El Consejo de Administración, en la sesión celebrada el 11 de octubre de 2021 acordó la adaptación de la Licencia para la prestación del servicio portuario de amarre y desamarre de buques en el Puerto de Las Palmas (que incluye los puertos de Salinetas y Arinaga), al pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de amarre y desamarre de buques en el Puerto de Las Palmas, aprobado en sesión del Consejo de la Autoridad Portuaria de 14 de diciembre de 2020, a favor de la entidad mercantil "Servicios Portuarios Canarios, S.L. (SEPCAN)", por un plazo de seis años, en los términos que constan en la Resolución.
Lo que se publica para general conocimiento de conformidad con el art. 115.3 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Las Palmas de Gran Canaria, 15 de octubre de 2021.- Presidente, Luis Ángel Ibarra Betancort.
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