteventura 35003A00409002 4 9.002 193 - - - - - Hidrografía natural (Barranco)
196 Cabildo Insular de Fuerteventura 35003A00509001 5 9.001 229 - - - - - Hidrografía natural (Barranco)
199 Cabrera Gutierrez Encarnacion y herederos; Hernández Cabrera Ambrosio Ramón; (Herederos de) Cabrera Gutierrez Isabel; (Herederos de) Hernandez Cabrera Pedro; (Herederos de) Cabrera Mederos Juana De Santa Irene; Cabrera Mederos Antonio; Cabrera Mederos Jose De San Roque; Cabrera Padron Evarista; Alonso Cabrera Josefa; Cabrera Padron Juana Isidro; Alonso Cabrera Juan Antonio; Alonso Cabrera Francisco Ezequiel; Cabrera Padron Adela; Cabrera Padron Maria Petronila; Cabrera Padron Camila; Alonso Cabrera Maria De San Pedro; Alonso Cabrera Antonia; Cabrera Gonzalez Nestor; Cabrera Gonzalez Vanessa; Cabrera Gonzalez Pedro Yeray 35003A00500342 5 342 2.418 - - 29 - - Pastos
200 Cabrera Garcia Juan; Cabrera García Félix José 35003A00500347 5 347 1.513 T81 84 1.203 T81 327 Pastos
200-2 Lavandera Lopez Jose 35003A00500350 5 350 - - - - T81 453 Improductivo, Pastos
201 Herederos de: Mederos Garcia Juana; Cabrera Mederos José San Roque; Cabrera Mederos Antonio; Cabrera Mederos José; Cabrera Mederos Juana; Cabrera González Pedro; Cabrera González Néstor; Cabrera González Vanessa 35003A00500348 5 348 2.421 - - 370 - - Pastos
202 Herederos de: Alonso Gutierrez Francisco; Cabrera García Francisca; Alonso Cabrera Carmelo Erasmo; Alonso Cabrera Francisco Manuel; Alonso Cabrera Antonio Andrés; Alonso Cabrera Concepción María; Alonso Cabrera Teresita de Jesús; Alonso Cabrera Fátima de Santa Isabel 35003A00500346 5 346 47 - - - - - Pastos
203 Ruiz Riverol Gregorio Zenon; Herederos de: Garcia Mederos Isidro Segundo; Herederos de: Mederos Garcia Juana; Herederos de: Mederos Cabrera Juana; Herederos de: Mederos Gutierrez Antonia; Herederos de: Mederos Gutierrez Higinio 35003A00500352 5 352 2.872 - - - - - Pastos
205 Cabrera Gutierrez Encarnacion Y Hnos; Hernández Cabrera Ambrosio Ramón; Herederos de: Cabrera Gutierrez Isabel; Herederos de: Hernandez Cabrera Pedro; Herederos de: Cabrera Mederos Juana de Santa Irene; Cabrera Mederos Antonio; Cabrera Mederos Jose de San Roque; Cabrera Padron Evarista; Alonso Cabrera Josefa; Cabrera Padron Juana Isidro; Alonso Cabrera Juan Antonio; Alonso Cabrera Francisco Ezequiel; Cabrera Padron Adela; Cabrera Padron Maria Petronila; Cabrera Padron Camila; Alonso Cabrera Maria de San Pedro; Alonso Cabrera Antonia; Cabrera Gonzalez Nestor; Cabrera Gonzalez Vanessa; Cabrera Gonzalez Pedro Yeray 35003A00500333 5 333 825 - - - - - Pastos
206 Cabildo Insular de Fuerteventura 35003A00509017 5 9.017 79 - - - - - Hidrografía natural (Barranco)
207 Herederos de: Ruiz Urquia Josefa de Santa Cecilia; Hernández Ruiz Elena; Hernández Ruiz María Goretti 35003A00500367 5 367 828 T82 123 1.043 T82 253 Pastos
207-1 Cabrera Travieso Juan Pedro; Cabrera Travieso Armando; Cabrera Travieso Luz Divinao 35003A00500522 5 522 - - - - T82 65 Pastos
207-2 Alonso Alonso Modesto 35003A00500521 5 521 - - - - T82 73 Pastos
207-3 Alonso Alonso Modesto 35003A00500520 5 520 - - - - T82 81 Pastos
207-4 Herederos de: Rodriguez Delgado Margarita 35003A00500519 5 519 - - - - T82 359 Pastos
207-5 Herederos de: Cubas Henrandez Martin 35003A00500518 5 518 - - - - T82 435 Pastos
207-6 Workinprogress Inmobiliaria Sociedad Limitada 35003A00500517 5 517 - - - - T82 935 Pastos
207-7 Herederos de: Vega Betancor Indalecio 35003A00500513 5 513 - - - - T82 167 Pastos
207-9 Soto Cabrera Antonio 35003A00500371 5 371 - - - - T82 493 Pastos
207-10 Estupiñan Cruz Fernando 35003A00500370 5 370 - - - - T82 279 Pastos
207-11 Herederos de: Cabrera Garcia Maria; de Saa Padilla Lucas 35003A00500369 5 369 - - - - T82 242 Pastos
207-12 Cabrera Travieso Juan Pedro; Cabrera Travieso Armando; Cabrera Travieso Luz Divinao 35003A00500368 5 368 - - - - T82 413 Pastos
208 Estupiñan de La Cruz Marcelino 35003A00500538 5 538 1417 T82 12 558 T82 94 Pastos
210 Herederos de: Rodriguez Delgado Margarita 35003A00500532 5 532 2400 - - - - - Pastos
212 Mederos Garcia Georgina; Morales Morales Santiago Ramon 35003A00500531 5 531 1727 - - - - - Pastos
213 Herederos de: Cabrera Garcia Maria; Mederos Reyes Higinio; de Saa Padilla Lucas 35003A00500530 5 530 736 - - - - - Pastos
214 Herederos de: Alonso Gutierrez Francisco; Cabrera García Francisca; Alonso Cabrera Carmelo Erasmo; Alonso Cabrera Francisco Manuel; Alonso Cabrera Antonio Andrés; Alonso Cabrera Concepción María; Alonso Cabrera Teresita De Jesús; Alonso Cabrera Fátima De Isabel 35003A00500529 5 529 1.194 T83 64 791 T83 6 Pastos
215 Cabrera Betancor Bernardo; Gutiérrez Guerra Concepción 35003A00500523 5 523 642 T83 70 810 T83 476 Pastos
216 Herederos de: Garcia Peña Jose Maria 35003A00500527 5 527 520 - - - T83 506 Pastos
217 Cabrera Gutierrez Milagrosa; Cabrera Gutierrez José 35003A00500526 5 526 1.165 - - - T83 380 Pastos
218 Cabrera Perera Pablo 35003A00500525 5 525 1.560 - - - T83 26 Pastos
221 Herederos de: Rodriguez Delgado Margarita 35003A00500524 5 524 4.651 T84 127 1.600 T84 363 Pastos
225 Cabrera Gutierrez Anastasia Primitiva 35003A00500505 5 505 5.131 - - - T84 106 Pastos
226 Ayuntamiento de Antigua 35003A00509014 5 9.014 114 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
227 Gil Hernandez Miguel 35003A00500504 5 504 1.594 T85 108 1.006 T85 57 Pastos
228 Soto Cabrera Antonio 35003A00500503 5 503 2.746 - - 595 T85 432 Pastos
229 Chocho Cabrera Encarnacion 35003A00500502 5 502 1.912 - - - - - Pastos
230 De Leon Garcia Isabel 35003A00500501 5 501 4.029 T86 99 1.755 T86 67 Pastos

