Está Vd. en

Documento BOE-B-2021-40841

Extracto de la Resolución 28 de Septiembre de 2021 de la Dirección de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., por la que se aprueba la publicación de la Convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de actuaciones dirigidas a la renaturalización y resiliencia de ciudades españolas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia correspondiente a 2021

Publicado en:
«BOE» núm. 237, de 4 de octubre de 2021, páginas 55877 a 55878 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2021-40841

TEXTO

BDNS (Identif.): 585986.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/585986)

Primero.-Beneficiarios.

Podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades que cumplan los requisitos marcados en el artículo 2.2 de la orden de bases y estén incluidas el artículo 26 de la convocatoria:

a) Ayuntamientos de capitales de provincia o municipios que cuenten con más de 50.000 habitantes conforme al censo oficial proporcionado por el INE 2020.

Podrán así mismo obtener la condición de beneficiarias las siguientes entidades, siempre y cuando se integren en agrupaciones de beneficiarios junto con al menos un municipio que cumpla las condiciones del apartado 1.a), que deberá en todos los casos actuar como representante de la agrupación:

a) Ayuntamientos de municipios que cuenten con una población de más de 20.000 habitantes.

b) Entidades y organizaciones sin ánimo de lucro. Cuando estas entidades realicen actividades económicas y no económicas, las ayudas solo podrán ir dirigidas a estas últimas.

c) Organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas.

d) Universidades públicas y sus Institutos universitarios que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

e) Centros tecnológicos y los centros de apoyo a la innovación tecnológica sin ánimo lucro de ámbito estatal que estén inscritos en el Registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los centros tecnológicos y los centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales centros.

f) Centros públicos o privados sin ánimo de lucro de I+D+i que en sus estatutos o en la normativa que los regule tengan la I+D+i como actividad principal.

En el supuesto de agrupaciones deberán cumplir las condiciones del artículo 2.3. de las bases reguladoras. Para todos los casos, los municipios que integren las agrupaciones, deben ser limítrofes y participar de un proyecto común.

Segundo.-Objeto.

Ayudas para el fomento de actividades que contribuyan a la renaturalización urbana, incrementando la infraestructura verde y la conectividad de los espacios verdes y azules, con el objetivo de incrementar la biodiversidad y su conservación y la adaptación al cambio global y de mejorar la habitabilidad de las capitales de provincia y otras ciudades españolas de más de 50.000 habitantes. Estos proyectos abordarán de forma integral estos objetivos y sus resultados deberán ser por sí mismos perdurables en el tiempo.

Estas ayudas complementan la consecución de los objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Concretamente. Apoyarán el cumplimiento del componente 4 "alcanzar un buen estado de conservación de los ecosistemas mediante su restauración ecológica cuando sea necesaria". Para ello, se realizarán actuaciones recogidas en la inversión 3 (C4.I3), "restauración de ecosistemas naturales y fomento de la conectividad e iniciativas en entornos urbanos destinadas a su reverdecimiento y acercamiento de la naturaleza", que apoyarán a su vez a la implementación de la reforma 2, "restauración de ecosistemas e infraestructura verde".

Tercero.-Bases reguladoras.

Orden TED/1018/2021, de 20 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., para fomentar actuaciones dirigidas a la renaturalización y resiliencia de ciudades españolas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2021.

Cuarto.-Dotación.

La dotación máxima global de la convocatoria es de hasta 58.000.000,00€. El importe mínimo de la ayuda a conceder por cada solicitud de ayuda será de al menos 2.000.000,00 € y el importe máximo será de hasta 4.000.000,00 €.

Quinto.-Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de solicitudes será de sesenta días hábiles a partir del día siguiente a la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Sexto.-Otros datos.

El texto completo de la convocatoria, así como el resto de la información relevante del proceso estará publicado en la página web de la Fundación Biodiversidad, www.fundacion-biodiversidad.es

Madrid, 28 de septiembre de 2021.- La Directora de la Fundación Biodiversidad, F.S.P, Elena Pita Domínguez.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid