El Consejo de Administración, en uso de las facultades conferidas por el artículo 30.5 n) del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, ha otorgado con fecha 5 de octubre de 2020 una concesión de dominio público al "Cabildo de Lanzarote", cuyas características son:
Puerto: Arrecife, Lanzarote.
Destino: Almacenes de pertrechos y almacén de hielo donde la Cofradía de Pescadores de Lanzarote realizará su actividad.
Situada: Área Funcional 5.
Superficie: 387,97 metros cuadrados.
Tasas correspondientes al año 2020:
a) Ocupación de terreno: 1.394,78 euros/año.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 181.c) del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, se aplicará la bonificación del 50 % de la cuota correspondiente a la tasa de ocupación.
b) Tasa de Actividad: 1% sobre el volumen de negocio neto anual.
Plazo: 15 años.
Las Palmas de Gran Canaria, 23 de noviembre de 2020.- Presidente, Luis Ángel Ibarra Betancort.
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