Término municipal Tuineje

Parcela Proyecto Propietario Referencia Catastral Polígono Parcela Servidumbre Vuelo (m²) Apoyos Superficie Apoyos y anillo de tierra (m²) Ocupación Temporal (m²) Acceso al Apoyo Servidumbre de paso (m²) Naturaleza del Terreno
0-3 Chocho Cabrera Rosa 35030A00100387 1 387 - - - - T85 566 Pastos
0-4 Herederos de: Evora Velazquez Matilde 35030A00100384 1 384 - - - - T83 513 Pastos
0-5 Soto Cabrera Antonio 35030A00100382 1 382 - - - - T83, T85 332 Pastos
0-8 Cabrera Gutierrez Anastasia Primitiva 35030A00100378 1 378 - - - - T83 75 Pastos
0-9 Gil Hernandez Miguel 35030A00100377 1 377 - - - - T83 100 Pastos
0-10 Herederos de: Garcia Peña Liborio; Garcia Garcia Carmelo Felipe; Garcia Garcia Maria Leocadia; Garcia Garcia Blas Jose Zacarias; Garcia Garcia Marcelino; Garcia Garcia Antonio de San Simeon; Garcia Garcia Antonia Maria; Garcia Garcia Heriberta de Santa Elena 35030A00100118 1 118 - - - - T83 522 Improductivo, Labor o Labradio secano, Labor o labradio regadio, Pastos
0-11 Peñate Aguilar Juan Marcos 35030A00100117 1 117 - - - - T84, T83 209 Pastos
0-12 Herederos de: Rodriguez Delgado Margarita 35030A00100115 1 115 - - - - T83, T84 527 Pastos
0-13 Cabrera Robayna Pablo; Cabrera Perera Pablo 35030A00100114 1 114 - - - - T83 864 Labor o Labradio secano, Pastos
3 Leon Garcia Isabel de; Fincas Majoreras Sociedad Limitada 35030A00100388 1 388 30 - - 431 T85, T86 106 Pastos
4 Ayuntamiento de Tuineje 35030A00109018 1 9.018 23 - - 16 - - Vía de comunicación de dominio público
5A Leon Garcia Isabel de; Fincas Majoreras Sociedad Limitada 35030A00100389 1 389 1.651 - - - - - Improductivo, Labor o Labradio secano, Pastos
5B Leon Garcia Isabel de; Fincas Majoreras Sociedad Limitada 35030A00100389 1 389 890 - - 1 T86 1 Improductivo, Labor o Labradio secano, Pastos
7 Cabildo Insular de Fuerteventura 35030A00109010 1 9.010 431 - - - - - Hidrografía natural (Barranco)
8 Herederos de: Mederos Gutierrez Higinio; Mederos Chocho Higinio; Mederos Chocho Margarita Mederos Chocho María Isabel; Mederos Chocho Antonia Fabiola 35030A00100398 1 398 1.608 - - - - - Labor o Labradio secano
9 Comunidad Autónoma de Canarias 35030A00109022 1 9.022 156 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
10 Comunidad Autónoma de Canarias 35030A00209025 2 9.025 152 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
12 Ruiz Riverol Gregorio Zenon 35030A00200001 2 1 2.276 - - - - - Pastos
14 Garcia Urquia Maria Dolores; Cabrera García María Ercanación 35030A00200005 2 5 1.593 - - - - - Pastos
15 Frances Ruiz Marcos 35030A00200006 2 6 1.321 T87 69 1.600 T87 196 Pastos
15-1 Cabrera Rodriguez Carmelo 35030A00200849 2 849 - - - - T87 298 Pastos
15-2 Hernández Martin Lucia 35030A00200011 2 11 - - - - T87 310 Pastos
15-3 Cabrera Guardia Jose 35030A00200010 2 10 - - - - T87 79 Pastos
16 Hernández Martin Lucia 35030A00200007 2 7 2.007 - - - T87 434 Pastos
17 Garcia Urquia Maria Dolores; Cabrera García Francisco Gerardo 35030A00200012 2 12 1.244 T88 116 1.181 T88 64 Pastos
18 Ayuntamiento de Tuineje 35030A00209005 2 9.005 89 - - 166 - - Vía de comunicación de dominio público
19 Garcia Urquia Maria Dolores; Cabrera García María Encarnación; Cabrera García Juan; Cabrera García Francisco; Cabrera García Félix; Cabrera García Sergío 35030A00200018 2 18 716 - - 254 - - Pastos
20 Garcia Urquia Maria Dolores; Cabrera García María Ercanación 35030A00200019 2 19 2.280 - - 0 - - Pastos
22 Peñate Aguilar Marcos 35030A00200028 2 28 1.829 - - 0 - - Pastos
23 Mederos Morales Maria 35030A00200039 2 39 1.385 - - 0 - - Pastos
27 Cabrera Cabrera Herminia 35030A00200038 2 38 3.625 T89 98 1.595 T89 105 Pastos
27-2 Peñate Aguilar Marcos 35030A00200120 2 120 - - - - T89 407 Improductivo, Labor o Labradio secano, Pastos
27-3 Garcia Mederos Georgina 35030A00200113 2 113 - - - - T89 62 Pastos
27-4 Betancor Rodriguez Petra Ponciana 35030A00200112 2 112 - - - - T89 164 Pastos
27-5 Trujillo Marrero Miguel 35030A00200099 2 99 - - - - T89 371 Improductivo, Labor o Labradio secano, Pastos
28 Rodriguez Miguel 35030A00200105 2 105 1.793 - - 6 T89 767 Pastos
29 Velazquez Garcia Gines 35030A00200037 2 37 2.607 T90 51 859 T90 274 Pastos
30 Hernandez Acosta Higinia 35030A00200107 2 107 2.352 T90 26 742 T90, T89 1.026 Labor o Labradio secano, Pastos
31 Rodriguez Hernandez Antonio; Rodriguez Hernandez Victor; Rodriguez Betancor Juana de La Salud; Peña Garcia Bernardo de San Andres 35030A00200111 2 111 373 - - - T89 407 Pastos
32 Herederos de: Rodriguez Delgado Margarita 35030A00200110 2 110 1.913 - - 431 T89 145 Pastos
33 Soto López Antonia 35030A00200109 2 109 2.328 T91 98 1.170 T91 345 Pastos
