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Documento BOE-B-2021-52808

Resolución de 27 de diciembre de 2021, de la Subdelegación del Gobierno en Huesca, sobre finalización y revocación de procedimientos sancionadores.

Publicado en:
«BOE» núm. 313, de 30 de diciembre de 2021, páginas 77931 a 77933 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Política Territorial
Referencia:
BOE-B-2021-52808

TEXTO

Vistos los procedimientos sancionadores que figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución y analizados los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Esta Subdelegación del Gobierno dictó en su momento resolución sancionadora respecto de los procedimientos objeto de la presente resolución y relacionados en el Anexo, por incumplimiento de los apartados 1, 3 o 5 del artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, de conformidad con las instrucciones cursadas por el Ministro del Interior a las Delegaciones del Gobierno, en las que se consideraba que el incumplimiento de tales preceptos constituía desobediencia a las órdenes del Gobierno y su inobservancia subsumida dentro de la infracción grave del artículo 36.6 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana.

SEGUNDO.- En las mencionadas resoluciones se imponían sanciones de multa, no constando que se haya procedido al pago de las mismas.

Y teniendo en cuenta los siguientes FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- El artículo 57 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispone que ''El órgano administrativo que inicie o tramite un procedimiento, cualquier que haya sido la forma de su iniciación, podrá disponer, de oficio o a instancia de parte, su acumulación a otros con los que guarde identidad sustancial o íntima conexión, siempre que sea el mismo órgano que deba tramitar y resolver el procedimiento. Contra el acuerdo de acumulación no procederá recurso alguno''.

SEGUNDO.- La Sentencia del Tribunal Constitucional, Pleno, número 148/2021, de 14 de julio, estimó parcialmente el recurso de inconstitucionalidad nº 2054-2020 interpuesto contra el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y declaró inconstitucionales y nulos los apartados 1, 3 y 5 de su artículo 7, con el alcance y efectos señalados por la propia sentencia.

TERCERO.- El artículo 40.1 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional establece que ''Las sentencias declaratorias de la inconstitucionalidad de Leyes, disposiciones o actos con fuerza de Ley no permitirán revisar procesos fenecidos mediante sentencia con fuerza de cosa juzgada en los que se haya hecho aplicación de las Leyes, disposiciones o actos inconstitucionales, salvo en el caso de los procesos penales o contencioso-administrativos referentes a un procedimiento sancionador en que, como consecuencia de la nulidad de la norma aplicada, resulte una reducción de la pena o de la sanción o una exclusión, exención o limitación de la responsabilidad''.

CUARTO.- De acuerdo con el artículo 109.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas ''Las Administraciones Públicas podrán revocar, mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción, sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, ni sea contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico''.

QUINTO.- La competencia para dictar la presente resolución sobre revocación corresponde a este órgano, toda vez que la competencia para la resolución de procedimientos administrativos sancionadores por infracciones graves en este ámbito la ostentan los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas y en las Ciudades de Ceuta y Melilla, de conformidad con el artículo 32.1.c) de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana. Dicha competencia ha sido delegada en la Subdelegada del Gobierno en Huesca mediante Resolución de fecha 14/07/2015 (BOE de 17/07/2015). En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos mencionados y en uso de las facultades conferidas,

RESUELVO

PRIMERO.- Acordar la acumulación y la revocación de los procedimientos que figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, anulando las resoluciones sancionadoras emitidas.

SEGUNDO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, al apreciar razones de interés público.

La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de UN MES contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente resolución.

