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Documento BOE-B-2021-50713

Resolución de la Dirección General de Trabajo por la que se anuncia el depósito de la modificación de los estatutos de la asociación empresarial denominada "Asociacion AEVEA", con número de depósito 99005956.

Publicado en:
«BOE» núm. 300, de 16 de diciembre de 2021, páginas 74252 a 74252 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-B-2021-50713

TEXTO

Ha sido admitido el depósito de la modificación de estatutos de la mencionada asociación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical (Boletín Oficial del Estado de 4 de abril de 1977) y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).

La solicitud de depósito fue formulada por D. Álvaro José Salamanca García mediante escrito tramitado con el número de entrada 99/2021/002737.

Dicha asociación fue constituida al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación, y depositada en el Registro Nacional de Asociaciones en la sección 1, número nacional 607864, con fecha de constitución 17 de febrero de 2015.

La Asamblea General Extraordinaria celebrada el 6 de julio de 2021 adoptó el acuerdo de modificar los artículos 1, 2, 4 y 37 de los estatutos de esta asociación, incluyendo la modificación de su régimen jurídico. El certificado aparece suscrito por D. Álvaro José Salamanca García como Secretario General Y Dª María del Mar García Ruiz en calidad de Presidenta.

Los estatutos recogen en su artículo 1 la regulación por la Ley 19/1977, de 1 de abril; su domicilio social es el establecido en el artículo 4, su ámbito funcional en el artículo 24 y su ámbito territorial es estatal.

Se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado y su exposición en el tablón de anuncios, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.

La resolución pone fin a la vía administrativa. Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y solicitar copia del mismo en este Centro Directivo, siendo posible impugnarlo ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (Boletín Oficial del Estado de 11 de octubre de 2011).

Madrid, 12 de diciembre de 2021, La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.

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