33-1 Garcia Cabrera Margarita Carmen; Melián Alonso Gregorio; Garcia Cabrera Petra; Garcia Cabrera Diego 35030A00200121 2 121 - - - - T91 569 Pastos
34 Herederos de: Rodriguez Delgado Margarita 35030A00200122 2 122 343 - - - - - Pastos
35 Garcia Urquia Maria Dolores; Cabrera García Félix José 35030A00200123 2 123 2.641 - - - - - Pastos
36 Aguiar Amador Jose; Aguiar Aguiar María del Carmen; Aguiar Pérez Lorena; Pérez Ávila María; Aguiar Pérez José Juan 35030A00200126 2 126 2.153 T92 98 1.121 T92 54 Pastos
37 Ruiz Garcia Olga 35030A00200127 2 127 270 - - - - - Pastos
38 Herederos de: Rodriguez Delgado Margarita 35030A00200125 2 125 414 - - 480 T92 756 Pastos
39 Cabrera Guardia Jose 35030A00200128 2 128 488 - - - - - Pastos
40 Ayuntamiento de Tuineje 35030A00200764 2 764 726 - - - - - Pastos
41 Zirpolo Cabrera Amancay 35030A00200129 2 129 1.011 - - - - - Pastos
42 Herederos de: Mateos Rodriguez Antonio 35030A00200154 2 154 1.723 - - - - - Pastos
43 Ruiz Garcia Olga 35030A00200157 2 157 1.832 - - 314 T92 56 Pastos
45 Herederos de: Mederos Gutierrez Higinio; Mederos Chocho Higinio; Mederos Chocho Margarita; Mederos Chocho María Isabel; Mederos Chocho Antonia Fabiola 35030A00200159 2 159 513 T93 108 933 T92, T93 723 Pastos
47 Ayuntamiento de Tuineje 35030A00209007 2 9.007 97 - - 176 - - Vía de comunicación de dominio público
48 Soto Cabrera Antonio 35030A00200158 2 158 553 - - 178 T94 104 Pastos
50 Herederos de: Mederos Gutierrez Higinio; Mederos Chocho Higinio; Mederos Chocho Margarita; Mederos Chocho María Isabel; Mederos Chocho Antonia Fabiola 35030A00200160 2 160 971 - - - T94 131 Pastos
53 Ruiz Garcia Olga 35030A00200161 2 161 2.029 - - - T94 234 Pastos
54 Herederos de: Martin Mesa Roque 35030A00200162 2 162 1.596 - - - T94 163 Pastos
55 Cabildo Insular de Fuerteventura 35030A00209018 2 9.018 839 - - - T89, T94, T91 885 Hidrografía natural (Barranco)
57 Casañas Lopez Alfredo Jose; Bolaños Afonso Francisco; Herederos de: Franco Cruz Juan; Ramirez Gonzalez Sabina Rosario; Casañas Lopez Alfredo Jose 35030A00200163 2 163 1.275 - - - T94 501 Pastos
58 Ruiz Garcia Olga 35030A00200141 2 141 397 - - 445 T94 67 Pastos
59 Cabrera Cabrera Pedro 35030A00200173 2 173 174 - - 0 T94 210 Pastos
61 Cabrera Cabrera Juan 35030A00200164 2 164 1.261 T94 84 1.156 T94 96 Pastos
61-1 Cabrera Perez Antonio Javier 35030A00200174 2 174 - - - - T94 319 Pastos
61-2 Garcia Peña Miguel 35030A00200172 2 172 - - - - T94 123 Pastos
61-3 Herederos de: Mederos Gutierrez Higinio 35030A00200171 2 171 - - - - T94 138 Pastos
62 Herederos de: Evora Velazquez Matilde; Mederos Reyes Maria Cristina; (Herederos de) Mederos Reyes Roberto; Mederos Reyes Juan; Mederos Reyes Agustin; Mederos Reyes Aramita Maria De La Luz; Mederos Reyes Ciriaco; Mederos Reyes Maria; Mederos Suarez Maria Asuncion; Mederos Suarez Nuria; Mederos Suarez Aurelio 35030A00200166 2 166 930 - - - - - Pastos
63 Cabrera Garcia Antonia 35030A00200169 2 169 914 - - - - - Pastos
64 Armas Peñate Nicolas; Armas Peñate Maria Pilar; Armas Peñate M Rosario 35030A00200194 2 194 4.281 - - 179 - - Improductivo, Labor o Labradio secano
65 Herederos de: Peñate Cabrera Juan; Peñate Cabrera Marcos José 35030A00200196 2 196 13.965 T95, T96 195 2.933 T95, T96 661 Pastos
65-1 Armas Peñate Nicolas; Armas Peñate Maria Pilar; Armas Peñate M Rosario 35030A00200199 2 199 - - - - T95 626 Improductivo, Pastos
67 Cabrera Betancor Luis; Reyes Lima Juana 35030A00200204 2 204 2.815 - - - - - Improductivo, Labor o Labradio secano, Pastos
68 Cabildo Insular de Fuerteventura 35030A00209017 2 9.017 299 - - 90 T95, T97 191 Hidrografía natural (Barranco)
69 Cabrera Betancor Bernardo; Gutiérrez Guerra Concepción 35030A00200205 2 205 1.613 - - - - - Pastos
70 Cabrera Cabrera Adelina del Carmen 35030A00200234 2 234 3.831 - - 89 T97 6 Pastos
72 Herederos de: Martin Mesa Roque 35030A00200233 2 233 1.901 T97 94 1.512 T97 199 Labor o Labradio secano, Pastos
73 Regalado Lopez Alejandra del Pilar; Salazar Garcia Nicolas; Moreno Garcia Cristina del Pino 35030A00200236 2 236 2.040 - - - - - Pastos
75 Herederos de: Evora Velazquez Matilde 35030A00200237 2 237 2.029 T98 84 1.600 T98 138 Pastos
76 Ayuntamiento de Tuineje 35030A00209003 2 9.003 76 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
77 Ayuntamiento de Tuineje 35030A00309002 3 9.002 78 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
78 Mesa Cabrera Luis Miguel 35030A00300012 3 12 777 - - - - - Labor o Labradio secano, Pastos
79 Armas Peñate Nicolas; Armas Peñate Maria Pilar; Armas Peñate M Rosario 35030A00300013 3 13 4.270 - - 352 T99 270 Pastos
