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Documento BOE-B-2021-682

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 8, de 9 de enero de 2021, páginas 932 a 932 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-682

TEXTO

Doña M.ª José Roig Sapiña, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber:

N.I.G.: 46250-66-1-2020-0003728.

Dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es.

Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso abreviado [CNA] voluntario n..° 912/2020, habiéndose dictado en fecha 23 de noviembre de 2020 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez D. Jacinto Talens Seguí auto de declaración de concurso de acreedores de Mercantil Valenciana de Obras SA con domicilio en calle Garrigues, n.° 15, puerta sexta, Valencia CP 46001, y CIF n.° A46659207, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, tomo 2.692, general 22, folio 159, hoja V-177, Inscripción 1ª. Que se ha acordado la Intervención de las funciones de disposición y administración de la/s concursada/s, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Se ha nombrado administrador concursal a D.ª Beatriz Baixauli Almenar, con domicilio en la calle Carrer Nou, n.° 96, Benetusser (Valencia), CP 46910, y correo electrónico "valenciana@baixauliasesores.com". Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador.

Valencia, 30 de noviembre de 2020.- Letrada de la Admon. de Justicia, M.ª José Roig Sapiña.

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