850/2020 18096629E Huesca Resolución LO 4/2015
866/2020 18095136R Huesca Resolución LO 4/2015
871/2020 17699885M Huesca Resolución LO 4/2015
949/2020 Y7305451K Fraga Resolución LO 4/2015
966/2020 X5453512M Fraga Resolución LO 4/2015
982/2020 Y7841657M Huesca Resolución LO 4/2015
1001/2020 18058748E Chimillas Resolución LO 4/2015
1009/2020 X8349011B Fraga Resolución LO 4/2015
1051/2020 X5094831D Monzón Resolución LO 4/2015
1071/2020 73213843J Barbastro Resolución LO 4/2015
1104/2020 18068946P Huesca Resolución LO 4/2015
1147/2020 Y6500285Q Huesca Resolución LO 4/2015
1164/2020 18166587Z Sabiñánigo Resolución LO 4/2015
1219/2020 21021092N Barbastro Resolución LO 4/2015
1244/2020 49942337E Binéfar Resolución LO 4/2015
1248/2020 49539103R Binéfar Resolución LO 4/2015
1298/2020 49381830W Binéfar Resolución LO 4/2015
1313/2020 18040231C Huesca Resolución LO 4/2015
1318/2020 18099504E Huesca Resolución LO 4/2015
1359/2020 18068946P Huesca Resolución LO 4/2015
1375/2020 18095133K Huesca Resolución LO 4/2015
1419/2020 17964702T Huesca Resolución LO 4/2015
1467/2020 18093985T Tardienta Resolución LO 4/2015
1469/2020 49537203X Huesca Resolución LO 4/2015
1491/2020 18072364E Angüés Resolución LO 4/2015
1493/2020 X6073425E Huesca Resolución LO 4/2015
1521/2020 Y1550380X Fraga Resolución LO 4/2015
1523/2020 X8794837M Fraga Resolución LO 4/2015
1531/2020 X7188790W Sabiñánigo Resolución LO 4/2015
1591/2020 52441992Z Huesca Resolución LO 4/2015
1599/2020 18011319L Huesca Resolución LO 4/2015
1771/2020 Y0054642P Binéfar Resolución LO 4/2015
1796/2020 18051344R Albalate de Cinca Resolución LO 4/2015
1798/2020 46283940M Fraga Resolución LO 4/2015
1816/2020 18056834V Binéfar Resolución LO 4/2015
1827/2020 Y3352629W Torrente de Cinca Resolución LO 4/2015
1857/2020 X6672920E Fraga Resolución LO 4/2015
1870/2020 73214635T Fraga Resolución LO 4/2015
1881/2020 Y7768858R Fraga Resolución LO 4/2015
1905/2020 18065865D Huesca Resolución LO 4/2015
1951/2020 75881295V Huesca Resolución LO 4/2015
1955/2020 18060876B Huesca Resolución LO 4/2015
1975/2020 X7915031H Fraga Resolución LO 4/2015
1979/2020 X7347676G Fraga Resolución LO 4/2015
1995/2020 Y4072089E Grado, El Resolución LO 4/2015
2022/2020 17150471S Huesca Resolución LO 4/2015
2059/2020 Y4889989L Fraga Resolución LO 4/2015
2072/2020 X9839225D Fraga Resolución LO 4/2015
2119/2020 73210716Z Fraga Resolución LO 4/2015
2121/2020 Y0376872P Fraga Resolución LO 4/2015
2125/2020 76971440P Biescas Resolución LO 4/2015
2134/2020 73212879S Fraga Resolución LO 4/2015
2139/2020 73212785J Candasnos Resolución LO 4/2015
2169/2020 49752954K Fraga Resolución LO 4/2015
2186/2020 18053380J Huesca Resolución LO 4/2015
2210/2020 Y8073820Y Zaidín Resolución LO 4/2015
2242/2020 18169029H Jaca Resolución LO 4/2015
2258/2020 Y6120915P Barbastro Resolución LO 4/2015
2275/2020 32966445Q Sabiñánigo Resolución LO 4/2015
2290/2020 X8508962C Ontiñena Resolución LO 4/2015
2381/2020 55175276R Binéfar Resolución LO 4/2015
2383/2020 18177025X Jaca Resolución LO 4/2015
2386/2020 73206090B Bielsa Resolución LO 4/2015
2398/2020 18176666L Jaca Resolución LO 4/2015
2480/2020 15977565V Panticosa Resolución LO 4/2015
2565/2020 18178102Y Jaca Resolución LO 4/2015
2623/2020 18072990G Huesca Resolución LO 4/2015
2624/2020 73212262L Monzón Resolución LO 4/2015
2625/2020 Y6817081X Huesca Resolución LO 4/2015
2965/2020 18072077B Binéfar Resolución LO 4/2015

Huesca, 27 de diciembre de 2021.- La Subdelegada del Gobierno, Silvia Salazar Altemir.

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