80 Herederos de: Mederos Gutierrez Higinio 35030A00300014 3 14 - - - 70 T99 472 Pastos
82 Morales Morales Santiago Ramon 35030A00300057 3 57 7.494 T99, T100 181 2.740 T99, T100 1.527 Pastos
83 Promociones Agricolas e Industriales Canarias Sociedad Anónima; Importaciones Canarias de Automoviles Sociedad Anónima 35030A00300053 3 53 18.320 T101, T102 175 3.136 T102, T101 4.800 Labor o Labradio secano, Pastos, Improductivo
84 Ayuntamiento de Tuineje 35030A00309008 3 9.008 115 - - 74 T102, T101 117 Vía de comunicación de dominio público
85 Golf España Sociedad Anónima; Importaciones Canarias de Automoviles Sociedad Anónima 35030A00300052 3 52 15.868 T103 98 1.631 T102, T103 3.459 Pastos
86 Saa Padilla María Carmen de; Saa Padilla Juan de; Saa Padilla Lucas de; Saa Padilla Juana de 35030A00300051 3 51 6.160 - - - - - Pastos, Improductivo, Labor o Labradio secano
87 Cabildo Insular de Fuerteventura 35030A00309009 3 9.009 718 - - - T108 237 Hidrografía natural (Barranco)
88 Saa Padilla María Carmen de; Saa Padilla Juan de; Saa Padilla Lucas de; Saa Padilla Juana de 35030A00300126 3 126 12.204 T104 116 1.601 T-104 2.215 Pastos
88-1 Estupiñan Cruz Fernando 35030A00300728 3 728 - - - - T104 254 Pastos
89 Ayuntamiento de Tuineje 35030A00309010 3 9.010 100 - - 49 - - Vía de comunicación de dominio público
90 Saa Padilla María Carmen de; Saa Padilla Juan de; Saa Padilla Lucas de; Saa Padilla Juana de 35030A00300127 3 127 62.867 T105, T106, T107, T108, T109, T110, T111 654 10.979 T108, T105, T106, T107, T109, T110, T111 13.689 Pastos
91 Golf España Sociedad Anónima; Importaciones Canarias de Automoviles Sociedad Anónima 35030A00300128 3 128 2.107 - - 173 T111 179 Pastos
92 Guardia Quesada Mario 35030A00300130 3 130 17.931 T112, T113, T114 311 4.800 T111, T112, T113, T114 3.260 Pastos
93 Herederos de: Rodriguez Hernandez Jose 35030A00300133 3 133 8.338 T115 88 1.600 T114, T115 1.283 Pastos
95 Suarez Rodriguez Juan; Évora Suárez Rosa María 35030A00300135 3 135 5.201 T116 98 1.600 T116 125 Improductivo, Pastos
96 Ayuntamiento de Tuineje 35030A00309029 3 9.029 196 - - 1 - - Vía de comunicación de dominio público
97 Herederos de: Rodriguez Hernandez Jose 35030A00300132 3 132 643 - - - - - Pastos
98 Saa Padilla María Carmen de; Saa Padilla Juan de; Saa Padilla Lucas de; Saa Padilla Juana de 35030A00300136 3 136 7.432 T117 108 1.600 T117 792 Improductivo, Pastos, Platanos regadio
99 Herederos de: Suarez Armas Marina; Evora Suarez Marina del Jesus; Evora Suarez Maria Dolores 35030A00300147 3 147 1.100 - - - - - Improductivo, Pastos
100 Herederos de: Suarez Armas Sebastiana; Berriel Suárez Sebastiana 35030A00300149 3 149 10.466 T118 108 1.600 T118 1.236 Improductivo, Labor o Labradio secano, Pastos
101 Cabildo Insular de Fuerteventura 35030A00309031 3 9.031 1.043 - - - - - Hidrografía natural (Barranco)
102 Herederos de: Suarez Armas Sebastiana; Berriel Suárez Sebastiana 35030A00300225 3 225 2.027 - - - - - Pastos
103 Ayuntamiento de Tuineje 35030A00309030 3 9.030 458 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
104 Herederos de: Suarez Armas Marina; Evora Suárez Rosa María 35030A00300223 3 223 4.858 - - 317 - - Pastos
106 Herederos de: Suarez Armas Sebastiana; Berriel Suárez Sebastiana 35030A00300222 3 222 6.765 T119 90 1.278 T119 853 Pastos
107 Avila Acosta Noelia del Carmen 35030A00300874 3 874 808 - - - - - Pastos
110 Mayor Ventura Sebastian 35030A00300201 3 201 4.759 T120 104 2.200 T120, T121 977 Pastos
111 Prefabricados Tuineje Sociedad Anónima 35030A00300198 3 198 10.822 T121 127 2.463 T122, T121, T123 1.964 Pastos
112 Prefabricados Tuineje Sociedad Anónima 35030A00300197 3 197 9.087 T122 98 1.405 T122, T123 2.397 Pastos
112-1 Prefabricados Tuineje Sociedad Anónima 35030A00300777 3 777 - - - - T122 471 Pastos
113 Herederos de: Camejo Cubas Juan: Camejo Herrera Joaquina; Camejo Herrera Micaela; Camejo Herrera Dolores; Camejo Herrera María del Carmen; Camejo Herrera Fátima Inmaculada 35030A00300195 3 195 5.615 T123 84 1.534 T123 134 Pastos
114 Cubas Camejo Joaquina; Cubas Camejo Luis; Cubas Camejo Ma de Los Angeles; Cubas Camejo Juan; Cubas Camejo Tomas 35030A00300194 3 194 3.209 T124 98 1.415 T124 389 Pastos
114-2 Ayuntamiento de Tuineje 35030A00300190 3 190 - - - - T124 1.875 Pastos
117 Hernandez Hierro Jose Maria 35030A00300193 3 193 7.869 - - 261 T124 220 Labor o Labradio secano, Improductivo, Pastos
118 Plasencia Navarro Luis Manuel; Castillo Torres Carmen Delia 35030A00300895 3 895 344 - - - - - Pastos
119 Martinez Ramirez Damaso Jesus 35030A00300896 3 896 285 - - - - - Pastos
