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Documento BOE-B-2021-4398

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 28, de 2 de febrero de 2021, páginas 5767 a 5767 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2021-4398

TEXTO

Hace saber:

1.- Que en el Concurso consecutivo 560/2020, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2020/0091734, seguido en el Juzgado de Primera Instancia 99 de Madrid, por auto de fecha 24/9/2020, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a Dña. Esther Basilio Asensio, con número de identificación 80079831-H, y domiciliado en calle Francisco Silvela 79, planta 7, puerta 1, 28028 Madrid

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración Concursal

4.- Que el Administrador Concursal designado en dicho auto César Tomás Martín Morales, no aceptó el cargo, designándose en providencia de fecha 20/10/2020 nuevo Administrador Concursal a don Francisco Serrano Díaz que no acepto el cargo, designándose en providencia de fecha 18/12/20 nuevo Administrador Concursal a Dña. Leticia Martín-Montalvo Fernández, abogada, con núm. de colegiación 88.366 del ICAM, y domicilio en C/ Ortega y Gasset 84, piso 2º centro, 28006, Madrid, teléfono móvil 639.537.102 y correo eléctrico leticia@abantesabogados.com., habiendo aceptado el cargo en fecha 26/01/2021, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones, en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

7.- Que se ha procedido a la apertura de la fase de Liquidación del concurso en los términos previstos en el artículo 191 ter de la Ley Concursal.

Madrid, 28 de enero de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Luis Jorge Rodríguez Díez.

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