Ha sido admitido el depósito de la modificación de estatutos de la mencionada asociación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical (Boletín Oficial del Estado de 4 de abril de 1977) y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).
La solicitud de depósito fue formulada por Dña. Elena Santiago Monedero mediante escrito tramitado con el número de entrada 99/2021/002918.
La Asamblea General celebrada el 26 de noviembre de 2021 adoptó por unanimidad el acuerdo de modificar los artículos 1, 17 y 18, artículos del 21 al 24 ( ahora artículos del 20 al 23), artículos 26, 27 y 29 (ahora artículos 25, 26 y 28), artículos del 31 al 33 ( ahora artículos del 30 al 32) y artículos 35, 36, 39, 41, 45 y 47 ( ahora artículos 34, 35, 38, 40, 44 y 46) de los estatutos de esta asociación.
El certificado aparece suscrito por Dña. Elena Santiago Monedero como Secretaria General y por D. Pedro Rognoni Escario como Presidente.
Se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado y su exposición en el tablón de anuncios, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
La resolución pone fin a la vía administrativa. Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y solicitar copia del mismo en este Centro Directivo, siendo posible impugnarlo ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (Boletín Oficial del Estado de 11 de octubre de 2011).
Madrid, 12 de diciembre de 2021, La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.
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