Edicto
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Morón de la Frontera, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley Concursal (Lc), anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 628/2018, con Nig. 4106542120180001467 por auto auto firme de fecha 15 de octubre de 2019 se ha declarado en concurso consecutivo y voluntario al deudor Miguel Angel Ortusa Callejón, con dni 75141702N, con domicilio en calle Dos Hermanas número 5 de Morón de la Frontera (Sevilla) y código posta 41530.
2º.- Que el deudor ha sido suspendido de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la Administración concursal de Jesús Hernández Rey con domicilio en Sevilla calle San Francisco Javier número 9-1º Módulo 1, con correo electrónico: jhernandez@abastarconcursales.es
3º.- Se acuerda la apertura de la fase de liquidación solicitada, titulo V capitulo II siendo el administrador requerido a la presentación de plan de liquidación en plazo de diez días desde la notificación de la presente resolución.
Otórguese la publicidad prevista en articulo 23 y 24 L.C. correspondiente a persona natural.
La Administración concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores.
4º.- Anúnciese la declaración del concurso en el Boletín Oficial del Estado, Registro Concursal y registro civil, así como en los registros públicos en los cuales consten bienes del concursado inscritos.
Los anuncios contendrán los datos suficientes para identificar el proceso y la forma de personarse en él.
Notifiquese la existencia del presente procedimiento a la Agencia Tributaria y Tesorería General de la Seguridad Social.
Los respectivos oficios remítanse de conformidad a lo establecido en el articulo 24 y demás de aplicación de la L.C.
5º.- Fórmese las secciones segunda, tercera y cuarta. Cada una de estas secciones se encabezará por el presente auto.
6º.- Los legitimados conforme a la LC para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado.
7º.- El deudor tiene el deber de comparecer personalmente ante este Juzgado y ante la Administración concursal cuantas veces sea requerido y el de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso. Así mismo deberá poner este auto en conocimiento de aquellos juzgados que dispongan en su caso de procedimientos contra el mismo a los efectos procedentes.
8º.- Se hace llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración de concurso, conforme a lo dispuesto en el artículo 23.
Notifíquese el auto a las partes personadas. Este auto producirá de inmediato los efectos previstos en la LC para la declaración de concurso.
Morón de la Frontera, 11 de febrero de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia, Antonio Jesús del Castillo González.
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