Contido non dispoñible en galego
Edicto
El Tribunal de instancia Mercantil de Sevilla, sección segunda, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 401.2 del texto refundido de la Ley Concursal, anuncia:
Que en el procedimiento número 674.05/15, con NIG 4109142M20140005869, por auto de 21 de enero de 2021 se ha declarado cumplido el convenio aprobado en el seno del concurso de 674/15, cuya parte dispositiva es:
Parte Dispositiva
Declaro cumplido íntegramente el convenio aceptado por la junta de acreedores del concursado Dinotec Sociedad de Aguas y Medio Ambiente, S.L., y aprobado por la sentencia de 4 de octubre de 2016.
Dése a esta resolución la misma publicidad que se dio a la sentencia que aprobó el convenio.
Modo de Impugnación: contra esta resolución cabe recurso de reposición, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LEC), siendo necesaria la constitución de un depósito para recurrir la presente resolución, que deberá efectuarse en la cuenta de depósitos y consignaciones de este juzgado 4665 0000 00 0674 15,según lo establecido en la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2.009, de 3 de noviembre.
Así lo acuerda, manda y firma don Juan Francisco Santana Miralles, Magistrado del Tribunal de instancia Mercantil de Sevilla, sección segunda. Doy fe.
El Magistrado La Letrada de la Adm. de Justicia.
Sevilla, 22 de enero de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Gullón Gullón.
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