122 Hernandez Hierro José María; Hernandez Hierro Manuel 35030A00300189 3 189 6.471 T125, T126 167 3.020 T125, T126 975 Pastos
124 Hernandez Hierro Maria Carmen 35030A00300864 3 864 3.075 T126 31 1.143 - - Pastos
125 Hernandez Hierro Manuel; Martínez Hernández León Pedro 35030A00400255 4 255 21 - - - T127 332 Improductivo, Labor o Labradio secano, Pastos
126 Comunidad Autonoma de Canarias 35030A00309006 3 9.006 81 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
127 Comunidad Autonoma de Canarias 35030A00409001 4 9.001 483 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
128 Yucri Sociedad Limitada 35030A00400369 4 369 944 - - 150 T127 518 Pastos
129 Gonzalez Martin Angela; Gonzalez Martin Francisco; Gonzalez Martin Maria del Pino; Gonzalez Martin Paula; Gonzalez Martin Juan 35030A00400254 4 254 1.789 T127 55 856 T128, T127 456 Labor o Labradio secano, Pastos
130 Cabrera Santana Maria Asuncion; Garcia Matamala Maria Adoracion; Medina Hernandez Amelia del Pilar; Medina Hernandez Maria Elena; Medina Hernandez Ana Luisa; Medina Hernandez Modesta Maria; Medina Hernandez Miguel Alejo; Morales Garcia Elena; Morales Garcia Miguel 35030A00400253 4 253 3.132 T127 30 745 T127, T128, T129 1.075 Pastos
131A Herederos de: Roger Quesada Rafaela; Castro Roger Juana 35030A00400252 4 252 554 - - 51 T129, T128 265 Pastos
131B Herederos de: Roger Quesada Rafaela; Castro Roger Pedro 35030A00400252 4 252 498 T128 84 1.441 T128,T129 231 Pastos
131C Herederos de: Roger Quesada Rafaela; Diemivan Sociedad Limitada 35030A00400252 4 252 699 258 T128,T129 154 Pastos
131D Herederos de: Roger Quesada Rafaela; Castro Roger Aniceto 35030A00400252 4 252 999 T128,T129 176 Pastos
131E Herederos de: Roger Quesada Rafaela; Castro Santana Candelaria del Pino; Castro Santana Carmen Delia; Castro Santana Francisco Javier; Castro Santana José Miguel 35030A00400252 4 252 1.264 T128,T129 179 Pastos
131F Herederos de: Roger Quesada Rafaela; Castro Roger Rafaela 35030A00400252 4 252 1.339 T128,T129 206 Pastos
132 Cabrera Castro Francisco de La Peña; Castro Roger María Mercedes 35030A00400585 4 585 - - T129 190 Pastos
133 Herederos de: Roger Quesada Rafaela; Castro Roger José; Rodriguez Paredes Lupercio Raul; Agudelo Jaramillo Doris Eugeni 35030A00400584 4 584 - - - - T129 191 Pastos
134 Sanchez Velazquez Manuel Marcial 35030A00400249 4 249 9.051 T129 108 1.600 T129 373 Pastos
135 Cabildo Insular de Fuerteventura 35030A00409011 4 9.011 5.022 - - 431 - - Hidrografía natural (Barranco)
137 Sanchez Velazquez Manuel M 35030A00400238 4 238 1.043 T130 185 1.170 T130 48 Labor o Labradio secano, Improductivo, Invernaderos hortalizas, Pastos
138 Herederos de: Martin Mesa Roque 35030A00400361 4 361 1.197 - - 600 - - Pastos
140 Comunidad Autonoma de Canarias 35030A00409002 4 9.002 132 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
141 Comunidad Autonoma de Canarias 35030A01009024 10 9.024 145 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
142A (Herederos de) Martin Mesa Roque; Transporte Pablo de León Sociedad Limitada; Morales Morales Santiago Ramón 35030A01000646 10 646 2.154 T131 94 1.600 T131 255
142B (Herederos de) Martin Mesa Roque; Comercial Juanagus Jardines y Construcciones Sociedad Limitada 35030A01000646 10 646 1.554 600 T131 388 Pastos
143 Dominguez Cabrera Juan 35030A01000672 10 672 3.485 - - 300 0 0 Pastos
145 Comunidad Autonoma de Canarias 35030A01009002 10 9.002 71 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
146 Comunidad Autonoma de Canarias 35030A01109003 11 9.003 70 - - - - - Vía de comunicación de dominio público
147 Dominguez Cabrera Juan 35030A01100620 11 620 5.575 T132, T133 228 3.950 T133, T132 571 Labor o Labradio secano, Pastos, Improductivo
149 Cabildo Insular de Fuerteventura 35030A01109029 11 9.029 651 - - - - - Hidrografía natural (Barranco)
151 Diaz Hernandez Constancio; Cabrera Hernández Josefa; (Herederos de) Hernandez Moreno Miguel; Hernandez Cabrera Miguel Angel; Hernandez Cabrera Francisco Jose 35030A01100146 11 146 5.515 - - - T134 10 Pastos
152 Diaz Cabrera Rosa Ana 35030A01100609 11 609 2.214 - - - T134 1.257 Improductivo, Labor o Labradio secano, Pastos
153 Diaz Cabrera Teresa de La Gracia; Hernandez Diaz Maria Teresa 35030A01100139 11 139 2.084 T134 81 1.073 T134 251 Improductivo, Labor o Labradio secano, Pastos
154 Diaz Cabrera Felipa 35030A01100492 11 492 2.450 - - 1.128 T134 122 Labor o Labradio secano, Pastos
155 Diaz Cabrera Constancia 35030A01100608 11 608 651 - - 668 T135 16 Labor o Labradio secano, Pastos
157 Jandiasol Sociedad Limitada 35030A01100614 11 614 332 T135 77 1.533 T135 700 Pastos

