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Documento BOE-B-2021-4389

JAÉN

Publicado en:
«BOE» núm. 28, de 2 de febrero de 2021, páginas 5758 a 5758 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2021-4389

TEXTO

Edicto

El Juzgado de Primera Instancia n.º 7 de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC), anuncia:

1º.- Que en el procedimiento concursal número 51/21 con NIG 2305042120290011853 por auto de fecha 13-1-21 se ha declarado en concurso de acreedores al deudor D.ª Ana María Cruz López con nif n.º 25996082X.

2º.- Se acuerda la apertura de la fase de liquidación y la suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título VIII del TRLC

3º.- Se acuerda la extinción del derecho a la obtención de alimentos con cargo a la masa activa.

4º.- Los concursados y los acreedores, dentro del plazo de quince días desde la presente publicación podrán formular alegaciones al plan de pagos. Podrán formular también observaciones sobre la concurrencia de los requisitos exigidos para acordar el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho del concusado. Los acreedores también podrán solicitar, mediante escrito razonado, la apertura de la sección de calificación (art.719.1 DE TRLC.)

5º.- Que los acreedores de los concursados deberán dirigir a la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en los art. 256 y 257 del TRLC. A estos efectos se informa que la Administración Concursal designada ha sido:

D. Sergio Berrios Mesa. Domicilio: C/ Virgen de la Cabeza, n.º 2b,. 1º h de Jaén. Profesion: Economista.

Correo electrónico: sberriosm@economistas.org

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el «Boletín Oficial del Estado» y Registro Público Concursal.

No necesitarán solicitar reconocimiento los titulares de créditos que hubieran firmado el acuerdo extrajudicial.

6º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 512).

7º.- La dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es la siguiente: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/

Jaén, 28 de enero de 2021.- La Letrda de la Administración de Justicia, Inmaculada Barajas Rojas.

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