BDNS (Identif.): 585748
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/585748)
Primero.-Beneficiarios.
Podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades que estando incluidas en el artículo 2.1 apartados b), c), g) y h) de la orden de bases, cumplan los requisitos marcados en el artículo 2.2 de la misma y en el artículo 26 de la convocatoria:
a) Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas.
b) Universidades públicas y sus institutos universitarios, que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
c) Centros Tecnológicos y los centros de apoyo a la innovación tecnológica sin ánimo de lucro de ámbito estatal, que estén inscritos en el Registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los centros tecnológicos y los centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales centros.
d) Otras personas jurídicas, públicas o privadas, sin ánimo de lucro, que según sus estatutos o normativa que los regule realicen actividades de I+D+i o generen conocimiento científico o tecnológico. Cuando estas entidades realicen actividades económicas y no económicas, las ayudas solo podrán ir dirigidas a estas últimas.
e) Agrupaciones de personas jurídicas, públicas o privadas que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos objeto de subvención. Las agrupaciones deberán estar conformadas por las entidades mencionadas en los apartados anteriores.
Segundo.-Objeto.
Regular la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de proyectos de investigación que promuevan la aplicación del conocimiento científico para la toma de decisiones en la planificación y gestión de la biodiversidad para el año 2021:a) Transición energética y biodiversidad terrestre y marina. b) Biodiversidad marina y espacios marinos protegidos.c) Corredores biológicos e infraestructura verde.
Estas ayudas complementan la consecución de los hitos nº 65 y 66 del componente 4 del PRTR, en el marco de la inversión 1 (C4. I1.), digitalización y conocimiento del patrimonio natural y se pretende llevarla a cabo mediante la contribución de los proyectos financiados al avance científico en torno a sus líneas prioritarias y permitir así el desarrollo de conocimientos, fomento de la tecnología, metodologías innovadoras, procesos e infraestructuras.
Tercero.-Bases reguladoras.
Orden TED/1016/2021, de 20 de septiembre, por la que se aprueban las Bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., para apoyo a programas y proyectos de investigación en materia de gestión de la biodiversidad, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Cuarto.-Dotación.
La dotación máxima global de la convocatoria es de hasta 2.500.000,00 euros. El importe máximo a conceder por cada solicitud de ayuda será de hasta 400.000,00 euros.
Quinto.-Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de sesenta días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Sexto.-Otros datos.
El texto completo de la convocatoria, así como el resto de la información relevante del proceso estará publicado en la página web de la Fundación Biodiversidad, www.fundacion-biodiversidad.es.
Madrid, 28 de septiembre de 2021.- La Directora de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., Elena Pita Domínguez.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid