Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35.1 del T.R.L.C., anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 1490/2020, por Auto dictado en fecha 27 de noviembre de 2020, se ha declarado en concurso voluntario a la mercantil Transfer Cab Madrid S.L., con C.I.F.: B87454955
2º.- Que la mercantil Transfer Cab Madrid, S.L. conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio.
3º.- Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 5ª del artículo 465 del T.R.L.C.
4º.- Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado.
5º.- Se declara la subsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto al pago de los créditos restantes; pudiendo los acreedores iniciar acciones declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso;
6º.- Se acuerda la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada.
Madrid, 3 de febrero de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, María Jesús Palmero Sadín.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid