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Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil N.º 1 de Las Palmas,
Por el presente, hace saber: Que en el procedimiento concursal número 80/08, se ha dictado en fecha auto declarando la conclusión del concurso de la mercantil RESTARUCAS, S.L.N.E., con CIF B35893189, y cuya parte dispositiva el del tenor literal siguiente:
Se declara la CONCLUSIÓN del concurso de RESTARUCAS, S.L.N.E., por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, con los siguientes efectos:
1.- Cesarán las limitaciones sobre las facultades de administración y de disposición del concursado, salvo las que se contengan en la sentencia de calificación, y cesará la Administración Concursal.
2.- Se acuerda el archivo de las actuaciones, sin más excepciones que las establecidas en esta ley.
3.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica concursada y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil de Las Palmas, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
Las Palmas de Gran Canaria, 9 de febrero de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Águeda Reyes Almeida.
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