Tramo Subterráneo

Parcela Proyecto Propietario Referencia Catastral Polígono Parcela Servidumbre Subterránea (m²) Cámara Empalme Superficie Camara Empalme (m2) Ocupación Temporal (m²) Acceso al Apoyo Servidumbre de paso (m²) Naturaleza del terreno
157 Jandiasol Sociedad Limitada 35030A01100614 11 614 368 - - 563 - - Pastos

Anexo

Declaración de impacto ambiental "Refuerzo del eje de transporte eléctrico a 66 kV por cambio de tensión a 132 kV de la Línea eléctrica AT-12/016, entre subestación de Gran Tarajal y Salinas". Promotor: Red Eléctrica de España. Término municipal: Tuineje y Puerto del Rosario. Expediente 2012/1153.

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias en la sesión celebrada el 30 de julio de 2013, en su sede de Santa Cruz de Tenerife, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero. Aprobar, a los solos efectos ambientales, la declaración de impacto ambiental, del proyecto denominado "Refuerzo del eje de transporte eléctrico a 66 kV por cambio de tensión a 132 kV de la línea eléctrica AT-12/016, entre subestación de Gran Tarajal y Salinas". Promotor: Red Eléctrica de España. Término municipal: Tuineje y Puerto del Rosario. Expediente 2012/1153, en aplicación de la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 11/1990, de 13 de julio, de Prevención del Impacto Ecológico, con las siguientes determinaciones:

a) El título del Proyecto presentado para su evacuación es "Línea de transporte de energía eléctrica a 132 kV de doble circuito Puerto del Rosario-Gran Tarajal" y "Nueva Subestación eléctrica Gran Tarajal".

b) El ámbito territorial de la actuación: Sector central de la isla de Fuerteventura. La línea en la subestación Nueva Salinas al noroeste del núcleo del puerto del Rosario (término municipal de Puerto del Rosario), para continuar en dirección suroeste, flanqueando por el norte y el noroeste los núcleos habitados de Triquivijate, Antigua y Valle de Ortega, hacia la zona del macizo de Betancuria y luego tomar rumbo sureste a través de los llanos centrales de los municipios de Antigua, pasando entre los núcleos urbanos de Agua de Bueyes y Tiscamanita y nuevamente tomar rumbo sur, dejando al oeste el núcleo urbano de Tuineje, para finalizar su recorrido aproximadamente dos (2) al norte del núcleo de Gran Tarajal perteneciente al término municipal de Tuineje.

c) El proyecto está promovido por la entidad mercantil Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima (REE)

d) El autor del proyecto es: Don Julio Alguacil Prieto (Ingeniero Industrial)

e) Los autores del estudio de impacto ambiental son: por parte de la empresa encargada del EsIA, Biosfera XXI Estudios Ambientales, Sociedad Limitada, Don Ricardo García Moral (Licenciado en Geología), por parte de REE llevando la dirección del EsIA, Doña Amaya Ibarguren Salesse (Licenciada en Ciencias Ambientales).

f) Al proyecto presentado se le ha aplicado la categoría de Evaluación de Impacto Ambiental.

g) La evaluación conjunta del impacto ecológico previsible, en opinión de los autores del estudio de impacto ambiental resulta ser – poco significativo- (valoración tomada de la página 820 del Estudio de Impacto Ambiental).

h) La Resolución del órgano ambiental actuante sobre la declaración de impacto ambiental solicitada resulta ser condicionada. Los condicionantes relacionados en el apartado m), se consideran, a todos los efectos, como parte integrante de esta Declaración de Impacto Ambiental.

i) La presente declaración de impacto ambiental tiene carácter vinculante, en aplicación del artículo 18.3 de la Ley territorial 11/1990.

j) Observaciones:

1. El proyecto tiene por objeto la ejecución de una nueva línea de doble circuito de 132 kV, que conecta la subestación de Nueva Salinas (Puerto del Rosario) y la nueva subestación de Gran Tarajal (Tuineje). La línea cuenta con dos tramos soterrados y uno intermedio aéreo. Los tramos soterrados, son cortos, con una longitud aproximada de 150 metros, y se corresponden con la salida y entrada de las subestaciones. El tramo en aéreo consta de 135 apoyos, con una longitud de aproximadamente 44 km.

2. El promotor plantea cuatro alternativas de trazado en aéreo y una soterrada (AS), además del estudio de la alternativa cero. Tras llevar a cabo la evaluación del proyecto, el promotor considera como la alternativa menos impactante la alternativa III, teniendo en cuenta factores como presencia de espacios naturales protegidos, espacios Red Natura 2000, especies de flora y fauna catalogadas, núcleos de población, planeamiento territorial y urbanístico, paisaje, ocupación del suelo, servidumbre, etcétera.

3. Durante el periodo de Información Pública se presentaron 81 alegaciones de particulares, Los Verdes de Canarias, Jandiasol Sociedad Limitada, y la Asociación de Vecinos "El Tabaibe" de Tiscamanita, expresando su oposición a la instalación del proyecto. Así mismo, consta en la copia del expediente, remitido por el órgano sustantivo, a la Viceconsejería de Medio Ambiente, que Red Eléctrica ha contestado las alegaciones en tiempo y forma, exponiendo sus propios argumentos para rebatir las alegaciones presentadas e invitando a los afectados a reuniones para informar y llegar a acuerdos amistosos con los afectados por expropiaciones o servidumbres.

4. Durante el mismo periodo de Información Pública se presentaron diversos informes de Administraciones, Instituciones y personas físicas o jurídicas afectadas por el proyecto:

En concreto el Cabildo de Fuerteventura y Ayuntamiento de Antigua muestran su rechazo al proyecto para que la línea eléctrica se lleve a cabo utilizando el trazado previsto por el Plan Insular de Fuerteventura y no por la alternativa elegida por el promotor. De los distintos escritos REE toma razón del contenido y contesta a los mismos mostrando su disconformidad, porque en la evaluación de la alternativa del trazado actual, provisto por el PIOF, causa mayor impacto que la alternativa que finalmente se propone.

5. El Servicio de Cultura y Patrimonio de Fuerteventura, consideran que la evaluación de impacto ambiental realizada para los proyectos de la línea y la subestación recoge la existencia de bienes culturales existente y establecen medidas preventivas, protectoras y correctoras idóneas para la protección y conservación de los citados bienes.

6. El proyecto se desarrolla fuera de los espacios naturales protegidos recogidos en la Red Canaria de Espacios Naturales, y se desarrolla fuera de los espacios integrantes de la Red Natura 2000.

