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Consorcio de la Zona Franca de Santander, con domicilio en Prolongación Antonio López, s/n, en Santander (39009)-Cantabria, ha solicitado de la Autoridad Portuaria de Santander, el otorgamiento de una concesión administrativa para ocupar una superficie de subsuelo de 720 metros cuadrados, aproximadamente, en el Muelle Margen Norte del Puerto de Santander, con destino a la instalación de tres tubos para carga y descarga de graneles líquidos "no peligrosos", desde el recinto de la Zona Franca de Santander al citado Muelle Margen Norte del Puerto de Santander.
La solicitud viene acompañada de la documentación que se relaciona en el artículo 84 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
De conformidad con lo establecido en el artículo 85.3 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, se publica el presente anuncio para que, en el plazo de 20 días hábiles, a partir del siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", las Corporaciones, Entidades y particulares que se crean afectados por tal petición, puedan examinar el expediente de que se trata en estas oficinas, sitas en Santander, Muelle de Maliaño, sin número, durante las horas hábiles de despacho de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes y presentar en ellas cuantas alegaciones estimen pertinentes relativas a dicha petición.
La presente resolución, al constituir un simple acto de trámite, no es susceptible de recurso alguno, de conformidad con el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Santander, 11 de febrero de 2021.- El Presidente, Francisco Luis Martín Gallego.
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