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Documento BOE-B-2021-4686

Anuncio de la Dirección General de Planificación y Evaluación de la Red Ferroviaria sobre la aprobación del expediente de información pública y audiencia y aprobación definitiva del "Estudio Informativo del proyecto nueva estación intermodal de Ourense".

Publicado en:
«BOE» núm. 29, de 3 de febrero de 2021, páginas 6109 a 6109 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-B-2021-4686

TEXTO

Con fecha 10 de diciembre de 2020, el Secretario de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha resuelto:

Primero: Hacer constar que el expediente reseñado cumple con lo preceptuado en el artículo 10 del vigente Reglamento del Sector Ferroviario (R. D. 2387/2004).

Segundo: Aprobar el Expediente de Información Pública y Audiencia, y definitivamente el "Estudio Informativo del proyecto nueva estación intermodal de Ourense".

Tercero: La solución definitivamente aprobada se corresponde con la sometida a información pública y audiencia.

Cuarto: La solución definitivamente aprobada modifica y/o sustituye aquellos aspectos que en su ámbito de actuación resulten comunes con el "Estudio Informativo del Proyecto de Integración Urbana y Acondicionamiento de la Red Ferroviaria de Ourense", aprobado mediante Resolución del Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda del Ministerio de Fomento de fecha 3 de marzo de 2014.

Quinto: La redacción y aprobación de los proyectos constructivos y la ejecución de las obras corresponderá al administrador de la infraestructura ferroviaria, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 38/2015 del Sector Ferroviario.

Sexto: Con fecha 16 marzo 2018, publicada en BOE nº 76 de 28/03/2018, se emite la Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, por la que se formula informe de impacto ambiental del Proyecto Nueva Estación Intermodal de Ourense. En los proyectos constructivos que desarrollen la solución aprobada se tendrán en cuenta las medidas y condiciones establecidas en el documento ambiental y en dicha resolución.

Séptimo: La presente Resolución pone fin a la vía administrativa. En consecuencia, y sin perjuicio de que pueda utilizarse cualquier otro recurso, tal como señala el artículo 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la presente Resolución podrá interponerse recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación o notificación de esta Resolución, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Madrid, 28 de enero de 2021.- El Subdirector General de Planificación Ferroviaria, Jorge Ballesteros Sánchez.

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