7. Los principales impactos de la línea proyectada, que por sus características merecen especial atención, son:

Durante la fase de obras: en el tramo comprendido entre los apoyos 71-87 de la nueva línea se han detectado poblaciones de cuernúa (Caralluma burchardii), especie catalogada como "en peligro de extinción" en el Catálogo Canario de Especies Protegidas (Ley 4/2010, de 4 de junio). El EsIA del proyecto baraja la posibilidad de traslocar las plantas o poblaciones de cuernúa (C. burchardii), que sean afectadas por el proyecto. Dicha actuación es claramente incompatible con el régimen de protección de la especie y, en todo caso, deberá contar con la manifestación preceptiva de la Viceconsejería de Medio Ambiente del Gobierno de Canarias, dicha especie cuenta con un Plan de Conservación del Hábitat de la Cuernúa (Caralluma burchardii) que en su punto 5.1. indica que "se evitarán aquellas afecciones directas al hábitat de la especie que entrañen la destrucción o alteración de ejemplares", y además, en la Recomendación 1, establece que "En las subpoblaciones de prioridad alta y media se evitará roturar el terreno en un radio de unosn75 m en torno a los núcleos de población de Caralluma burchardii conocidos".

Durante la fase operativa:

.- Impacto paisajístico.

.- Riesgo de colisiones y electrocuciones sobre la avifauna que están incluidas en el Catálogo Canario de Especies Protegidas (Ley 4/2010, de 4 de junio) y el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESPRE) y del Catálogo Español de Especies Amenazadas (Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero). En particular las especies que podrán verse más afectadas son especies esteparias como Hubara canaria (Chlamydotis undulata fuerteventurae) "en peligro de extinción", Ganga ortega (Pterocles orientales) "Vulnerable", Corredor sahariano (Cursorius cursor". "Vulnerable", Alcaraván majorero (Burhinus oedicnemus insularum) (LESPRE). Otras especies que podrían verse afectas son, Guirre Busardo ratonero o Aguililla (Buteo buteo insularum) y cuervo (Corvus corax canariensis).

.- Efectos sinérgicos y acumulativos con la línea existente de 66 kV que atraviesa la ZEPA Llanos y Cuchillos de Antigua, durante el periodo en que ambas líneas estén operativas.

k) Los órganos ambientales oídos según la definición expresa del artículo 19 de la Ley territorial 11/1990, de 13 de julio, de Prevención del Impacto Ecológico, son el Cabildo de Fuerteventura y los Ayuntamientos de Puerto del Rosario, Antigua y Tuineje.

l) El órgano ambiental actuante es la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (COTMAC).

m) Condicionantes

Examinada la documentación aportada hasta la fecha, incluida en el expediente número 2010/2178, el contenido de las respuestas a las consultas realizadas y la obtenida como consecuencia del reconocimiento de campo efectuado, se establecen los siguientes condicionantes, a los solos efectos ambientales, de manera que se asegure la minimización de los posibles efectos ambientales negativos y que la realización de la actuación propuesta pueda considerarse ambientalmente viable.

1. La presente Declaración de Impacto Ecológico se emite, exclusivamente, para las actuaciones y actividades recogidas en el Proyecto Técnico y evaluadas en el Estudio de Impacto Ambiental y sendos estudios arqueológicos, denominado "Línea de transporte de energía eléctrica a 132 kV de doble circuito Puerto del Rosario-Gran Tarajal" y "Nueva subestación eléctrica Gran Tarajal". Cualquier modificación del Proyecto deberá remitirse a la Dirección General de Protección de la Naturaleza de la Viceconsejería de Medio Ambiente, la cual emitirá un informe acerca de si la modificación es o no significativa desde el punto de vista ambiental, analizando si comporta una mejora ambiental, si deviene del cumplimiento del condicionado de la presente Declaración o si, por el contrario, se justifica el sometimiento del proyecto a un nuevo procedimiento de evaluación de impacto ambiental, según lo dispuesto en la legislación vigente.

2. Tras finalizar la fase de instalación no podrán quedar restos de materiales procedentes de excavaciones y terraplenados, debiendo ser trasladados los excedentes a vertedero o bien utilizarse como préstamos. No obstante, siempre y cuando sea posible, los materiales serán reutilizados en la propia obra para mimetizar las estructuras de hormigón en su cara vista o en la propia restauración o acondicionamiento de accesos.

3. Además de la medida de pintado de los apoyos recogida en el EsIA, se deberán estudiar otras medidas (tratamientos de óxido, utilización de distintos tipos de apoyos, volúmenes constructivos, etcétera) tendentes a minimizar el impacto paisajístico que la línea eléctrica produce en aquellas zonas donde los mismos se hacen más visibles por su cercanía a carreteras, núcleos habitados y espacios naturales o con significación histórica, o vértices de cuencas visuales muy transitadas. Se dará cuenta de la solución adoptada al órgano ambiental para seguimiento de estas condiciones.

4. Se evitará cualquier tipo de afección sobre ejemplares o núcleos poblacionales de la cuernúa (Caralluma burchardii), es decir, no se podrán cortar, sepultar, eliminar o traslocar ningún ejemplar de dicha especie. El promotor deberá implementar las medidas o modificaciones que sean necesarias para evitar dicha afección, incluyendo el replanteo de los apoyos y la modificación de las pistas de acceso, si así procediese. Dichas modificaciones serán remitidas a la Viceconsejería de Medio Ambiente -con antelación al desarrollo de las actuaciones- tras lo cual se emitirá informe preceptivo y se adoptarán las medidas que se consideren oportunas, en virtud del Plan de Conservación del Hábitat (Decreto 180/2006, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Plan de Conservación del Hábitat de la Cuernúa (Caralluma buchardii)).

5. El trazado seleccionado de la línea de 132 kV entre la nueva subestación eléctrica de Puerto del Rosario y la nueva subestación de Gran Tarajal atraviesa, desde el apoyo T37 y T59, un hábitat estepario por una zona donde se identifica un punto negro por colisión de aves por la confluencia en el lugar de otra línea eléctrica que lo atraviesa de norte a sur. Dicha zona, situada al norte de núcleo urbano de Antigua, y que se extiende hacia la ZEPA "Llanos y Cuchillos de Antigua, es un área de paso y está identificada entre las más importantes para las especies esteparias primarias de Fuerteventura: alcaraván, hubara canaria, corredor y ganga. La instalación de la nueva línea de 132 en este tramo podría contribuir de manera significativa al riesgo potencial de colisiones en la zona, por tanto, antes de su instalación se deberá justificar que la alternativa elegida es la adecuada entre los apoyos T37 y T59. Dicha justificación requerirá el previo informe favorable del órgano administrativo de medio ambiente (Viceconsejería de Medio Ambiente). En el caso de que se determinara que la alternativa elegida no es la más adecuada para resolver los potenciales impactos citados, se deberán proponer otras que solventen los mismos, justificando su idoneidad, y sometiéndola, de nuevo, al previo informe favorable del órgano administrativo de medio ambiente (Viceconsejería de Medio Ambiente). Antes del inicio de las obras se aportará la documentación relativa exclusivamente a ese tramo concreto y, en caso de discrepancia, se elevará por los órganos discrepantes a la COTMAc para su resolución.

