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Documento BOE-B-2021-7417

LOGROÑO

Publicado en:
«BOE» núm. 41, de 17 de febrero de 2021, páginas 9448 a 9448 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-7417

TEXTO

E D I C T O

D./Dª. Mª ASUNCIÓN GONZÁLEZ ELIAS, Letrado de la Administración de Justicia de JDO. PRIMERA INSTANCIA N.º 6 Y MERCANTIL de LOGROÑO, Por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 99/2021 y NIG n.º 26089 42 1 2020 0007440, se ha dictado en fecha 08/02/2021 AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO CONSECUTIVO Y ABREVIADO de ISMAEL MORENO MENDOZA con D.N.I. N.º 16599330-T y domicilio en calle San Isidro, n.º 15-3.º a de Villamediana de Iregua-La Rioja.

2º.- Se ha designado, como Administración Concursal a 38/11 ADMINISTRADORES CONCURSALES, SLP con domicilio en calle Hermanos Moroy, n.º1- entreplanta b- ofic. 20-22 y dirección de correo electrónico: concursos@382011concursal.com.

3º.- Se ha dispuesto la apertura de la fase de liquidación y se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición del deudor. La apertura de la fase de liquidación concursal conlleva el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. Igualmente por parte del Administrador Concursal, se ha presentado el correspondiente informe y el correspondiente plan de liquidación. (art. 713 TRLC. Las impugnaciones, de producirse, se tramitarán con arreglo a lo establecido en el artículo 713.3 TRLC.) Los acreedores y el deudor podrán en el plazo de diez días hábiles formular alegaciones al plan de liquidación presentado por la Administración Concursal. Los acreedores también podrán solicitar, mediante escrito razonado, la apertura de la sección de calificación concursal o formular observaciones sobre la concurrencia de los requisitos exigidos para acordar el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a.

5º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal, www.publicidadconcursal.es

logroño, 12 de febrero de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Asunción González Elías.

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