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Documento BOE-B-2021-6999

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 39, de 15 de febrero de 2021, páginas 8880 a 8880 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-6999

TEXTO

Edicto

Doña María Luisa Sanchez Garrido, Letrada de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra, con sede en Vigo,

Hago saber:

Que en la Sección I Declaración Concurso 37/2020, seguida en este Juzgado y NIG: 36038 47 1 2020 0300075, se ha dictado con fecha 2 de Febrero de 2021, Auto acordando lo siguiente:

1.º-Declarar el concurso consecutivo voluntario abreviado de la deudora doña Elisabeth Ontiveros Lucendo, con DNI n.º 36.128.220- G, con domicilio en Avenida García Barbón, n.º 131, 2.º C, de Vigo.

2.º-Se ha acordado abrir la fase de liquidación.

3.º-Determinar que las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio del deudor quedan suspendidas, siendo el deudor sustituido por la administración concursal designada al efecto.

4.º-La Administración concursal está integrada por la economista María del Carmen Fernández Darriba, con DNI n.º 36.163.515-V-, y domicilio a efectos de notificaciones en la Calle Colón, n.º 29, 4.º Derecha, Código postal 36201, de Vigo (Pontevedra), teléfono 607.182.545 y correo electrónico maikafernandez@economistas.org

5.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 28.1.5.º del TRLC. Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración concursal, en su dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito.

6.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 512.1 del TRLC).

7.º-De conformidad con el artículo 552 de la Ley Concursal la dirección electrónica del Registro Público Concursal que traigan causa del concurso es la siguiente: www.publicidadconcursal.es

Vigo, 2 de febrero de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, María Luisa Sánchez Garrido.

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