6. En relación con el patrimonio histórico detectado en el ámbito del proyecto, se deberán cumplir las determinaciones propuestas en el EsIA. No obstante lo anterior, deberán guardarse las siguientes determinaciones:

6.1 Durante la fase constructiva, un arqueólogo llevará a cabo labores de vigilancia para apreciar y valorar de posibles bienes culturales en el subsuelo, así como el adecuado cumplimento de las medidas preventivas.

6.2 En el supuesto caso que durante la realización de las obras se produjera el hallazgo de restos arqueológicos o paleontológicos, se paralizan inmediatamente las obras y se pondrá en conocimiento del Servicio de Patrimonio Histórico del Cabildo de Fuerteventura, quien deberá determinar las medidas a adoptar, y de la Viceconsejería de Medio Ambiente.

7. Sin perjuicio de lo contenido en el Plan de Vigilancia Ambiental, la instalación de sistema salvapájaros y el seguimiento de colisiones se llevará a cabo desde el momento en que la línea esté ejecutada total o parcialmente y haya entrado o no en funcionamiento, siguiendo para ellos las siguientes directrices:

a. El seguimiento deberá ser realizado por personal competente en la materia con experiencia o formación acreditada, utilizando para ello la metodología más apropiada dadas las condiciones del terreno.

b. El seguimiento de las colisiones se realizará con periodicidad mensual durante un mínimo de cinco años. Transcurrido dicho plazo se podrá reconsiderar la periodicidad del seguimiento sobre la base de los resultados obtenidos.

c. Los resultados obtenidos quedarán reflejados en un informe anual, que contendrá como mínimo la siguiente información:

i. Fecha, hora de inicio y hora de finalización de los muestreos que deben ser sistemáticos empleando en todos ellos la misma metodología, de acuerdo a las condiciones del terreno.

ii. Tabla de registros en la que figuren las coordenadas UTM y número de ejemplares, con especificaciones del sexo y la edad según el código de EURING.

iii. Si los ejemplares accidentales portaran anillas o cualquier otro dispositivo de marcaje (bandas alares, cintas, geolocalizadores o sistemas GPS, etc.) se anotarán todos los datos relativos a las mimas: inscripción completa, colores, disposición relativa de las mismas con respecto a las patas y a otras anillas que portará el ave, etc. Y se entregarán los dispositivos de marcaje a la Viceconsejería de Medio Ambiente del Gobierno de Canarias.

iv. Tiempo aproximado de la muerte en días y estado del cadáver (reciente, descompuesto, huesos y restos, depredado, etc.)

v. Fotografía del ejemplar.

vi. Identificación del personal que haga el seguimiento y autoría del informe de seguimiento.

vii. En un apartado de Observaciones, se debe incluir cualquier incidencia registrada fuera del periodo de búsqueda o colisiones detectadas en otros tramos de línea.

d. Se elaborarán informes anuales que se deberán remitir al órgano sustantivo y a la Viceconsejería de Medio Ambiente, antes del día 30 de enero del año siguiente.

8. Antes de la autorización definitiva de la puesta en marcha de la línea, se deberá presentar el proyecto de desmantelamiento del actual eje Subestación Salinas – Subestación Gran Tarajal de 66 kV que atraviesa la ZEPA Llanos y Cuchillos de Antigua, con el objeto de recabar informe sobre el particular, dado que el mismo pudiera estar afectado por la normativa vigente en materia de impacto ambiental. Sin perjuicio de lo anterior, se considera oportuno que previo al desmantelamiento de la actual línea de 66 kV, se realizará un estudio de aquellos tramos y apoyos que son utilizados por el Guirre (Neophron. Percnopterus), como dormideros. Los resultados de dicho estudio serán remitidos, junto con el proyecto de desmantelamiento, a la Viceconsejería de Medio Ambiente, que emitirá informe sobre los apoyos que, en su caso, deben ser conservados y las medidas a adoptar.

9. Tras el análisis de los documentos e informes que hayan de remitirse a los que se hace referencia en este Condicionado, la Viceconsejería de Medio Ambiente podrá proponer nuevos condicionantes y/o modificaciones de los establecidos, en función de una mejor consecución de los objetivos ambientales de la presente Declaración de Impacto Ambiental.

10. Se deberán adoptar todas aquellas determinaciones y medidas correctoras en el Proyecto Técnico y en el Estudio de Impacto Ambiental, siempre y cuando no vayan en contra de lo dispuesto en este Apéndice de Condicionantes.

11. Será responsabilidad única del Promotor la solución de cualquier tipo de problema o alteración del medio no prevista y causada por el desarrollo de la actividad en cualquiera de sus fases, tanto en la zona de actuación como en cualquier otra área distinta que se viera afectada, debiendo poner de forma inmediata todos los medios necesarios para paliar cualquier situación conflictiva y, de ser el caso, proceder a la restauración ambiental pertinente. En tales casos, se deberá informar a la Viceconsejería de Medio Ambiente con el fin de que, tras el análisis de las propuestas de corrección que proponga, arbitre la adopción de las medidas correctoras más adecuadas para efectuar la restauración ambiental del medio, de tal modo que no se advierta indicio alguno de que se haya producido alguna alteración.

12. La presenta Declaración de Impacto Ambiental caducará a los cinco años, contando el plazo a partir de la fecha de emisión de la correspondiente autorización para la realización de las obras. Por este motivo, el promotor deberá comunicar a este órgano ambiental, con la suficiente antelación, la fecha del comienzo de la ejecución del Proyecto.

Segundo. Dar traslado a la Viceconsejería de Medio Ambiente a efectos de que se practiquen las modificaciones y publicaciones que procedan.

En Santa Cruz de Tenerife, a 31 de julio de 2013. Belén Díaz Elías, Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias

Las Palmas de Gran Canaria, 18 de agosto de 2021.- Directora General de Energía, Rosa Ana Melián Domínguez.

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