El artículo 6.2 del Decreto 285/2006, de 4 de julio, por el que se desarrolla la Ley 14/2003, de 13 de junio, de calidad agroalimentaria, establece que la resolución favorable sobre la solicitud de una Denominación de Origen Protegida o de una Indicación Geográfica Protegida debe publicarse en el «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» y en el «Boletín Oficial del Estado».
De acuerdo con el artículo 58.1 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, se da publicidad a la Resolución ARP/168/2021, de 26 de enero, por la que se adopta decisión favorable a la solicitud de modificación menor de la Denominación de Origen Protegida Avellana de Reus cuyo texto consta íntegramente en el «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» número 8329, de 29 de enero de 2021.
Barcelona, 29 de enero de 2021.- El Secretari General, David Mascort Subiranas.
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