El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, en sesión celebrada en fecha 27 de octubre de 2021, acordó la extinción a la COMPAÑÍA TRASMEDITERRÁNEA, S.A. de la licencia nº3 del Pliego de Prescripciones Particulares del Servicio Portuario al Pasaje en los puertos de Palma, Alcúdia, Maó, Eivissa y la Savina, para la prestación del servicio al Pasaje en los tráficos de pasaje en régimen de transporte y para tráficos de crucero en el puerto de Maó, en los términos establecidos en la prescripción 9 del Pliego, de conformidad con lo señalado en el artículo 119 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y la Marina Mercante, aprobado por RDL 2/2011, con efectos a partir del día siguiente de la publicación del acuerdo en el Boletín Oficial del Estado.
Contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, en el plazo de un mes, recurso de reposición potestativo, ante el órgano que ha resuelto, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al conocimiento de la presente notificación, sin perjuicio de que pueda ejercer, en su caso, cualquier otro que estime procedente.
Palma, 16 de diciembre de 2021.- El Presidente, Francesc Antich Oliver.
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