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Documento BOE-B-2021-4489

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 28, de 2 de febrero de 2021, páginas 5858 a 5858 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-4489

TEXTO

Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil nº 1 de Las Palmas, por el presente,

Hace saber: Que en el procedimiento concursal número 283/2013, se ha dictado en fecha auto declarando la conclusión del concurso de la persona natural DON CARLOS ESCOBIO JIMÉNEZ, con NIF 42.833.875D, y cuya parte dispositiva el del tenor literal siguiente:

Se declara la CONCLUSIÓN del concurso de D. CARLOS ESCOBIO JIMÉNEZ por finalización de la liquidación, con los siguientes efectos:

1.- Cesarán las limitaciones sobre las facultades de administración y de disposición del concursado y cesará la administración concursal.

2.- Se acuerda el archivo de las actuaciones, sin más excepciones que las establecidas en esta ley.

3.- En caso de conclusión del concurso por liquidación o insuficiencia de masa activa, el deudor persona natural quedará responsable del pago de los créditos insatisfechos, salvo que obtenga el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho.

4.- Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia firme de condena.

Las Palmas de Gran Canaria, 28 de enero de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Águeda Reyes Almeida.

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