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Documento BOE-B-2021-4959

TOLEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 31, de 5 de febrero de 2021, páginas 6480 a 6480 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-4959

TEXTO

Don Alfonso José Moreno Moreno, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil de Toledo, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 517/2020 y NIG nº 45168 41 1 2020 0009507, se ha dictado en fecha 14 de enero de 2021 Auto de declaración de concurso consecutivo del deudor Confecciones George, S.L.U., con C.I.F. B45335486, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la calle Cercona nº 21, de Gamonal (Toledo), 45613.

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición que ejercerá la Administración concursal.

Se ha designado como Administración concursal a don Emilio Fernando Gutiérrez Gracia, con D.N.I. 4.173.095-K, con domicilio postal en la calle San Clemente, número 11-C, Local 2, de Talavera de la Reina (Toledo) y dirección electrónica concursos@emiliogutierrezabogado.es, señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en los artículos 28.1,5º y 255 y siguientes del Texto Refundido de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- Se pone de manifiesto que no se admitirán comunicaciones de créditos ni otros actos de comunicación con la Administración concursal a través del Juzgado.

5º.- Se ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso, y se ha puesto de manifiesto en la Oficina Judicial el Plan de Liquidación de los bienes y derechos de los concursados, elaborado por el Mediador/Administrador concursal.

El deudor y los acreedores pueden, en el plazo de quince días, computados desde la fecha en que ha quedado de manifiesto el plan, formular observaciones y propuestas de modificación al mismo.

Toledo, 2 de febrero de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia, Alfonso José Moreno Moreno.

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