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Documento BOE-B-2021-4957

TOLEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 31, de 5 de febrero de 2021, páginas 6478 a 6478 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-4957

TEXTO

D. Alfonso José Moreno Moreno, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil de Toledo, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I declaración concurso 388/2020 y NIG 45168 41 1 2020 0003398, se ha dictado en fecha 28 de enero de 2020 Auto de declaración de concurso consecutivo del deudor David Menchel Martín, con D.N.I. 53.800.265-E, con domicilio en la Calle Granados, 7ª, 45200, de la localidad de Illescas (Toledo).

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal a D. Álvaro Martínez-Medina Amat, con D.N.I. núm. 48.314.758-S, con domicilio postal en la Calle Colón, núm. 20, 4-8 B, de Valencia, 46004, y dirección electrónica alvaro@economoiuris.com señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en los artículos 28.1,5º y 255 y siguientes del Texto Refundido de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- Se pone de manifiesto que no se admitirán comunicaciones de créditos ni otros actos de comunicación con la Administración concursal a través del Juzgado.

5º.- Se ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso, y se ha puesto de manifiesto en la Oficina Judicial el Plan de Liquidación de los bienes y derechos de los concursados, elaborado por el mediador/administrador concursal.

El deudor y los acreedores pueden, en el plazo de quince, computados desde la fecha en que ha quedado de manifiesto el plan, formular observaciones y propuestas de modificación al mismo.

Toledo, 2 de febrero de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia, Alfonso José Moreno Moreno.

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